14 Enero 2014
EN LA ESCENA DEL DELITO. Albaca estuvo en la casa de Borges cuando detuvieron a los acusados del crimen. LA GACETA / FOTO DE ANTONIO FERRONI (ARCHIVO)
Las pericias habían sido contundentes: a Pablo Alberto Aiziczon lo habían matado luego de darle un fuerte golpe en la cabeza y de dispararle, la tarde del 21 de marzo de 2011. Incluso, Jorge Luis Borges había confesado que fue el autor del homicidio, aunque afirmando que el tiro se le había escapado en medio de una pelea con la víctima.
Pese a esto, la causa estaría lejos de tener una sentencia. A fines del año pasado, el fiscal de Cámara Manuel López Rougés emitió un dictamen en el que aconsejó que se dicte la nulidad del requerimiento de elevación a juicio, por los errores que el fiscal de Instrucción de la II° Nominación, Carlos Albaca, habría cometido al redactarlo.
El problema se centraría, informaron fuentes judiciales, en el rol que tuvo Linda Vanesa Martínez, la pareja de Borges, quien también está imputada por el crimen. Albaca no habría descripto en el requerimiento cuál es la conducta específica que le adjudicó, acusándola por el mismo hecho que al confeso homicida.
El crimen
Aiziczon era profesor de tenis y el día en que lo mataron había estado almorzando en la casa de su madre, en avenida Solano Vera al 200, Yerba Buena. Subió a su Suzuki Swift gris oscuro, supuestamente para dirigirse a dar clases en el complejo Unidad Sionista, pero nunca llegó. Dos días más tarde encontraron su cuerpo dentro del auto, en el barrio Horco Molle.
Borges y Martínez fueron detenidos dos días más tarde. Ante Albaca, el hombre confesó el crimen pero dijo que ocurrió tras una pelea porque Aiziczon había intentado propasarse con su pareja. La víctima se había contactado con Martínez a través de un chat, ya que la mujer ofrecía servicios de masajista.
La causa recayó luego en la sala II de la Cámara Penal, y los jueces encargados de llevar adelante el juicio son Eduardo Romero Lascano, Alberto Piedrabuena y Pedro Roldán Vázquez. Pero la defensora Oficial María Marta Contreras Cuenca, que asiste a Martínez, pidió que el requerimiento de elevación a juicio sea declarado nulo.
En sus argumentos, Contreras Cuenca dijo que el fiscal Albaca no había indicado claramente cuál es la conducta que le atribuyó a Martínez. “Se endilgó a mi defendida y al coimputado Borges exactamente la misma conducta, sin efectuar distingo alguno en cuanto a la participación que les cupo a cada uno de ellos en el hecho”, fundamentó la defensora Oficial.
Iguales acusaciones
La sala II de la Cámara Penal corrió vista al fiscal de Cámara para que opinara sobre el planteo de la defensora. López Rougés le encontró razón al pedido de nulidad.
De acuerdo al dictamen del representante del Ministerio Público, Martínez prestó declaración como imputada el 27 de marzo de 2011. Allí se la acusó por el siguiente hecho: “El día 21 de marzo de 2011, pasadas las 14, Pablo Alberto Aiziczon se dirige en un automóvil marca Suzuki Swift, dominio TNC925 al inmueble sito en pasaje Ignacio Bass 4.424 de esta ciudad. Encontrándose en el interior del mismo, en circunstancias y por motivos aún no determinados, Jorge Luis Borges y Linda Vanesa Martínez le aplican un golpe en la cabeza -con un elemento aún no determinado- y le efectúan disparos con un arma de fuego -cuyo tipo y calibre aún no fueron determinados- los que le producen lesiones que lo conducen al óbito”.
Unas horas más tarde, cuando Borges declaró, el fiscal le imputó el mismo hecho. “La imputación es idéntica...; no difieren ni en un punto o en una coma, son iguales de principio a fin”, consideró López Rougés.
La deficiencia original, según el fiscal de Cámara, se podría explicar en la precariedad de la investigación a pocos días de haber ocurrido el crimen. Pero Albaca mantuvo en los mismos términos la imputación en las otras oportunidades en que los acusados declararon, y en el requerimiento de elevación a juicio.
“A determinar”
Precisamente, una de las cosas que le llamó la atención al fiscal de Cámara es que Albaca no modificó los puntos que quedaban “por determinar”, como ser el elemento con el que habrían golpeado a la víctima en la cabeza y el tipo y calibre del arma homicida. “Ya habían sido determinados en el expediente”, manifestó López Rougés.
En los últimos días de diciembre pasado, los jueces de la sala II de la Cámara Penal corrieron vista del dictamen al defensor de Borges, antes de tomar una decisión.
Fuentes judiciales comentaron que, si prospera el planteo de nulidad, el expediente deberá volver a la fiscalía de Instrucción de la II° Nominación, y Albaca deberá citar nuevamente a Borges y a Martínez para imputarles, detalladamente, los hechos por lo que los acusa.
La causa volvería así a pasar por etapas que ya habían sido superadas, y se postergaría al menos un año más el juicio oral. La muerte de Aiziczon, mientras tanto, sigue sin la condena de sus responsables.
Pese a esto, la causa estaría lejos de tener una sentencia. A fines del año pasado, el fiscal de Cámara Manuel López Rougés emitió un dictamen en el que aconsejó que se dicte la nulidad del requerimiento de elevación a juicio, por los errores que el fiscal de Instrucción de la II° Nominación, Carlos Albaca, habría cometido al redactarlo.
El problema se centraría, informaron fuentes judiciales, en el rol que tuvo Linda Vanesa Martínez, la pareja de Borges, quien también está imputada por el crimen. Albaca no habría descripto en el requerimiento cuál es la conducta específica que le adjudicó, acusándola por el mismo hecho que al confeso homicida.
El crimen
Aiziczon era profesor de tenis y el día en que lo mataron había estado almorzando en la casa de su madre, en avenida Solano Vera al 200, Yerba Buena. Subió a su Suzuki Swift gris oscuro, supuestamente para dirigirse a dar clases en el complejo Unidad Sionista, pero nunca llegó. Dos días más tarde encontraron su cuerpo dentro del auto, en el barrio Horco Molle.
Borges y Martínez fueron detenidos dos días más tarde. Ante Albaca, el hombre confesó el crimen pero dijo que ocurrió tras una pelea porque Aiziczon había intentado propasarse con su pareja. La víctima se había contactado con Martínez a través de un chat, ya que la mujer ofrecía servicios de masajista.
La causa recayó luego en la sala II de la Cámara Penal, y los jueces encargados de llevar adelante el juicio son Eduardo Romero Lascano, Alberto Piedrabuena y Pedro Roldán Vázquez. Pero la defensora Oficial María Marta Contreras Cuenca, que asiste a Martínez, pidió que el requerimiento de elevación a juicio sea declarado nulo.
En sus argumentos, Contreras Cuenca dijo que el fiscal Albaca no había indicado claramente cuál es la conducta que le atribuyó a Martínez. “Se endilgó a mi defendida y al coimputado Borges exactamente la misma conducta, sin efectuar distingo alguno en cuanto a la participación que les cupo a cada uno de ellos en el hecho”, fundamentó la defensora Oficial.
Iguales acusaciones
La sala II de la Cámara Penal corrió vista al fiscal de Cámara para que opinara sobre el planteo de la defensora. López Rougés le encontró razón al pedido de nulidad.
De acuerdo al dictamen del representante del Ministerio Público, Martínez prestó declaración como imputada el 27 de marzo de 2011. Allí se la acusó por el siguiente hecho: “El día 21 de marzo de 2011, pasadas las 14, Pablo Alberto Aiziczon se dirige en un automóvil marca Suzuki Swift, dominio TNC925 al inmueble sito en pasaje Ignacio Bass 4.424 de esta ciudad. Encontrándose en el interior del mismo, en circunstancias y por motivos aún no determinados, Jorge Luis Borges y Linda Vanesa Martínez le aplican un golpe en la cabeza -con un elemento aún no determinado- y le efectúan disparos con un arma de fuego -cuyo tipo y calibre aún no fueron determinados- los que le producen lesiones que lo conducen al óbito”.
Unas horas más tarde, cuando Borges declaró, el fiscal le imputó el mismo hecho. “La imputación es idéntica...; no difieren ni en un punto o en una coma, son iguales de principio a fin”, consideró López Rougés.
La deficiencia original, según el fiscal de Cámara, se podría explicar en la precariedad de la investigación a pocos días de haber ocurrido el crimen. Pero Albaca mantuvo en los mismos términos la imputación en las otras oportunidades en que los acusados declararon, y en el requerimiento de elevación a juicio.
“A determinar”
Precisamente, una de las cosas que le llamó la atención al fiscal de Cámara es que Albaca no modificó los puntos que quedaban “por determinar”, como ser el elemento con el que habrían golpeado a la víctima en la cabeza y el tipo y calibre del arma homicida. “Ya habían sido determinados en el expediente”, manifestó López Rougés.
En los últimos días de diciembre pasado, los jueces de la sala II de la Cámara Penal corrieron vista del dictamen al defensor de Borges, antes de tomar una decisión.
Fuentes judiciales comentaron que, si prospera el planteo de nulidad, el expediente deberá volver a la fiscalía de Instrucción de la II° Nominación, y Albaca deberá citar nuevamente a Borges y a Martínez para imputarles, detalladamente, los hechos por lo que los acusa.
La causa volvería así a pasar por etapas que ya habían sido superadas, y se postergaría al menos un año más el juicio oral. La muerte de Aiziczon, mientras tanto, sigue sin la condena de sus responsables.
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