22 Octubre 2014
Miembros de la comisión de notables -profesores eméritos, consultos y honorarios de la Universidad Nacional de Tucumán (UNT)- se pronunciaron en contra de que se implementen la carrera docente y la plena ciudadanía para los preuniversitarios, y de que se aumente la representación de no docentes en los órganos de Gobierno. Fundaron su postura sobre la base de que esas modificaciones al estatuto reñirán con la Ley N° 24.521 (de Educación Superior -LES-).
Florencio Aceñolaza, Jorge Bianchi, Leonor Colombo, Manuel Cordomí, Alfredo Coviello, Roberto Cudmani, Rodolfo Danesi, Alberto Nicolini, Lucía Piossek Prebisch, Guillermo Raiden, Juan Carlos Raimundín, Gaspar Risco Fernández, Alejandro Toselli, Enrique Valdecantos y Marta Viñas elevaron sus aportes para la reforma del estatuto -que incluyen estas y otras cuestiones- en una nota dirigida al vicerrector, José García, que coordina la comisión ejecutiva central, que orienta el proceso.
“No se deben incorporar al Consejo Superior (miembros) de las escuelas experimentales por el mero hecho de que estas pertenezcan a la UNT. No es pertinente que preuniversitarios resuelvan sobre temas universitarios. Los preuniversitarios no están contemplados por la norma N° 24.521; agregarlos sería una acción fuera de la ley”, arguyen para pedir que no se reforme el estatuto para incluir representantes de las escuelas experimentales en el Consejo Superior.
“Hipertrofia”
Para rechazar el incremento de no docentes en los Consejos Directivos y Superior también se apoyan en la LES. Actualmente, estos cuerpos cuentan con un solo representante por ese estamento, que no vota en cuestiones académicas. Los no docentes reclaman mayor participación y plenos derechos. “No se ve razón para sumar más consejeros no docentes a los espacios académicos; esto crearía una hipertrofia de estos órganos por el necesario aumento de los consejeros docentes para que se respete la relación que establece el artículo 53° de la LES”, arguyen. Ese punto prevé que la representación docente en los órganos de Gobierno no baje del 50 % de la totalidad de los miembros. Los notables consideran, además, que no corresponde el voto pleno de los no docentes para opinar sobre las cuestiones académicas. Proponen que no se modifiquen los puntos estatutarios que regulan estas cuestiones.
Concursos
Respecto de la carrera docente, este grupo de profesores extraordinarios entiende que la incorporación de esta en el estatuto podría motivar el reclamo del educador de que se creen espacios a los cuales pueda acceder. “No es conveniente establecer como un derecho del docente el reclamar la creación de un cargo superior, transcurrido un determinado período. Es necesario recordar, además, que todo (ascenso), según la Ley N° 24.521, deberá hacerse por concurso público y abierto”, dicen. Sobre esta cuestión insisten: “los cargos no deben crearse sobre la base de requerimientos personales o de legítimas aspiraciones del docente, sino sobre la base de las necesidades de cada cátedra. Este sistema de ascenso puede llevar a que, en pocos años, una cátedra tenga cinco adjuntos y ningún jefe de trabajos prácticos, que sí son indispensables para la docencia”. A raíz de esto, sugieren que no se modifique el articulado del estatuto referido al ingreso de los docentes a la UNT, y a sus ascensos.
El grupo de notables también sugiere directamente eliminar la reelección de las autoridades ejecutivas -rector, vicerrector, decanos y vicedecanos-. Según el estatuto vigente pueden ser reelectos una vez.
Florencio Aceñolaza, Jorge Bianchi, Leonor Colombo, Manuel Cordomí, Alfredo Coviello, Roberto Cudmani, Rodolfo Danesi, Alberto Nicolini, Lucía Piossek Prebisch, Guillermo Raiden, Juan Carlos Raimundín, Gaspar Risco Fernández, Alejandro Toselli, Enrique Valdecantos y Marta Viñas elevaron sus aportes para la reforma del estatuto -que incluyen estas y otras cuestiones- en una nota dirigida al vicerrector, José García, que coordina la comisión ejecutiva central, que orienta el proceso.
“No se deben incorporar al Consejo Superior (miembros) de las escuelas experimentales por el mero hecho de que estas pertenezcan a la UNT. No es pertinente que preuniversitarios resuelvan sobre temas universitarios. Los preuniversitarios no están contemplados por la norma N° 24.521; agregarlos sería una acción fuera de la ley”, arguyen para pedir que no se reforme el estatuto para incluir representantes de las escuelas experimentales en el Consejo Superior.
“Hipertrofia”
Para rechazar el incremento de no docentes en los Consejos Directivos y Superior también se apoyan en la LES. Actualmente, estos cuerpos cuentan con un solo representante por ese estamento, que no vota en cuestiones académicas. Los no docentes reclaman mayor participación y plenos derechos. “No se ve razón para sumar más consejeros no docentes a los espacios académicos; esto crearía una hipertrofia de estos órganos por el necesario aumento de los consejeros docentes para que se respete la relación que establece el artículo 53° de la LES”, arguyen. Ese punto prevé que la representación docente en los órganos de Gobierno no baje del 50 % de la totalidad de los miembros. Los notables consideran, además, que no corresponde el voto pleno de los no docentes para opinar sobre las cuestiones académicas. Proponen que no se modifiquen los puntos estatutarios que regulan estas cuestiones.
Concursos
Respecto de la carrera docente, este grupo de profesores extraordinarios entiende que la incorporación de esta en el estatuto podría motivar el reclamo del educador de que se creen espacios a los cuales pueda acceder. “No es conveniente establecer como un derecho del docente el reclamar la creación de un cargo superior, transcurrido un determinado período. Es necesario recordar, además, que todo (ascenso), según la Ley N° 24.521, deberá hacerse por concurso público y abierto”, dicen. Sobre esta cuestión insisten: “los cargos no deben crearse sobre la base de requerimientos personales o de legítimas aspiraciones del docente, sino sobre la base de las necesidades de cada cátedra. Este sistema de ascenso puede llevar a que, en pocos años, una cátedra tenga cinco adjuntos y ningún jefe de trabajos prácticos, que sí son indispensables para la docencia”. A raíz de esto, sugieren que no se modifique el articulado del estatuto referido al ingreso de los docentes a la UNT, y a sus ascensos.
El grupo de notables también sugiere directamente eliminar la reelección de las autoridades ejecutivas -rector, vicerrector, decanos y vicedecanos-. Según el estatuto vigente pueden ser reelectos una vez.
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