16 Julio 2015
Rentas habilita hoy el plan de pago para morosos
Para acceder al sistema, el contribuyente debe tener abonadas las posiciones posteriores al 2 de febrero. Habrá otro programa para cumplir con esa condición. El régimen de facilidades será para las obligaciones tributarias vencidas al 30 de enero y estará vigente hasta el 31 de agosto próximo.
ARCHIVO LA GACETA / FOTO DE INÉS QUINTEROS ORIO
La Dirección General de Rentas ha dispuesto que a partir de hoy, y hasta el 31 de agosto, los deudores de impuestos provinciales podrán adherirse al régimen de facilidades de pago de hasta 48 meses. De esta manera, el Gobierno provincial restablece el régimen dispuesto a través de la Ley N° 8.520.
La norma, publicada ayer en el Boletín Oficial de la provincia, establece que las deudas comprendidas en esta moratoria serán las vencidas y exigibles al 30 de enero de este año, incluyendo las correspondientes a las Contribuciones que Inciden Sobre los Inmuebles (CISI) Comunas Rurales.
La regularización de los tributos se formalizará a través de la regularización de sus respectivos anticipos o cuotas, según la obligación de que se trate, se explica en la normativa.
Para el caso de los sujetos que posean saldo favorable en el impuesto sobre los Ingresos Brutos, podrán regularizar sanciones de multa, previstas por el Código Tributario Provincial, sólo mediante compensación con ese saldo.
Según el organismo, “es condición ineludible para la adhesión al presente régimen, que los contribuyentes y responsables tengan abonadas y cumplimentadas sus obligaciones tributarias que como tales les correspondan, respecto al tributo que se regulariza, cuyos vencimientos operaron y operen a partir del 2 de febrero pasado -inclusive- y hasta el acogimiento al citado régimen mediante la suscripción de la facilidad de pago solicitada”, tal como se modificó de la norma restablecida.
El ministro de Economía, Jorge Jiménez, confirmó ayer la vigencia de un decreto, mediante el cual se permitirá a los contribuyentes deudores a saldar -hasta en 12 meses- las cuotas para cumplir con la condición para acceder al plan de pagos, es decir, para abonar las posiciones de este año.
Al elevar la iniciativa a la Legislatura, el Poder Ejecutivo sustentó el décimo régimen de facilidades de pago en 12 años de gestión en “posibilitar a los contribuyentes la regularización de sus deudas fiscales pendientes, que dañan y entorpecen el curso habitual de sus actividades económicas, las inversiones, y protección y promoción del empleo”. Al mismo tiempo, el régimen impositivo intenta “lograr un equilibrio entre la necesidad del Estado de resguardar sus ingresos y su facultad recaudatoria, y la dificultad de los contribuyentes de cumplir con sus obligaciones fiscales en tiempo y forma”.
La norma, publicada ayer en el Boletín Oficial de la provincia, establece que las deudas comprendidas en esta moratoria serán las vencidas y exigibles al 30 de enero de este año, incluyendo las correspondientes a las Contribuciones que Inciden Sobre los Inmuebles (CISI) Comunas Rurales.
La regularización de los tributos se formalizará a través de la regularización de sus respectivos anticipos o cuotas, según la obligación de que se trate, se explica en la normativa.
Para el caso de los sujetos que posean saldo favorable en el impuesto sobre los Ingresos Brutos, podrán regularizar sanciones de multa, previstas por el Código Tributario Provincial, sólo mediante compensación con ese saldo.
Según el organismo, “es condición ineludible para la adhesión al presente régimen, que los contribuyentes y responsables tengan abonadas y cumplimentadas sus obligaciones tributarias que como tales les correspondan, respecto al tributo que se regulariza, cuyos vencimientos operaron y operen a partir del 2 de febrero pasado -inclusive- y hasta el acogimiento al citado régimen mediante la suscripción de la facilidad de pago solicitada”, tal como se modificó de la norma restablecida.
El ministro de Economía, Jorge Jiménez, confirmó ayer la vigencia de un decreto, mediante el cual se permitirá a los contribuyentes deudores a saldar -hasta en 12 meses- las cuotas para cumplir con la condición para acceder al plan de pagos, es decir, para abonar las posiciones de este año.
Al elevar la iniciativa a la Legislatura, el Poder Ejecutivo sustentó el décimo régimen de facilidades de pago en 12 años de gestión en “posibilitar a los contribuyentes la regularización de sus deudas fiscales pendientes, que dañan y entorpecen el curso habitual de sus actividades económicas, las inversiones, y protección y promoción del empleo”. Al mismo tiempo, el régimen impositivo intenta “lograr un equilibrio entre la necesidad del Estado de resguardar sus ingresos y su facultad recaudatoria, y la dificultad de los contribuyentes de cumplir con sus obligaciones fiscales en tiempo y forma”.