Fontán judicializa el nombramiento de Ganami

Fontán judicializa el nombramiento de Ganami

La concursante pidió a la Corte Suprema de Tucumán que declare la nulidad e inconstitucionalidad de la selección del director académico. La demanda incluye una solicitud de cautelar para evitar que el director actúe como tal. Fontán atacó a Sbdar por excusarse sin expresar causa, a Amado y a Martínez Aráoz

CONTRA EL CONSEJO. Fontán en una entrevista del proceso que cuestionó. la gaceta / foto de irene benito (archivo) CONTRA EL CONSEJO. Fontán en una entrevista del proceso que cuestionó. la gaceta / foto de irene benito (archivo)
21 Diciembre 2014
El Consejo Asesor de la Magistratura (CAM) cerrará 2014 con el juicio promovido por la postulante Carmen Fontán. En este litigio, la ganadora del concurso público celebrado para seleccionar al director de la Escuela Judicial pidió a la Corte Suprema de Justicia de Tucumán que deje sin efecto la designación de Fernando Ganami en ese cargo. Según la letrada y constitucionalista, el acuerdo del CAM es nulo e inconstitucional. “Afecta el derecho de defensa y el debido proceso; porta arbitrariedad e ilegalidad manifiestas e incurre en desvío de poder por contrariar la ley y el reglamento del CAM, y por haber sido dictado por una institución que no es independiente, idónea e imparcial como exige la Convención Americana de Derechos Humanos”, argumentó.

La demanda de 34 fojas, que ingresó el viernes al alto tribunal, incluye la petición de una medida cautelar. Fontán solicitó a la Corte que, con el fin de preservar el resultado eficaz y útil del pleito, y con habilitación de días horas, ordene al CAM que arbitre los medios para que Ganami se abstenga de actuar como director de la Escuela hasta tanto el juicio tenga una sentencia firme. En ese carácter, el funcionario cuestionado ya presentó una planificación de actividades para 2015, que fue suscrita en el acto por el comité académico y que los consejeros aprobaron este mismo viernes. El director, la secretaria Isabel Rico Velaz y la conducción del órgano pretenden llamar a inscripciones en febrero.

Entre las actuaciones puestas en tela de juicio, Fontán atacó el hecho de que, para nombrar a Ganami (ocupaba el segundo puesto en el ranking), el CAM se haya apartado del orden de mérito definitivo que había elaborado el comité académico tras calificar los antecedentes y la oposición. “Es decir, se arrogó competencias propias del Poder Ejecutivo (este está legalmente facultado para elegir a cualquiera de los tres ternados en la cobertura de vacantes de la magistratura)”, dijo. Y añadió que, al proceder así, los consejeros desconocieron que en el proceso de selección de la secretaria de la institución (Sofía Nacul), único antecedente que había en la materia “selección de personal por concurso”, el CAM se había atenido al principio del orden de mérito vinculante.

Fontán expresó que este cambio de criterio favorable al ex asesor de la presidenta Claudia Sbdar y prosecretario del órgano -con licencia- nombrado en forma discrecional violaba la doctrina de los actos propios: “nadie puede ponerse en contradicción con sus propios actos ejerciendo una conducta incompatible con otra anterior deliberada, jurídicamente relevante y plenamente eficaz”.

Dardos para Amado
La demanda critica los comentarios que hizo Regino Amado, legislador ultraoficialista y vicepresidente del CAM, al término de la reunión secreta -celebrada sin los fedatarios Nacul y Fabricio Falcucci- en la que los consejeros acordaron nombrar director a Ganami (con la disidencia del consejero legislador radical Roberto Sánchez) y secretaria a Rico Velaz (por unanimidad). La concursante citó las siguientes declaraciones periodísticas de Amado: “creo que Fontán no podría tener una relación estrecha con la secretaría, los miembros del comité académico y los consejeros. Ella ya había expresado ciertas diferencias con Ganami y con la presidenta Sbdar, y yo veía difícil una buena convivencia entre todos en beneficio de la Escuela Judicial”.

Al respecto, Fontán negó la existencia de tales diferencias, y precisó que Sbdar se excusó de participar en el proceso de selección respecto de ella en virtud de una resolución que no expresa causa y que nunca le fue notificada. “La admisión de una excusación sin causa provoca una grave lesión al derecho de defensa y del debido proceso del postulante, que no sabe ni siquiera cuál es la razón por la que la otra parte considera que no podrá ser objetiva ni imparcial. Y esa situación en el caso de este concurso es particularmente grave a la luz de las propias declaraciones del vicepresidente del CAM”, expresó. Y agregó: “(la excusación sin causa de Sbdar) predispuso al órgano seleccionador para que considerara que, de elegirme directora de la Escuela, no podría convivir bien con la actual presidenta y los consejeros. Nada más lejos de la realidad: jamás existió entre Sbdar y yo alguna causal que habilitara una recusación o excusación”.

La concursante también reprochó que el consejero suplente Raúl Martínez Aráoz haya participado de una deliberación secreta no prevista en el reglamento pese a haberse excusado de intervenir respecto de ella y que Amado haya dicho que Ganami fue elegido por nueve votos contra uno cuando sólo podían sufragar los siete consejeros titulares presentes en el cónclave (el vice, Adriana Najar, Eudoro Albo, Martín Tello, Isabel Nacul, Antonio Bustamante y Sánchez). “Si existieron nueve votos en la mayoría es porque sufragaron en pie de igualdad los suplentes no excusados (Rolando Granero y Marcela Ruiz) junto con Martínez Aráoz. Ello es una clara violación del reglamento del CAM, que torna absolutamente nula la designación de Ganami (Acuerdo 160/14)”, razonó, y pidió la comparecencia como testigos de los secretarios Nacul y Falcucci. En cuanto a los fundamentos de esa decisión manifestó que era falso que Ganami estuviese dispuesto a priorizar la Escuela Judicial sobre sus cargos docentes en la Universidad Nacional de Tucumán y que en la entrevista con las autoridades se hubiese destacado por su defensa del uso de nuevas tecnologías en el aula.

Más allá de estas consideraciones, el escrito de Fontán pormenoriza las vicisitudes del llamado caso “Ganami”. Ese affaire comenzó con la publicación de una nota que daba cuenta de que el prosecretario nombrado en forma discrecional para “organizar la Escuela” compartía el rango de “funcionario de enlace” con Diego Duquelsky Gómez, colaborador de la procuradora general Alejandra Gils Carbó y evaluador del proceso de selección del secretario de la Escuela Judicial del CAM, que ganó Ganami (Rico Velaz terminó en el segundo lugar).

A continuación, se supo que todos los empleados del órgano habían conseguido sus cargos en función de amistad o de vínculos con los consejeros aunque el reglamento del CAM dispone que el ingreso procede por concurso. Fontán recordó que los consejeros habían dicho expresamente que las designaciones discrecionales de Ganami fueron fruto del consenso; que el prosecretario no tomó licencia durante el trámite de los concursos de la Escuela (sólo fue desafectado de ese instituto) y que, con la excepción del consejero legislador Federico Romano Norri y de Martínez Aráoz, el resto de los consejeros que nombraron “a dedo” a Ganami se negaron a bajarse del concurso para la dirección académica.

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