19 Febrero 2015
Con duras críticas a la investigación, el juez Bejas rechazó el pedido de indagatoria a Milani
El magistrado resolvió que “por ahora” no existen motivos para que el jefe del Ejército deba declarar por la desaparición del conscripto. Advirtió inconsistencias en la investigación. Criticó que el fiscal tomara como prueba clave sólo el legajo del conscripto
EN TUCUMÁN. En julio de 2013, Milani se presentó espontáneamente en los Tribunales federales de Tucumán. la gaceta / foto de josé inesta (archivo)
El jefe del Estado Mayor del Ejército Argentino, César Milani, no será indagado momentáneamente por la desaparición del conscripto Alberto Agapito Ledo, durante el terrorismo de Estado, en 1976. Ayer, el juez federal N°1, Daniel Bejas, no hizo lugar “por ahora” al requerimiento del fiscal federal N°1, Carlos Brito, para que el militar declare como sospechoso de la supuesta comisión de los delitos de falsificación de un documento público y de encubrimiento del secuestro y del asesinato del joven estudiante y soldado riojano.
A lo largo de las 26 carillas de la resolución, Bejas cuestionó duramente la labor de Brito y elaboró un listado de lo que consideró como “inconsistencias” de la investigación. Trascartón, el magistrado remarcó la importancia de la “imparcialidad” en la administración de justicia, sobre todo, en un caso que cuenta con tanta repercusión por la posición que ocupa Milani.
“Es criterio de este magistrado que las decisiones judiciales no pueden, por el solo hecho de complacer exigencias sociales, conllevar el dictado de pronunciamientos que desconozcan garantías que hacen al debido proceso de todo ciudadano sometido al mismo, se trate o no de funcionarios públicos”, advirtió.
Por otro lado, rechazó también el pedido para que el coimputado de Milani, el capitán Esteban Sanguinetti, amplíe su indagatoria. De acuerdo con la acusación fiscal y la querella de la familia del estudiante, la desaparición forzada ocurrió el 17 de junio de 1976 en Monteros, en el sur tucumano, cuando cumplía con el servicio militar obligatorio. Su ausencia motivó que días después, de acuerdo con el expediente, se iniciaran actuaciones por “deserción”. La apertura de este sumario fue ordenada por Sanguinetti (jefe de la Compañía que integraba el soldado) y se designó como uno de los oficiales instructores al entonces subteniente Milani.
Brito tiene ahora tres días hábiles para analizar la resolución y definir si la cuestiona ante la Cámara de Apelaciones.
“Análisis parcial”
Con respecto al delito de encubrimiento, Bejas sostuvo que “no resulta demostrado mínimamente de dónde concluye el fiscal que el oficial sumariante de un caso de deserción conocía la comisión de un delito en perjuicio del sumariado”. Subraya, en relación al de falsificación de un documento público, que no se ha determinado si las personas que confeccionaban las actuaciones tenían el “deber especial” de decir verdad que exige la figura jurídica. Añadió que Milani tenía 21 años a la fecha de los hechos y ocupaba el cargo más bajo dentro de los oficiales subalternos.
El juez hizo una lectura sobre la evolución del expediente judicial. Advirtió que en sus inicios, la investigación tuvo pocos avances y sólo algunas medidas “aisladas”. Recién en julio de 2013, puntualizó, hubo más dinamismo.
“El ministerio público realizó un análisis parcial de las medidas investigativas (...). Al requerir la indagatoria, dejó de lado la totalidad de las medidas incorporadas en el expediente y centró su atención en analizar sólo el legajo de deserción. O sea, que sobre 3.497 fojas, se limitó a valorar solamente 27”, fustigó luego.
“Incosistencias”
En el listado, Bejas detalla 11 inconsistencias. Entre ellas, incluyó que el investigador no justificó las tareas concretas de Milani.
“Del análisis del plexo probatorio producido se concluye que fue producido a pedido de las querellas (...). No se advierte una línea investigativa o medidas autónomas producidas por la acusación pública”, expresó luego. También el magistrado llamó la atención del fiscal por no pedir medidas de protección para testigos de la defensa que habrían sido amenazados.
“No existen por ahora motivos bastantes para endilgar el carácter de sospechoso de haber cometido un delito gravísimo al investigado César Milani. No se han alcanzado los estándares suficientes para justificar un llamado a indagatoria (...) Se requiere al fiscal el cabal cumplimiento de las funciones que por ley le corresponden”, cerró.
La causa se inició en 1987, a partir de la presentación de una denuncia. El expediente, de 14 cuerpos, están acumulados desde 2007 en la denominada causa “Causa incoada”. En el transcurso de siete años, Sanguinetti fue procesado con prisión preventiva. El fiscal Brito dictaminó en diciembre que Milani habría falsificado el legajo de deserción de Ledo y encubierto su asesinato.
Milani, mediante su defensor oficial Adolfo Bertini, recusó a Brito y al fiscal general Gustavo Gómez, y pidió la exclusión probatoria del legajo con el argumento de que el original no pudo ser hallado. Bejas desestimó la recusación de Brito, pero separó recientemente a Gómez.
A lo largo de las 26 carillas de la resolución, Bejas cuestionó duramente la labor de Brito y elaboró un listado de lo que consideró como “inconsistencias” de la investigación. Trascartón, el magistrado remarcó la importancia de la “imparcialidad” en la administración de justicia, sobre todo, en un caso que cuenta con tanta repercusión por la posición que ocupa Milani.
“Es criterio de este magistrado que las decisiones judiciales no pueden, por el solo hecho de complacer exigencias sociales, conllevar el dictado de pronunciamientos que desconozcan garantías que hacen al debido proceso de todo ciudadano sometido al mismo, se trate o no de funcionarios públicos”, advirtió.
Por otro lado, rechazó también el pedido para que el coimputado de Milani, el capitán Esteban Sanguinetti, amplíe su indagatoria. De acuerdo con la acusación fiscal y la querella de la familia del estudiante, la desaparición forzada ocurrió el 17 de junio de 1976 en Monteros, en el sur tucumano, cuando cumplía con el servicio militar obligatorio. Su ausencia motivó que días después, de acuerdo con el expediente, se iniciaran actuaciones por “deserción”. La apertura de este sumario fue ordenada por Sanguinetti (jefe de la Compañía que integraba el soldado) y se designó como uno de los oficiales instructores al entonces subteniente Milani.
Brito tiene ahora tres días hábiles para analizar la resolución y definir si la cuestiona ante la Cámara de Apelaciones.
“Análisis parcial”
Con respecto al delito de encubrimiento, Bejas sostuvo que “no resulta demostrado mínimamente de dónde concluye el fiscal que el oficial sumariante de un caso de deserción conocía la comisión de un delito en perjuicio del sumariado”. Subraya, en relación al de falsificación de un documento público, que no se ha determinado si las personas que confeccionaban las actuaciones tenían el “deber especial” de decir verdad que exige la figura jurídica. Añadió que Milani tenía 21 años a la fecha de los hechos y ocupaba el cargo más bajo dentro de los oficiales subalternos.
El juez hizo una lectura sobre la evolución del expediente judicial. Advirtió que en sus inicios, la investigación tuvo pocos avances y sólo algunas medidas “aisladas”. Recién en julio de 2013, puntualizó, hubo más dinamismo.
“El ministerio público realizó un análisis parcial de las medidas investigativas (...). Al requerir la indagatoria, dejó de lado la totalidad de las medidas incorporadas en el expediente y centró su atención en analizar sólo el legajo de deserción. O sea, que sobre 3.497 fojas, se limitó a valorar solamente 27”, fustigó luego.
“Incosistencias”
En el listado, Bejas detalla 11 inconsistencias. Entre ellas, incluyó que el investigador no justificó las tareas concretas de Milani.
“Del análisis del plexo probatorio producido se concluye que fue producido a pedido de las querellas (...). No se advierte una línea investigativa o medidas autónomas producidas por la acusación pública”, expresó luego. También el magistrado llamó la atención del fiscal por no pedir medidas de protección para testigos de la defensa que habrían sido amenazados.
“No existen por ahora motivos bastantes para endilgar el carácter de sospechoso de haber cometido un delito gravísimo al investigado César Milani. No se han alcanzado los estándares suficientes para justificar un llamado a indagatoria (...) Se requiere al fiscal el cabal cumplimiento de las funciones que por ley le corresponden”, cerró.
La causa se inició en 1987, a partir de la presentación de una denuncia. El expediente, de 14 cuerpos, están acumulados desde 2007 en la denominada causa “Causa incoada”. En el transcurso de siete años, Sanguinetti fue procesado con prisión preventiva. El fiscal Brito dictaminó en diciembre que Milani habría falsificado el legajo de deserción de Ledo y encubierto su asesinato.
Milani, mediante su defensor oficial Adolfo Bertini, recusó a Brito y al fiscal general Gustavo Gómez, y pidió la exclusión probatoria del legajo con el argumento de que el original no pudo ser hallado. Bejas desestimó la recusación de Brito, pero separó recientemente a Gómez.
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