17 Julio 2015
LA CORTE. Sbdar, Goane, Gandur, Estofán y Posse. la gaceta / foto de inés quinteros orio
Se suponía que el Jurado de Enjuiciamiento iba a profesionalizar o a “despolitizar”, y a facilitar la tarea delicada de juzgar si un juez, fiscal o defensor incurrió en mal desempeño. Pero nada de ello ocurrió en Tucumán, que incorporó tal instituto exclusivamente para los magistrados de primera y segunda instancia en la reforma constitucional de 2006. Nueve años más tarde y pese al reciente rediseño legal del procedimiento de destitución, el órgano con integración de representantes de los tres poderes y de la abogacía sigue paralizado. Y con el tiempo se ha consolidado la paradoja de que un vocal de la Corte Suprema de Justicia de Tucumán o el titular del Ministerio Público Fiscal y Pupilar puede ser removido de forma más expedita, por la simple voluntad de la mayoría legislativa, que un juez sometido al Jurado de Enjuiciamiento.
La Corte tuvo la oportunidad de fulminar este instituto en 2009, en el juicio iniciado por el Colegio de Abogados de la Capital, pero lo convalidó; en esa misma sentencia, el alto tribunal confirmó la inconstitucionalidad del Consejo Asesor de la Magistratura ideado por los convencionales constituyentes afines al gobernador José Alperovich. No pocos lamentaron esa solución, que dejó en pie un mecanismo híbrido donde la comisión de Juicio Político de la Legislatura, de naturaleza reglamentaria, decide si la denuncia contra un magistrado debe pasar o no al Jurado, órgano con jerarquía constitucional. Seis años después del fallo “Colegio de Abogados”, otro juicio iniciado por el camarista Eduardo Romero Lascano da a la Corte que componen Antonio Gandur (titular), René Goane, Antonio Estofán, Claudia Sbdar y Daniel Posse una nueva oportunidad para propiciar la remodelación del Jurado.
Según Romero Lascano, es inconstitucional el órgano que ha de evaluar si incurrió o no en mal desempeño al absolver a los imputados de la causa “Verón” . El 1 de junio, ese juez dejó una demanda en la Corte que sostiene, entre otros argumentos, que la Convención Constituyente se extralimitó al regular la institución en el ámbito del Poder Legislativo. El demandante aduce que la ley que habilitó la reforma constitucional había autorizado a considerar la incorporación del Jurado en el capítulo del Poder Judicial.
“Si la Corte ratificó la inconstitucionalidad de la inclusión del Consejo Asesor de la Magistratura en el ámbito del Poder Ejecutivo, a fortiori debe declarar la nulidad de la inserción del Jurado de Enjuiciamiento dentro del ámbito del Poder Legislativo. Si ya era grave que el Consejo dependa del gobernador, más grave aún resulta que la garantía de estabilidad de los jueces dependa de un juzgamiento realizado mayoritariamente por los poderes políticos”, razonó Romero Lascano.
Mayorías autónomas
Ese juez, y sus ex pares de la Sala II de la Cámara Penal, Emilio Herrera Molina y Alberto Piedrabuena, fueron denunciados a finales de 2012 por Susana Trimarco, mamá de María de los Ángeles “Marita” Verón. Dicha presentación obligó al oficialismo a constituir de apuro el Jurado. En paralelo, los vocales denunciados comenzaron sus respectivas batallas judiciales: Romero Lascano para librarse de una destitución que considera segura, y Herrera Molina y Piedrabuena para jubilarse, objetivo que finalmente consiguieron en 2013 (en consecuencia, el pedido de remoción cayó respecto de ellos).
Pese a que inició al menos tres juicios, Romero Lascano sólo logró la suspensión temporaria del proceso de destitución, justo cuando este ingresaba al Jurado. Y esa medida cautelar estaría a punto de cesar como consecuencia de una decisión de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, que ya rechazó un recurso del juez. En el ínterin, la Corte local dejó parcialmente sin efecto el fallo absolutorio del caso “Verón” y condenó a casi todos los acusados. Esa sentencia está en trámite de revisión en un alto tribunal integrado por otros magistrados.
Más allá del planteo de Romero Lascano, el vocal Posse, primer presidente del Jurado, reconoció este año que el instituto requiere una revisión profunda. Según su opinión, lo ideal sería que el Consejo Asesor de la Magistratura sustituya a la comisión de Juicio Político de la Legislatura, tal y como sucede en el ámbito nacional, donde los consejeros llevan adelante la acusación ante el Jurado de Enjuiciamiento. Ese modelo reduce y equilibra la participación del poder político: en Tucumán, y tal y como están dadas las cartas, el oficialismo ocupa 10 de las 11 sillas que componen la comisión de Juicio Político, y cinco de las ocho del Jurado. Es decir, no necesita de los otros miembros opositores, magistrados y abogados para definir si destituye o no a un integrante de la judicatura.
La Corte tuvo la oportunidad de fulminar este instituto en 2009, en el juicio iniciado por el Colegio de Abogados de la Capital, pero lo convalidó; en esa misma sentencia, el alto tribunal confirmó la inconstitucionalidad del Consejo Asesor de la Magistratura ideado por los convencionales constituyentes afines al gobernador José Alperovich. No pocos lamentaron esa solución, que dejó en pie un mecanismo híbrido donde la comisión de Juicio Político de la Legislatura, de naturaleza reglamentaria, decide si la denuncia contra un magistrado debe pasar o no al Jurado, órgano con jerarquía constitucional. Seis años después del fallo “Colegio de Abogados”, otro juicio iniciado por el camarista Eduardo Romero Lascano da a la Corte que componen Antonio Gandur (titular), René Goane, Antonio Estofán, Claudia Sbdar y Daniel Posse una nueva oportunidad para propiciar la remodelación del Jurado.
Según Romero Lascano, es inconstitucional el órgano que ha de evaluar si incurrió o no en mal desempeño al absolver a los imputados de la causa “Verón” . El 1 de junio, ese juez dejó una demanda en la Corte que sostiene, entre otros argumentos, que la Convención Constituyente se extralimitó al regular la institución en el ámbito del Poder Legislativo. El demandante aduce que la ley que habilitó la reforma constitucional había autorizado a considerar la incorporación del Jurado en el capítulo del Poder Judicial.
“Si la Corte ratificó la inconstitucionalidad de la inclusión del Consejo Asesor de la Magistratura en el ámbito del Poder Ejecutivo, a fortiori debe declarar la nulidad de la inserción del Jurado de Enjuiciamiento dentro del ámbito del Poder Legislativo. Si ya era grave que el Consejo dependa del gobernador, más grave aún resulta que la garantía de estabilidad de los jueces dependa de un juzgamiento realizado mayoritariamente por los poderes políticos”, razonó Romero Lascano.
Mayorías autónomas
Ese juez, y sus ex pares de la Sala II de la Cámara Penal, Emilio Herrera Molina y Alberto Piedrabuena, fueron denunciados a finales de 2012 por Susana Trimarco, mamá de María de los Ángeles “Marita” Verón. Dicha presentación obligó al oficialismo a constituir de apuro el Jurado. En paralelo, los vocales denunciados comenzaron sus respectivas batallas judiciales: Romero Lascano para librarse de una destitución que considera segura, y Herrera Molina y Piedrabuena para jubilarse, objetivo que finalmente consiguieron en 2013 (en consecuencia, el pedido de remoción cayó respecto de ellos).
Pese a que inició al menos tres juicios, Romero Lascano sólo logró la suspensión temporaria del proceso de destitución, justo cuando este ingresaba al Jurado. Y esa medida cautelar estaría a punto de cesar como consecuencia de una decisión de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, que ya rechazó un recurso del juez. En el ínterin, la Corte local dejó parcialmente sin efecto el fallo absolutorio del caso “Verón” y condenó a casi todos los acusados. Esa sentencia está en trámite de revisión en un alto tribunal integrado por otros magistrados.
Más allá del planteo de Romero Lascano, el vocal Posse, primer presidente del Jurado, reconoció este año que el instituto requiere una revisión profunda. Según su opinión, lo ideal sería que el Consejo Asesor de la Magistratura sustituya a la comisión de Juicio Político de la Legislatura, tal y como sucede en el ámbito nacional, donde los consejeros llevan adelante la acusación ante el Jurado de Enjuiciamiento. Ese modelo reduce y equilibra la participación del poder político: en Tucumán, y tal y como están dadas las cartas, el oficialismo ocupa 10 de las 11 sillas que componen la comisión de Juicio Político, y cinco de las ocho del Jurado. Es decir, no necesita de los otros miembros opositores, magistrados y abogados para definir si destituye o no a un integrante de la judicatura.
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