11 Junio 2014
ACATÓ LA ORDEN. El titular del Central, Juan Carlos Fábrega, ejecutó un pedido del jefe de Gabinete. dyn
BUENOS AIRES.- El Banco Central de la República Argentina (BCRA) limitó entre 33% y 54% las tasas de interés que podrán cobrar los bancos en préstamos personales y prendarios, tras la mención sobre tasas “usurarias” de los bancos que hizo el jefe de Gabinete, Jorge Capitanich.
A través de un comunicado, el Central estableció además nuevas reglas para el cobro de comisiones y cargos, al tiempo que definió como “Costo Financiero Total Nominal Anual, el costo del endeudamiento para evitar distorsiones”, por lo cual le impuso a los bancos que informen “con precisión” al consumidor la tasa final, incluidos los impuestos.
Al mismo tiempo, la autoridad monetaria estableció normas para la “regulación para el acceso al financiamiento de los proveedores no financieros de crédito, entendiendo como tales a aquellas personas jurídicas que, sin ser entidades financieras supervisadas por el BCRA, ofrezcan crédito a individuos”.
Ante la consulta de en cuánto debería reducirse la tasa promedio que cobran hasta hoy por sus préstamos personales los bancos, una de las fuentes dijo que “entre ocho y nueve puntos porcentuales”. Capitanich había puntualizado que “es hora” que el Central “regule adecuadamente las tasas” que ofrecen las entidades para evitar ganancias usurarias que afectan “el poder adquisitivo del consumidor”.
En materia de tasas, el Central dispuso que a partir de la publicación de la norma la tasa de referencia para préstamos personales y prendarios para personas físicas no podrá superar el producto surgido de la tasa de corte de Lebac a 90 días por un “factor multiplicativo, ubicado entre 1,25 y 2,00”. Ese factor dependerá del tipo de préstamo y del Grupo de Bancos y en las cuatro posibilidades daría una tasa tope promedio del 37%. Según precisó la autoridad monetaria, las entidades se dividirán entre Grupo I (agentes financieros del Estado nacional, provincial o municipal y/o demás entidades, que participen con al menos 1% del total de los depósitos del sector privado no financiero) y Grupo II (las entidades restantes). A su vez, el BCRA anunció la “tasa de interés de referencia” para las entidades de Grupo I y Grupo II, aplicable a cada tipo de préstamo (personales, prendarios y compras de cartera). Las tasas aplicadas por cada entidad, dentro de las líneas mencionadas, no podrán superar la “tasa de interés de referencia” informada.
Sobre las comisiones y cargos sobre tarjeta de crédito, las entidades financieras y las emisoras no financieras de tarjetas de crédito deberán contar con autorización previa del BCRA para aplicar aumentos al costo de los servicios y cambios a los rubros que los integran. (DyN-Télam)
A través de un comunicado, el Central estableció además nuevas reglas para el cobro de comisiones y cargos, al tiempo que definió como “Costo Financiero Total Nominal Anual, el costo del endeudamiento para evitar distorsiones”, por lo cual le impuso a los bancos que informen “con precisión” al consumidor la tasa final, incluidos los impuestos.
Al mismo tiempo, la autoridad monetaria estableció normas para la “regulación para el acceso al financiamiento de los proveedores no financieros de crédito, entendiendo como tales a aquellas personas jurídicas que, sin ser entidades financieras supervisadas por el BCRA, ofrezcan crédito a individuos”.
Ante la consulta de en cuánto debería reducirse la tasa promedio que cobran hasta hoy por sus préstamos personales los bancos, una de las fuentes dijo que “entre ocho y nueve puntos porcentuales”. Capitanich había puntualizado que “es hora” que el Central “regule adecuadamente las tasas” que ofrecen las entidades para evitar ganancias usurarias que afectan “el poder adquisitivo del consumidor”.
En materia de tasas, el Central dispuso que a partir de la publicación de la norma la tasa de referencia para préstamos personales y prendarios para personas físicas no podrá superar el producto surgido de la tasa de corte de Lebac a 90 días por un “factor multiplicativo, ubicado entre 1,25 y 2,00”. Ese factor dependerá del tipo de préstamo y del Grupo de Bancos y en las cuatro posibilidades daría una tasa tope promedio del 37%. Según precisó la autoridad monetaria, las entidades se dividirán entre Grupo I (agentes financieros del Estado nacional, provincial o municipal y/o demás entidades, que participen con al menos 1% del total de los depósitos del sector privado no financiero) y Grupo II (las entidades restantes). A su vez, el BCRA anunció la “tasa de interés de referencia” para las entidades de Grupo I y Grupo II, aplicable a cada tipo de préstamo (personales, prendarios y compras de cartera). Las tasas aplicadas por cada entidad, dentro de las líneas mencionadas, no podrán superar la “tasa de interés de referencia” informada.
Sobre las comisiones y cargos sobre tarjeta de crédito, las entidades financieras y las emisoras no financieras de tarjetas de crédito deberán contar con autorización previa del BCRA para aplicar aumentos al costo de los servicios y cambios a los rubros que los integran. (DyN-Télam)
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