25 Junio 2014
La investigación preliminar de una maniobra que en su momento causó estupor terminó con la declaración de inocencia de los seis acusados. El sobreseimiento, que favorece a Manuel Antonio Poliche, Luis Gabriel Sarralde, Ana María Usandivaras Grammático, José Hugo Triviño, Marta Rosa Ortiz y Raúl Luis Rafael Díaz, fue dispuesto por el conjuez federal Juan Carlos Nacul y confirmado por la Cámara Federal de Apelaciones de Tucumán.
Todos los sobreseídos habían sido considerados supuestos partícipes necesarios en un delito de defraudación, en la causa conocida como “Oficio Banco Nación”. La pesquisa comenzó en 2008, luego de que el ex juez federal subrogante Mario Racedo (encabezó el Juzgado Federal N°2 entre 2006 y 2011) advirtiese la falsificación de su firma y de la del secretario Facundo Zuviría Peñalba en un oficio. Este instrumento ordenaba al gerente del Banco Nación que transfiriera $ 410.000 a una caja de ahorros abierta en el BBVA-Banco Francés, porque, supuestamente, el juez subrogante había hecho lugar a una demanda del Instituto de Cardiología SRL. Pero tal sentencia era inexistente, según la declaración de Racedo y de Zuviría Peñalba.
Los fondos en cuestión habían sido depositados por el Instituto de Cardiología en calidad de fianza a la orden del Juzgado Federal N°1. En virtud del oficio apócrifo del Juzgado Federal N°2 -que nada tenía que ver con el asunto de la fianza-, el Banco Nación transfirió el dinero a una cuenta cuya titular era la ciudadana Alejandra Mabel Vallejo.
El fiscal federal Carlos Brito determinó que una persona se hizo pasar por Vallejo -para ello, consiguió y exhibió un duplicado del DNI original- para abrir la caja de ahorros en el BBVA-Banco Francés (cuatro días antes de la emisión del oficio “trucho”) y cobrar el dinero. Brito consideró que la supuesta defraudación había sido perpetrada con el concurso de empleados y funcionarios del Banco Nación (Poliche, Usandivaras Grammático y Sarralde); del BBVA-Banco Francés (Triviño) y del Registro Civil (Ortiz y Díaz).
Pero Nacul no advirtió la existencia de pruebas capaces de desvirtuar la presunción de inocencia de los imputados y procedió a dictar el sobreseimiento, decisión que luego fue corroborada por los camaristas Ricardo Sanjuán, Marina Cossio y Ernesto Wayar. La vocal Graciela Fernández Vecino, en cambio, se pronunció en disidencia por entender que el proceso estaba en plena etapa investigativa y que existían numerosos indicios que apuntaban a los sobreseídos como presuntos partícipes de la maniobra que causó perjuicio a las arcas nacionales.
Todos los sobreseídos habían sido considerados supuestos partícipes necesarios en un delito de defraudación, en la causa conocida como “Oficio Banco Nación”. La pesquisa comenzó en 2008, luego de que el ex juez federal subrogante Mario Racedo (encabezó el Juzgado Federal N°2 entre 2006 y 2011) advirtiese la falsificación de su firma y de la del secretario Facundo Zuviría Peñalba en un oficio. Este instrumento ordenaba al gerente del Banco Nación que transfiriera $ 410.000 a una caja de ahorros abierta en el BBVA-Banco Francés, porque, supuestamente, el juez subrogante había hecho lugar a una demanda del Instituto de Cardiología SRL. Pero tal sentencia era inexistente, según la declaración de Racedo y de Zuviría Peñalba.
Los fondos en cuestión habían sido depositados por el Instituto de Cardiología en calidad de fianza a la orden del Juzgado Federal N°1. En virtud del oficio apócrifo del Juzgado Federal N°2 -que nada tenía que ver con el asunto de la fianza-, el Banco Nación transfirió el dinero a una cuenta cuya titular era la ciudadana Alejandra Mabel Vallejo.
El fiscal federal Carlos Brito determinó que una persona se hizo pasar por Vallejo -para ello, consiguió y exhibió un duplicado del DNI original- para abrir la caja de ahorros en el BBVA-Banco Francés (cuatro días antes de la emisión del oficio “trucho”) y cobrar el dinero. Brito consideró que la supuesta defraudación había sido perpetrada con el concurso de empleados y funcionarios del Banco Nación (Poliche, Usandivaras Grammático y Sarralde); del BBVA-Banco Francés (Triviño) y del Registro Civil (Ortiz y Díaz).
Pero Nacul no advirtió la existencia de pruebas capaces de desvirtuar la presunción de inocencia de los imputados y procedió a dictar el sobreseimiento, decisión que luego fue corroborada por los camaristas Ricardo Sanjuán, Marina Cossio y Ernesto Wayar. La vocal Graciela Fernández Vecino, en cambio, se pronunció en disidencia por entender que el proceso estaba en plena etapa investigativa y que existían numerosos indicios que apuntaban a los sobreseídos como presuntos partícipes de la maniobra que causó perjuicio a las arcas nacionales.