19 Enero 2014
El Departamento de Industria Azucarera de la Universidad Nacional de Tucumán (UNT) había determinado que las muestras de agua del río Salí extraídas de un efluente de un frigorífico estaban contaminadas. El juez federal N° 2, Fernando Poviña, sin embargo, había dispuesto en 2012 que no existían méritos suficientes en ese momento ni para ordenar el procesamiento ni para sobreseer al representante de la empresa. La decisión fue apelada por el fiscal federal, Carlos Brito; el fiscal general, Antonio Gómez, sostuvo el recurso y la Cámara Federal de Apelaciones de Tucumán revirtió la resolución de Poviña.
El 20 de diciembre pasado, la alzada dictó la sentencia que procesó a Pedro Benito Benejam, responsable del frigorífico Fidensa SA, por el delito de presunta contaminación ambiental.
Los vocales Raúl Mender, Ernesto Wayar y Graciela Fernández Vecino entendieron que el imputado debía ser procesado puesto que las peritaciones químicas eran concluyentes. En cambio, los vocales Ricardo Mario Sanjuán y Marina Cossio de Mercau disintieron con la posición mayoritaria. Estos últimos consideraron que correspondía declarar la nulidad de las actuaciones por cuestiones procedimentales “desde el momento en el que se realizó el allanamiento y la toma de muestras, sin la notificación a los representantes de Fidensa”, consignaron. Cossio de Mercau y Sanjuán también subrayaron que no existirían constancias de informes de organismos públicos de control encargados de fiscalizar al establecimiento que dieran cuenta de la posible infracción. En consecuencia, opinaron que Benejam debía ser sobreseído.
Los jueces Mender, Wayar y Fernández Vecino citaron en sus argumentos el estudio químico de la UNT que dio cuenta de que los niveles de sustancias sólidas y líquidas arrojadas producirían la reducción de la vida acuática en el curso por la merma del oxígeno en el agua y, por lo tanto, afectaría el ecosistema.
Durante la declaración indagatoria, Benejam había negado el hecho, y había asegurado que la empresa estaba bajo supervisión permanente del Senasa e inscripta en el Plan de Reconversión Industrial. El empresario había explicado que desde 1964 estaban realizando tareas para mejorar la calidad de los efluentes.
La contaminación de la cuenca Salí-Dulce y la responsabilidad de las industrias en ella está en el tapete desde hace algunos años. En las márgenes del Salí se radicaron decenas de ingenios, citrícolas, frigoríficos, una minera y una papelera. En la Justicia Federal proliferan las causas por supuesta violación de la Ley de Desechos Peligrosos (Nº 24.051). De acuerdo con un relevamiento de LA GACETA en 2011, las pesquisas por la contaminación del curso comprometían a 23 firmas tucumanas. Se investiga si los vertidos industriales envenenan, adulteran o contaminan el tramo tucumano del río que nace en Catamarca y Salta, atraviesa Santiago y termina en la provincia de Córdoba.
El 20 de diciembre pasado, la alzada dictó la sentencia que procesó a Pedro Benito Benejam, responsable del frigorífico Fidensa SA, por el delito de presunta contaminación ambiental.
Los vocales Raúl Mender, Ernesto Wayar y Graciela Fernández Vecino entendieron que el imputado debía ser procesado puesto que las peritaciones químicas eran concluyentes. En cambio, los vocales Ricardo Mario Sanjuán y Marina Cossio de Mercau disintieron con la posición mayoritaria. Estos últimos consideraron que correspondía declarar la nulidad de las actuaciones por cuestiones procedimentales “desde el momento en el que se realizó el allanamiento y la toma de muestras, sin la notificación a los representantes de Fidensa”, consignaron. Cossio de Mercau y Sanjuán también subrayaron que no existirían constancias de informes de organismos públicos de control encargados de fiscalizar al establecimiento que dieran cuenta de la posible infracción. En consecuencia, opinaron que Benejam debía ser sobreseído.
Los jueces Mender, Wayar y Fernández Vecino citaron en sus argumentos el estudio químico de la UNT que dio cuenta de que los niveles de sustancias sólidas y líquidas arrojadas producirían la reducción de la vida acuática en el curso por la merma del oxígeno en el agua y, por lo tanto, afectaría el ecosistema.
Durante la declaración indagatoria, Benejam había negado el hecho, y había asegurado que la empresa estaba bajo supervisión permanente del Senasa e inscripta en el Plan de Reconversión Industrial. El empresario había explicado que desde 1964 estaban realizando tareas para mejorar la calidad de los efluentes.
La contaminación de la cuenca Salí-Dulce y la responsabilidad de las industrias en ella está en el tapete desde hace algunos años. En las márgenes del Salí se radicaron decenas de ingenios, citrícolas, frigoríficos, una minera y una papelera. En la Justicia Federal proliferan las causas por supuesta violación de la Ley de Desechos Peligrosos (Nº 24.051). De acuerdo con un relevamiento de LA GACETA en 2011, las pesquisas por la contaminación del curso comprometían a 23 firmas tucumanas. Se investiga si los vertidos industriales envenenan, adulteran o contaminan el tramo tucumano del río que nace en Catamarca y Salta, atraviesa Santiago y termina en la provincia de Córdoba.
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