Un riesgo para la República
30 Junio 2014

Carmen Fontán

Cátedra "B" de Derecho Constitucional - UNT

Por primera vez en la historia constitucional de la Argentina un vicepresidente de la Nación ha sido procesado por hechos delictivos. No tiene fueros, pero si los privilegios que surgen de ser uno de los sujetos pasibles de juicio político o también llamado ante-juicio. La ley 25.320 establece que para el supuesto de que se lo investigue en una causa penal el proceso debe seguir su curso normal. Lo único que no podrá hacer el juez es detenerlo, sin mediar la destitución a través del juicio político. Todos los pasos procesales son admisibles. El privilegio del ante-juicio no impide la indagatoria, ni el procesamiento, ni la elevación a juicio.

Respetuosos del principio de inocencia proclamado en los instrumentos Internacionales de derechos humanos, corresponde que sea el mismo Vicepresidente quien pida licencia, porque como decía Bidart Campos, una cosa es gozar de presunción de inocencia mientras no hay sentencia firme de condena y otra es reputar que, aún con esa presunción favorable, quien está procesado penalmente mantenga su idoneidad para ese cargo. El desorden institucional que supondría mantenerlo en su cargo, como reemplazante natural de la Presidenta -imaginemos por un momento la facultad de designar jueces- pone en serio riesgo a la República.

Publicidad
Temas Amado Boudou
Tamaño texto
Comentarios
Comentarios