27 Marzo 2015
Al igual que el juez Rafecas, la Cámara Federal desestimó la denuncia de Nisman contra Cristina
Dos camaristas penales (un tercero votó en disidencia) rechazaron por “inexistencia de delito” el planteo del fiscal que apareció muerto el 18 de enero, según el cual la Presidenta, funcionarios, parlamentarios y dirigentes “K” eran presuntos responsables del encubrimiento de los iraníes acusados de ser los autores intelectuales del atentado contra la AMIA.
BUENOS AIRES.- Con un fallo dividido, los camaristas Jorge Ballestero y Eduardo Freiler ratificaron ayer a la tarde el fallo dictado por el juez Daniel Rafecas, quien rechazó abrir una investigación sobre la Presidenta, Cristina Fernández, a partir de la denuncia de Alberto Nisman del presunto encubrimiento de los iraníes acusados de ser los responsables del atentado a la AMIA. El camarista Eduardo Farah votó en disidencia.
La Sala I de la Cámara Federal porteña desestimó por “inexistencia de delito” el planteo efectuado por el fiscal que apareció muerto el 18 de enero, quien había sostenido cinco días antes que la firma del Memorándum de Entendimiento con Irán, propiciado por el kirchnerismo, tenía por finalidad garantizar la impunidad de los autores intelectuales del ataque del 18 de julio de 1994, que dejó 85 víctimas y más de 300 heridos.
El fallo también desestimó la denuncia contra el canciller, Héctor Timerman, el diputado del Frente para la Victoria Andrés “Cuervo” Larroque, el dirigente Luis D’Elía; el líder de Quebracho, Fernando Esteche; el ex fiscal y ex juez Héctor Yrimia; el intermediario argentino con Irán, Jorge “Yussuf” Khalil; y el presunto espía Allan Bogado.
Los camaristas Ballestero y Freiler votaron por la ratificación del fallo del juez federal Rafecas, quien también había desechado la denuncia por inexistencia de delito. Farah, en cambio, se inclinó por hacer lugar a la apelación de aquella medida efectuada por el fiscal Gerardo Pollicita y votó por iniciar una investigación. Es decir, estuvo a favor de que se lleven a cabo las medidas de prueba solicitadas por el fiscal y de que se aparte a Rafecas “por el tenor de la postura que ya asumió”.
Ahora, el fiscal de la Cámara Federal, Germán Moldes, tiene 10 días hábiles para apelar el fallo y pedir que intervenga la Cámara Federal de Casación Penal. De ser así, serían los jueces de Casación los que analizarían nuevamente el caso. Luego, el único paso que queda es la Corte Suprema de la Nación.
Supuestos errados
Para Ballestero y Freiler, la sanción del Memorándum entre Argentina e Irán no constituyó ningún delito para encubrir a los acusados del atentado, entre otros aspectos, porque nunca se puso en práctica ya que fue declarado inconstitucional por la misma Sala I.
“El Memorándum pudo ser un fracaso para la diplomacia argentina, un error para los anales legislativos, una desilusión para quienes creyeron ver un avance de la investigación por el atentado, pero de allí a ver forjado un maquiavélico plan por encubrir a los responsables de la voladura de la AMIA existe un abismo”, sostuvo Ballestero.
Freiler consideró que “la presentación de Nisman evidencia una antojadiza concatenación de elementos de juicio que no revisten, en sí, relevancia alguna, pero que son encadenados de forma tal que simulen demostrar la hipótesis delictiva sostenida. ¿Cuál es el motivo que llevó a Nisman a formular su denuncia? Ninguno de los elementos de juicio a los que hace referencia resulta novedoso”, consignó.
Para Ballestero “existen muestras de que los sucesos acaecieron de un modo diametralmente opuesto” al denunciado por Nisman y que “es la presencia de una evidencia la que debe motivar la promoción de una investigación penal, y no a la inversa, habilitando la más coactiva de las actividades estatales para obtener algo que justifique su actuar”.
Tanto Ballestero como Freiler sostuvieron que “en la sanción del Memorándum no hay delito, porque la Comisión de la Verdad que promovía nunca se puso en práctica y porque las ‘circulares rojas’ de detención de Interpol nunca estuvieron en peligro”. Nisman había sostenido en su denuncia que la Comisión de la Verdad buscaba desviar la investigación y crear nuevos acusados y que el Memorándum haga caer esas circulares.
El fallo de la mayoría sostuvo que un intercambio de notas entre Timerman y el ex secretario general de Interpol, Ronald Noble, daba cuenta de que las circulares rojas no estaban en peligro.
“Inferencias versus declaraciones; suspicacias versus documentos; especulaciones versus acontecimientos. La balanza, sin lugar a dudas, no se inclina de un modo provechoso al éxito de la denuncia”, sostuvo Ballestero.
Análisis profundo
Farah entendió que Rafecas “efectuó un análisis de fondo sobre los hechos que, además de extemporáneo, carecía de los elementos mínimos de respaldo para ser realizado fundadamente” ya que no hizo las medidas de prueba que le solicitó el fiscal Pollicita. “Al haberse desestimado la posibilidad de abrir la investigación sin dar curso a las pruebas, no es posible esclarecer si, como alegó esa parte, existió una intención -por alineamiento político o ideológico o por conveniencia comercial, o por otros intereses no conocidos aún, pero que la investigación podrá develar- de encubrir a los presuntos autores del atentado a la AMIA”, entendió el camarista.
Para Farah era “central” concretar las medidas de prueba, “porque nadie está en condiciones de aventurar cuál será el resultado. Es constante la tendencia jurisprudencial de esta Cámara Federal a revocar desestimaciones de denuncias dispuestas por los jueces de Primera Instancia, cuando existe en la causa una hipótesis plausible de ser investigada”, explicó. (DyN)
La Sala I de la Cámara Federal porteña desestimó por “inexistencia de delito” el planteo efectuado por el fiscal que apareció muerto el 18 de enero, quien había sostenido cinco días antes que la firma del Memorándum de Entendimiento con Irán, propiciado por el kirchnerismo, tenía por finalidad garantizar la impunidad de los autores intelectuales del ataque del 18 de julio de 1994, que dejó 85 víctimas y más de 300 heridos.
El fallo también desestimó la denuncia contra el canciller, Héctor Timerman, el diputado del Frente para la Victoria Andrés “Cuervo” Larroque, el dirigente Luis D’Elía; el líder de Quebracho, Fernando Esteche; el ex fiscal y ex juez Héctor Yrimia; el intermediario argentino con Irán, Jorge “Yussuf” Khalil; y el presunto espía Allan Bogado.
Los camaristas Ballestero y Freiler votaron por la ratificación del fallo del juez federal Rafecas, quien también había desechado la denuncia por inexistencia de delito. Farah, en cambio, se inclinó por hacer lugar a la apelación de aquella medida efectuada por el fiscal Gerardo Pollicita y votó por iniciar una investigación. Es decir, estuvo a favor de que se lleven a cabo las medidas de prueba solicitadas por el fiscal y de que se aparte a Rafecas “por el tenor de la postura que ya asumió”.
Ahora, el fiscal de la Cámara Federal, Germán Moldes, tiene 10 días hábiles para apelar el fallo y pedir que intervenga la Cámara Federal de Casación Penal. De ser así, serían los jueces de Casación los que analizarían nuevamente el caso. Luego, el único paso que queda es la Corte Suprema de la Nación.
Supuestos errados
Para Ballestero y Freiler, la sanción del Memorándum entre Argentina e Irán no constituyó ningún delito para encubrir a los acusados del atentado, entre otros aspectos, porque nunca se puso en práctica ya que fue declarado inconstitucional por la misma Sala I.
“El Memorándum pudo ser un fracaso para la diplomacia argentina, un error para los anales legislativos, una desilusión para quienes creyeron ver un avance de la investigación por el atentado, pero de allí a ver forjado un maquiavélico plan por encubrir a los responsables de la voladura de la AMIA existe un abismo”, sostuvo Ballestero.
Freiler consideró que “la presentación de Nisman evidencia una antojadiza concatenación de elementos de juicio que no revisten, en sí, relevancia alguna, pero que son encadenados de forma tal que simulen demostrar la hipótesis delictiva sostenida. ¿Cuál es el motivo que llevó a Nisman a formular su denuncia? Ninguno de los elementos de juicio a los que hace referencia resulta novedoso”, consignó.
Para Ballestero “existen muestras de que los sucesos acaecieron de un modo diametralmente opuesto” al denunciado por Nisman y que “es la presencia de una evidencia la que debe motivar la promoción de una investigación penal, y no a la inversa, habilitando la más coactiva de las actividades estatales para obtener algo que justifique su actuar”.
Tanto Ballestero como Freiler sostuvieron que “en la sanción del Memorándum no hay delito, porque la Comisión de la Verdad que promovía nunca se puso en práctica y porque las ‘circulares rojas’ de detención de Interpol nunca estuvieron en peligro”. Nisman había sostenido en su denuncia que la Comisión de la Verdad buscaba desviar la investigación y crear nuevos acusados y que el Memorándum haga caer esas circulares.
El fallo de la mayoría sostuvo que un intercambio de notas entre Timerman y el ex secretario general de Interpol, Ronald Noble, daba cuenta de que las circulares rojas no estaban en peligro.
“Inferencias versus declaraciones; suspicacias versus documentos; especulaciones versus acontecimientos. La balanza, sin lugar a dudas, no se inclina de un modo provechoso al éxito de la denuncia”, sostuvo Ballestero.
Análisis profundo
Farah entendió que Rafecas “efectuó un análisis de fondo sobre los hechos que, además de extemporáneo, carecía de los elementos mínimos de respaldo para ser realizado fundadamente” ya que no hizo las medidas de prueba que le solicitó el fiscal Pollicita. “Al haberse desestimado la posibilidad de abrir la investigación sin dar curso a las pruebas, no es posible esclarecer si, como alegó esa parte, existió una intención -por alineamiento político o ideológico o por conveniencia comercial, o por otros intereses no conocidos aún, pero que la investigación podrá develar- de encubrir a los presuntos autores del atentado a la AMIA”, entendió el camarista.
Para Farah era “central” concretar las medidas de prueba, “porque nadie está en condiciones de aventurar cuál será el resultado. Es constante la tendencia jurisprudencial de esta Cámara Federal a revocar desestimaciones de denuncias dispuestas por los jueces de Primera Instancia, cuando existe en la causa una hipótesis plausible de ser investigada”, explicó. (DyN)
NOTICIAS RELACIONADAS
Lo más popular