04 Abril 2015
Un legislador pide la suspensión de los comicios, hasta tanto le digan si puede buscar la “re-re”
Gutiérrez, vicepresidente del bloque oficialista de la Cámara, cumplió el tope constitucional de dos mandatos, pero quiere el tercero “Gallito” formuló una acción de no innovar en contra del decreto del llamado a elecciones que firmó Alperovich. “Se trata de proteger mis derechos y los de los ciudadanos”
REFERENTE. “Gallito” Gutiérrez (de pie en el recinto) habla con el presidente del bloque oficialista, Roque Álvarez. la gaceta / foto de analá jaramillo (archivo)
El legislador oficialista José “Gallito” Gutiérrez está dispuesto a reñir con quien sea necesario, con el afán de postularse para tener un tercer mandato consecutivo en la Legislatura.
El año pasado, el vicepresidente del bloque alperovichista Tucumán Crece inició una demanda contra la Provincia, en la que cuestiona el artículo 45 de la Constitución provincial, que fija dos mandatos como tope para los cargos legislativos.
Ahora, el ex comisionado rural de Garmendia está a la espera de que la Sala III de la Cámara en lo Contencioso Administrativo, integrada por Ebe López Piossek y Sergio Gandur, resuelva la medida cautelar de no innovar que formuló en contra del decreto de llamado a elecciones que firmó el gobernador, José Alperovich, el 2 de marzo pasado. Según ese documento, que lleva el N° 390/14-MGJyS-2015, los comicios provinciales serán 23 de agosto.
Luis Elizalde, abogado del legislador Gutiérrez, le explicó a LA GACETA que ese decreto afecta los intereses de su cliente. “Al expediente principal, referido a la inconstitucionalidad del artículo que limita la reelección para cargos legislativos, todavía le falta mucho. Ya estamos en abril, y resta que termine la producción de las pruebas, los alegatos, la sentencia, y luego quedará pendiente que el fallo quede firme. Además, cualquiera de las partes en desacuerdo puede ir a la Corte Suprema (de Justicia de Tucumán)”, dijo el letrado, para justificar el porqué del pedido para que se suspendan los comicios.
Según Elizalde, al planteo de no innovar contra el decreto de Alperovich sólo le falta que se dicte la sentencia. Si la Justicia le da la razón, el vicepresidente de la bancada oficialista de la Legislatura ganará algo de tiempo en su avanzada por la “re-re”.
Los límites
En 2006, por impulso del alperovichismo, la Convención Constituyente reformó la Carta Magna tucumana. Desde entonces, el artículo 45 de la Constitución provincial indica: “Los legisladores durarán cuatro años y podrán ser reelegidos por un nuevo período consecutivo. No podrán ser elegidos nuevamente sino con un intervalo de un período”.
Gutiérrez, afín a la “vieja guardia peronista” de la Cámara, obtuvo un escaño en los comicios de 2007 por la Sección Electoral Este, y lo retuvo en 2011.
En su planteo para suspender el llamado a comicios, “Gallito” afirma que no puede negársele la candidatura a legislador porque la Constitución Nacional no fija topes para los cargos parlamentarios. “Existe una contradicción en el cotejo de los textos constitucionales”, manifestó el oficialista. Y agregó que, como ciudadano argentino, tiene “derecho a elegir y a ser elegido”.
“Existe peligro en la demora. Se trata de hacer prevalecer y proteger mis derechos y los de los ciudadanos a los que me debo, ya que la restricción impuesta tiene y mantiene dos vértices: por un lado, me cercena la posibilidad de ser candidato a legislador; por otro, imposibilita que los ciudadanos ejerzan su derecho de elegir a quien ellos interpretan que los debe conducir”, indica el escrito del peronista.
Más de una veintena de legisladores (entre oficialistas y opositores) está en la situación de Gutiérrez, y no podrán buscar la re-reelección. Por su parte, “Gallito” -cada vez más alejado de la Casa de Gobierno- está dispuesto a reñir con quien sea para torcer esa historia.
EN CONTRA DEL DECRETO DE ALPEROVICH.- “Como es de público conocimiento, el Gobernador ha firmado el Decreto de Llamado a Elecciones para todos los cargos electivos, habiendo fijado que con fecha el día 23 de Agosto de 2015 se desarrolle en toda la provincia tal acto eleccionario. Encontrándose firme tal convocatoria, vengo a plantar cautelar de no innovar en contra de dicho decreto, anexos y reglamentaciones, a fin que V.E. disponga que no se modifique el ‘status quo’ existente”.
EXPECTATIVAS POR LA SENTENCIA.- “(La medida de no innovar corresponde) atento a que aún no se ha resuelto la cuestión de fondo promovida a través de acción declarativa de inconstitucionalidad en contra de la Provincia de Tucumán. Por lo tanto esta cautelar de no innovar se refiere a que el llamado a elecciones y el consabido cronograma electoral se mantenga en suspenso hasta que la acción interpuesta cuente con sentencia firme”.
PELIGRO DE DEMORA.- “El peligro en la demora resulta evidente, pues de no dictarse (el amparo) en forma urgente, el demandado podría modificar el estado de hecho existente al inicio de la demanda, tornando ineficaz la sentencia a dictarse en autos”.
LEGITIMIDAD.- “La verosimilitud del derecho que invoco nace del hecho de ser ‘ciudadano argentino’ y, dentro de tal contexto, ciudadano de la Provincia de Tucumán; todo esto, en pleno ejercicio de todos mis derechos, específicamente en el caso que nos ocupa a “a elegir y a ser elegido”, y del armónico cotejo de los textos constitucionales surge que existe una contradicción entre la Carta Magna nacional y la provincial”.
AFERRADO A LA CARTA MAGNA NACIONAL.- “De modo concreto, mientras la Constitución provincial me imposibilita el ser candidato por un tercer período legislativo y norma nacional no tiene tal restricción (para senadores y diputados), por imperio propio de la supremacía de la Constitución Nacional la contradicción aludida deviene en Inconstitucional”.
El año pasado, el vicepresidente del bloque alperovichista Tucumán Crece inició una demanda contra la Provincia, en la que cuestiona el artículo 45 de la Constitución provincial, que fija dos mandatos como tope para los cargos legislativos.
Ahora, el ex comisionado rural de Garmendia está a la espera de que la Sala III de la Cámara en lo Contencioso Administrativo, integrada por Ebe López Piossek y Sergio Gandur, resuelva la medida cautelar de no innovar que formuló en contra del decreto de llamado a elecciones que firmó el gobernador, José Alperovich, el 2 de marzo pasado. Según ese documento, que lleva el N° 390/14-MGJyS-2015, los comicios provinciales serán 23 de agosto.
Luis Elizalde, abogado del legislador Gutiérrez, le explicó a LA GACETA que ese decreto afecta los intereses de su cliente. “Al expediente principal, referido a la inconstitucionalidad del artículo que limita la reelección para cargos legislativos, todavía le falta mucho. Ya estamos en abril, y resta que termine la producción de las pruebas, los alegatos, la sentencia, y luego quedará pendiente que el fallo quede firme. Además, cualquiera de las partes en desacuerdo puede ir a la Corte Suprema (de Justicia de Tucumán)”, dijo el letrado, para justificar el porqué del pedido para que se suspendan los comicios.
Según Elizalde, al planteo de no innovar contra el decreto de Alperovich sólo le falta que se dicte la sentencia. Si la Justicia le da la razón, el vicepresidente de la bancada oficialista de la Legislatura ganará algo de tiempo en su avanzada por la “re-re”.
Los límites
En 2006, por impulso del alperovichismo, la Convención Constituyente reformó la Carta Magna tucumana. Desde entonces, el artículo 45 de la Constitución provincial indica: “Los legisladores durarán cuatro años y podrán ser reelegidos por un nuevo período consecutivo. No podrán ser elegidos nuevamente sino con un intervalo de un período”.
Gutiérrez, afín a la “vieja guardia peronista” de la Cámara, obtuvo un escaño en los comicios de 2007 por la Sección Electoral Este, y lo retuvo en 2011.
En su planteo para suspender el llamado a comicios, “Gallito” afirma que no puede negársele la candidatura a legislador porque la Constitución Nacional no fija topes para los cargos parlamentarios. “Existe una contradicción en el cotejo de los textos constitucionales”, manifestó el oficialista. Y agregó que, como ciudadano argentino, tiene “derecho a elegir y a ser elegido”.
“Existe peligro en la demora. Se trata de hacer prevalecer y proteger mis derechos y los de los ciudadanos a los que me debo, ya que la restricción impuesta tiene y mantiene dos vértices: por un lado, me cercena la posibilidad de ser candidato a legislador; por otro, imposibilita que los ciudadanos ejerzan su derecho de elegir a quien ellos interpretan que los debe conducir”, indica el escrito del peronista.
Más de una veintena de legisladores (entre oficialistas y opositores) está en la situación de Gutiérrez, y no podrán buscar la re-reelección. Por su parte, “Gallito” -cada vez más alejado de la Casa de Gobierno- está dispuesto a reñir con quien sea para torcer esa historia.
EN CONTRA DEL DECRETO DE ALPEROVICH.- “Como es de público conocimiento, el Gobernador ha firmado el Decreto de Llamado a Elecciones para todos los cargos electivos, habiendo fijado que con fecha el día 23 de Agosto de 2015 se desarrolle en toda la provincia tal acto eleccionario. Encontrándose firme tal convocatoria, vengo a plantar cautelar de no innovar en contra de dicho decreto, anexos y reglamentaciones, a fin que V.E. disponga que no se modifique el ‘status quo’ existente”.
EXPECTATIVAS POR LA SENTENCIA.- “(La medida de no innovar corresponde) atento a que aún no se ha resuelto la cuestión de fondo promovida a través de acción declarativa de inconstitucionalidad en contra de la Provincia de Tucumán. Por lo tanto esta cautelar de no innovar se refiere a que el llamado a elecciones y el consabido cronograma electoral se mantenga en suspenso hasta que la acción interpuesta cuente con sentencia firme”.
PELIGRO DE DEMORA.- “El peligro en la demora resulta evidente, pues de no dictarse (el amparo) en forma urgente, el demandado podría modificar el estado de hecho existente al inicio de la demanda, tornando ineficaz la sentencia a dictarse en autos”.
LEGITIMIDAD.- “La verosimilitud del derecho que invoco nace del hecho de ser ‘ciudadano argentino’ y, dentro de tal contexto, ciudadano de la Provincia de Tucumán; todo esto, en pleno ejercicio de todos mis derechos, específicamente en el caso que nos ocupa a “a elegir y a ser elegido”, y del armónico cotejo de los textos constitucionales surge que existe una contradicción entre la Carta Magna nacional y la provincial”.
AFERRADO A LA CARTA MAGNA NACIONAL.- “De modo concreto, mientras la Constitución provincial me imposibilita el ser candidato por un tercer período legislativo y norma nacional no tiene tal restricción (para senadores y diputados), por imperio propio de la supremacía de la Constitución Nacional la contradicción aludida deviene en Inconstitucional”.
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