La Corte suspendió la vigencia de la ley contra los “dealers”

La Corte suspendió la vigencia de la ley contra los “dealers”

Las causas por venta minorista de drogas seguirán en la órbita de la Justicia Federal. Congestionamiento penal El máximo tribunal se hizo eco de un pedido que había realizado el ministro Fiscal

DENUNCIANTE. El ministro Fiscal había presentado el miércoles a la Corte un recurso de inconstitucionalidad. la gaceta / foto de jorge olmos sgrosso DENUNCIANTE. El ministro Fiscal había presentado el miércoles a la Corte un recurso de inconstitucionalidad. la gaceta / foto de jorge olmos sgrosso
20 Febrero 2015
Menos de 24 horas después de que el ministro Fiscal Edmundo Jiménez presentara el recurso de inconstitucionalidad de la ley que transfiere las causas de venta de droga minorista a la Justicia Provincial, la Corte Suprema de Justicia hizo lugar al requerimiento de una medida cautelar, y suspendió la aplicación de la legislación, que debía entrar en vigencia el 1 de marzo próximo.

“La implementación del sistema podría afectar el funcionamiento integral del servicio de justicia penal -perjudicando el funcionamiento de las competencias que desempeña actualmente-, produciendo un congestionamiento extremo en todo el fuero penal (fiscalías, juzgados y cámaras) que podría perjudicar a todas las personas que en la actualidad se encuentran vinculadas a causas tramitadas en ese fuero (víctimas de delitos, imputados, etcétera)”, de acuerdo a los fundamentos de la sentencia 84/2015 de la Corte.

La resolución lleva la firma del presidente del máximo tribunal, Antonio Gandur, y de los vocales René Goane, Claudia Sbdar y Daniel Posse. La Corte observó que no hubo una asignación de recursos económicos para enfrentar la investigación del narcotráfico en baja escala, y que tampoco hubo un proceso de capacitación del personal.

Si se aplicara desde el 1 de marzo, como estaba previsto, iba a ser un fracaso “dado que no debe olvidarse que los delitos involucrados en la norma que nos ha ocupado, son de naturaleza compleja, razón por la cual su represión requiere un proceso de capacitación, especialización y concentración, todo lo cual se presenta insuficiente en el caso de nuestra provincia”, afirmaron los miembros de la Corte Suprema.

De esta manera, hasta que se resuelva el planteo de inconstitucionalidad, todas las causas por tenencia de estupefacientes para la comercialización, sin importar la cantidad de droga incautada, seguirá en la órbita de la Justicia Federal.

La ley 8.664 fue sancionada en marzo del año pasado, y adhería a la ley Nacional de Estupefacientes que establece que las provincias que así lo resolvieran, podían tener bajo la jurisdicción de la Justicia ordinaria los casos de venta al menudeo o micro tráfico de drogas. La legislación creó un comité integrado por representantes de los tres poderes, prometía nuevos recursos, la creación de mas fiscalías y la capacitación del personal. Nada de eso sucedió.

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