La Corte exhortó al Gobierno a pagar las sentencias que favorecen a los jubilados

La Corte exhortó al Gobierno a pagar las sentencias que favorecen a los jubilados

También dispuso que las Cámaras Federales en las provincias resuelvan litigios previsionales

DECISIÓN. El Tribunal exhortó al Poder Ejecutivo a acatar los fallos que dicta. telam (archivo) DECISIÓN. El Tribunal exhortó al Poder Ejecutivo a acatar los fallos que dicta. telam (archivo)
07 Mayo 2014

La Corte Suprema de Justicia de la Nación habilitó a las cámaras federales del país a resolver los litigios de naturaleza previsional en el ámbito del juicio “Pedraza, Héctor Hugo contra Anses sobre acción de amparo”. Ese pleito fue iniciado por un veterano de la Guerra de Malvinas, que reside en Tucumán.

BUENOS AIRES.- La Corte Suprema de Justicia de la Nación exhortó al Gobierno nacional a que la Anses (Administración Nacional de la Seguridad Social) cumpla con las sentencias que ordenan los reajustes a la clase pasiva. Además, resolvió que las cámaras federales de todo el país están en condiciones de revisar los juicios previsionales (las declaró competentes), para agilizar los miles de expedientes en trámite.

En el acuerdo anunciado ayer, el máximo tribunal, con las firmas de los jueces Ricardo Lorenzetti, Elena Highton de Nolasco, Carlos Fayt, Juan Carlos Maqueda y Raúl Zaffaroni, y el voto concurrente de Enrique Petracchi, dictó la inconstitucionalidad de un artículo de una ley sancionada durante el menemismo, que concentraba todas las causas previsionales en la Cámara Federal de la Seguridad Social, con sede en la Capital Federal. La jueza Carmen Argibay no firmó la Acordada porque continúa “internada, pero estable”, en un sanatorio.

El fallo sostiene que dicha cámara “se encuentra en un estado de colapso debido a la sobrecarga de expedientes”, lo que “impacta directamente en uno de los grupos vulnerables que define nuestra Constitución -los jubilados-, que no obtienen respuestas, en tiempo y forma de los jueces, cuando efectúan un reclamo en torno a su prestación previsional, de carácter vital y alimentaria”. La decisión del máximo tribunal distribuye los reclamos en las cámaras federales de todo el país, lo que en teoría debería agilizar los expedientes, que en la actualidad se demoran años y llegan a frustrar las aspiraciones de los jubilados, que mueren antes de cobrar sus reajustes. En ese contexto, la Corte exhortó al Poder Ejecutivo para que disponga que “las agencias bajo su ámbito acaten las decisiones tomadas por esta Corte”. Ello significa que la Anses deje de apelar, hasta las últimas instancias, los fallos que la obligan a pagar reajustes y se adecue a los fallos que disponen actualizar haberes.

La Corte también reclamó, al Congreso, la creación de nuevos tribunales con competencia en seguridad social, así como “dictar las disposiciones que permitan abreviar los procedimientos por los cuales tramitan esta clase de asuntos”.

“Estamos pagando”

La respuesta no se hizo esperar. Llegó de boca del titular de la Anses, Diego Bossio, quien resaltó que el organismo paga sentencias “como nunca antes”. Y aseguró que seguirá con ese rumbo. “El organismo realiza un gran esfuerzo para cumplir con sus obligaciones y pagar lo antes posible. De esta manera, se redujo el stock de sentencias previsionales, porque si bien aún existen causas en trámite, los juicios están disminuyendo”, sostuvo Bossio.

“Creo que en 2016 no va a haber más juicios”, estimó el funcionario. (lanacion.com.ar/infobae.com)

Según pudo constatar LA GACETA, el amparista acudió a la Justicia Federal de la provincia para exigir el pago retroactivo de la pensión que el orden jurídico acuerda a los ex combatientes. Previamente, en 2007, el demandante había ganado el juicio que le permitió acceder al beneficio.

Pero el organismo que dirige el camporista Diego Bossio se negó a pagar la pensión retroactivamente, es decir, desde el inicio del expediente (1994). De modo que lo que está en juego en este litigio es la suma no percibida durante los 13 años que transcurrieron entre el momento en que el amparista solicitó la pensión y el momento en que la Anses se la concedió.

El fallo de la Corte de la Nación supone la devolución del caso “Pedraza” a la Cámara Federal de Apelaciones de Tucumán, que en el futuro deberá expedirse sobre la pretensión del ex combatiente de Malvinas.

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