Desde julio, no se podrán emitir facturas impresas

Desde julio, no se podrán emitir facturas impresas

La medida regirá para los inscriptos en el IVA

12 Marzo 2015
Dentro del plan de actualización tecnológica o upgrade tecnológico, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) anunció ayer la Generalización de la Factura Electrónica para los contribuyentes que sean responsables inscriptos en el Impuesto al Valor Agregado (IVA) -que no podrán ya entregar facturas impresas- y otras cuatro medidas que se desprenden de su implementación. Esto fue confirmado por el titular del organismo, Ricardo Echegaray, y apunta a una “simplificación tributaria”.

Durante la apertura de las Jornada de Actualización Fiscal organizada por la Cámara de Comercio de Estados Unidos en Argentina (Amcham), el funcionario informó que con la factura electrónica se eliminan los regímenes informativos; además, se podrá desarrollar una aplicación para cobrar con smartphone -teléfono celular con pantalla táctil, con conexión a internet-, y será el punto de partida para los proyectos IVA Proforma y la implementación del Domicilio Fiscal Electrónico.

Con relación a la Factura Electrónica, establecida mediante la Resolución General 3.749 y publicada ayer en el Boletín Oficial, se informó que comenzará a regir a partir del 1 de julio. “Quedan momentáneamente exceptuados los contribuyentes que cuenten con controladores fiscales”, aclaró Echegaray. Destacó que existirá una “ventana” de tiempo entre el 1 de abril y el 31 de mayo de 2015 para que aquellos contribuyentes o cámaras puedan informar o reportar problemas de implementación. Otra novedad que anunció Echegaray simplifica la facturación para los “operadores a domicilio”, ya que con un dispositivo inteligente o smartphone podrán descargar una aplicación que les permitirá facturar y hasta cobrar sus servicios con tarjeta de débito o crédito.

Echegaray explicó que el objetivo de la AFIP es facilitar al contribuyente el cumplimiento de sus obligaciones. Con la generalización de la Factura Electrónica, la información que suministren hará que no sea necesario continuar con los regímenes de información. Medicina prepaga; colegios privados; transferencias onerosas de obras de arte; locación de inmuebles y locación temporaria de inmuebles con fines turísticos, ya no estarán operativos desde el 1 de julio próximo; mientras que productores de seguros; expensas; prestaciones de modelaje; liquidación primaria: leche, tabaco y pescado; martilleros: subastas y remates; combustibles y transporte de caudales, seguirán hasta el 1 de enero de 2016.

Sobre el proyecto que permitirá a la AFIP calcular cuánto IVA deberá pagar por mes cada contribuyente, Echegaray explicó que con la Generalización de la Factura Electrónica y el detalle de la Declaración Jurada de IVA on line, se estaría sumando los dos puntos con información que, a través de IVA web, se podría traspasar la información a los sistemas de la Administración Federal y llegar a 2016 con la plataforma de IVA Proforma.

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