07 Febrero 2015
Insiste Carmen Fontán, ganadora del proceso de selección del director de la Escuela Judicial, en que la Sala III de la Cámara en lo Contencioso Administrativo debe suspender la actuación de Fernando Ganami, postulante elegido por el Consejo Asesor de la Magistratura (CAM). El miércoles, la abogada recurrió la decisión que el vocal Sergio Gandur rubricó el 30 de diciembre al mediodía. Ese camarista había rechazado la medida cautelar con el argumento de que no advertía que el requisito del peligro irreparable en la demora (de una sentencia de fondo firme) estuviese acreditado.
“La resolución se funda exclusivamente en consideraciones generales y abstractas; importa un puro voluntarismo judicial, y prescinde de los hechos y del derecho invocados por mi parte”, reprochó Fontán. La interposición del recurso de revocatoria coloca el tema en manos de Ebe López Piossek, compañera de Gandur en la Sala III. Si entre ambos se genera una disidencia (por ejemplo, porque López Piossek considera que el pedido de Fontán debe prosperar y Gandur mantiene su posición), desempatará un tercer vocal -de otra sala- elegido por sorteo.
Fontán dijo que la demanda y la prueba adjuntada claramente evidenciaban que la designación como director de Ganami, ex asesor de la presidenta Claudia Sbdar y prosecretario del CAM -con licencia- elegido sin concurso, era portadora de arbitrariedad e ilegalidad manifiestas. “El CAM incurrió en desvío de poder contrario a las disposiciones de la Ley 8.197; al propio reglamento del Consejo; a la Constitución de Tucumán y Nacional, y a los derechos tutelados por los instrumentos internacionales con jerarquía constitucional”, reiteró.
En concreto, Fontán afirmó que sí había “peligro en la demora”. A continuación, dijo que, según LA GACETA del 21 de diciembre, Ganami había presentado a consideración del CAM la planificación de la Escuela Judicial (pretende llamar a inscripciones durante este mes). Y añadió: “en declaraciones publicadas por el mismo diario el 6 de enero, el vicepresidente del órgano y legislador oficialista Regino Amado sostuvo que, para el CAM, ‘lo mío’ estaba acabado. Este consejero agregó que el órgano que capacitará a los futuros juzgadores estaba listo para comenzar a funcionar; que en realidad yo no había ganado el concurso (N. de la R.: la terna estaba conformada por Fontán, Ganami y Rosa Luz Casen) y que más allá de que avanzase con planteos judiciales, los consejeros consideraban que este tema había sido agotado, como lo demostraba el fallo del juez Gandur”. Fontán adujo que las consideraciones de Amado eran una prueba irrefutable y el reconocimiento del peligro en la demora. “Ello deberá ser evaluado al momento de resolver esta revocatoria”, instó.
La experta en Derecho Constitucional asimismo manifestó que, más allá de analizar el peligro en la demora, Gandur debió examinar la verosimilitud del derecho invocado: “y probado por las irregularidades que se constatan y por la magnitud de la gravedad institucional que tiene este pleito”. La postulante precisó que el objetivo de la medida cautelar no era impedir el funcionamiento de la Escuela Judicial del CAM, sino que Ganami se abstenga de actuar como su director, por ejemplo, mediante la presentación de planificaciones académicas, hasta tanto haya una sentencia firme. Fontán consideró que, de lo contrario, Ganami consumará actos no susceptibles de reparación ulterior aunque la sentencia de fondo acoja su reclamo.
“La resolución se funda exclusivamente en consideraciones generales y abstractas; importa un puro voluntarismo judicial, y prescinde de los hechos y del derecho invocados por mi parte”, reprochó Fontán. La interposición del recurso de revocatoria coloca el tema en manos de Ebe López Piossek, compañera de Gandur en la Sala III. Si entre ambos se genera una disidencia (por ejemplo, porque López Piossek considera que el pedido de Fontán debe prosperar y Gandur mantiene su posición), desempatará un tercer vocal -de otra sala- elegido por sorteo.
Fontán dijo que la demanda y la prueba adjuntada claramente evidenciaban que la designación como director de Ganami, ex asesor de la presidenta Claudia Sbdar y prosecretario del CAM -con licencia- elegido sin concurso, era portadora de arbitrariedad e ilegalidad manifiestas. “El CAM incurrió en desvío de poder contrario a las disposiciones de la Ley 8.197; al propio reglamento del Consejo; a la Constitución de Tucumán y Nacional, y a los derechos tutelados por los instrumentos internacionales con jerarquía constitucional”, reiteró.
En concreto, Fontán afirmó que sí había “peligro en la demora”. A continuación, dijo que, según LA GACETA del 21 de diciembre, Ganami había presentado a consideración del CAM la planificación de la Escuela Judicial (pretende llamar a inscripciones durante este mes). Y añadió: “en declaraciones publicadas por el mismo diario el 6 de enero, el vicepresidente del órgano y legislador oficialista Regino Amado sostuvo que, para el CAM, ‘lo mío’ estaba acabado. Este consejero agregó que el órgano que capacitará a los futuros juzgadores estaba listo para comenzar a funcionar; que en realidad yo no había ganado el concurso (N. de la R.: la terna estaba conformada por Fontán, Ganami y Rosa Luz Casen) y que más allá de que avanzase con planteos judiciales, los consejeros consideraban que este tema había sido agotado, como lo demostraba el fallo del juez Gandur”. Fontán adujo que las consideraciones de Amado eran una prueba irrefutable y el reconocimiento del peligro en la demora. “Ello deberá ser evaluado al momento de resolver esta revocatoria”, instó.
La experta en Derecho Constitucional asimismo manifestó que, más allá de analizar el peligro en la demora, Gandur debió examinar la verosimilitud del derecho invocado: “y probado por las irregularidades que se constatan y por la magnitud de la gravedad institucional que tiene este pleito”. La postulante precisó que el objetivo de la medida cautelar no era impedir el funcionamiento de la Escuela Judicial del CAM, sino que Ganami se abstenga de actuar como su director, por ejemplo, mediante la presentación de planificaciones académicas, hasta tanto haya una sentencia firme. Fontán consideró que, de lo contrario, Ganami consumará actos no susceptibles de reparación ulterior aunque la sentencia de fondo acoja su reclamo.
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