26 Octubre 2013
Cinco particularidades que presentan los comicios a tener en cuenta
Bienalmente, ante cada elección, suele repetirse la misma rutina: la votación de este año muestra, sin embargo, elementos novedosos. ¿En qué se parecen el "voto a los 16", el troquel que constata que se votó o la chance de votar con el DNI tarjeta? Se dan por primera vez en los comicios 2013.
"Voto a los 16": Un debut electoral optativo para los adolescentes
El 31 de octubre del año pasado se aprobó la reforma del Código Electoral Nacional, mediante la cual se habilitó, en forma optativa, el voto para menores de 16 a 18 años. Para que puedan sufragar, los jóvenes debían actualizar el Documento Nacional de Identidad hasta el 30 de abril. Según los padrones definitivos, casi 600.000 adolescentes de esta franja etaria hicieron el trámite en todo el país. En nuestra provincia, según había anunciado el secretario electoral nacional, Rogelio Rodríguez del Busto, alrededor de 24.000 jóvenes de 16 o de 17 años se integraron al padrón electoral, conformado por 1.079.057 ciudadanos. Esta cifra de adolescentes representa poco más del 2% del electorado en nuestra provincia.
DNI para votar: Desde "El enrole" hasta la tarjeta que dice "no válida"
En esta elección podrá votarse con una variedad de documentos, aun cuando algunos lleven la leyenda "no válido para votar". Los documentos cívicos habilitantes son: las libretas de Enrolamiento o Cívica, el Documento Nacional de Identidad (DNI) en cualquiera de sus formatos -de tapas verde o celeste- y las dos versiones del DNI tarjeta -aunque diga "no válido para votar", igualmente sirve para acreditar la identidad del elector en la mesa de votación-. En cualquier caso, es preciso presentar el documento que figura en el padrón, o uno posterior. Cabe destacara que no se considera probatorio de identidad ningún comprobante de documento en trámite. Por tanto, debe asegurarse de gestionar el DNI antes de las 18 de mañana.
La Constancia: A guardar el troquel que le dará la autoridad de mesa
En los comicios nacionales 2013 debutó el troquel que constata el voto del elector. Una vez que este haya votado, deberá firmar el padrón. No se sellará el documento; el presidente de mesa firmará y dará al votante, como constancia de emisión de voto, un troquel individual e intransferible, que lleva un código de barra y los datos del elector, de la elección y de la mesa. El que pierda esa constancia y figure en el Registro de Infractores al Deber de Votar que publicó la Justicia Nacional Electoral, deberá requerir que esta verifique su firma en el padrón de la mesa donde votó. El reclamo podrá hacerse por internet o personalmente, en la Secretaría Electoral correspondiente al domicilio del votante (en Tucumán, Piedras y Congreso).
Sanciones: Multas para el que, sin causa justificada, no vaya a votar
En el sitio www.electoral.gob.ar, la Justicia Nacional Electoral (JEN) habilitó las consultas al Registro de Infractores al Deber de Votar. El elector que, sin justificativo, no haya sufragado en las Primarias Abiertas, Simultáneas y Obligatorias (PASO) y/o no lo haga el domingo figura o figurará allí. Quedan exentos los adolescentes de 16 y de 17, porque su voto no es obligatorio. El infractor, podrá imprimir desde el sitio una boleta para pagar la multa: $ 50 si no votó en las PASO; $ 100, si no lo hace el domingo; $ 150, si no vota en ninguna. Puede pagarse en sucursales del banco Nación o por otros medios de pago. Si no se abona la multa, el elector no podrá realizar trámites ante organismos estatales de nación, provincia o municipios durante un año.
PASO, otra vez: Segunda ocasión en la que se pone en práctica el sistema
El sistema de Primarias Abiertas Simultáneas y Obligatorias (PASO) debutó en las elecciones de 2011 (parlamentarias y presidenciales). Se trata de un método de selección de candidaturas para cargos públicos electivos nacionales y de habilitación de partidos y frentes para que compitan por tales cargos. Una o más listas de precandidatos de un mismo partido o alianza compiten entre sí, para conformar la candidatura con la que la agrupación política podrá presentarse en las elecciones nacionales, siempre que haya obtenido entre todas sus listas de precandidatos un umbral de apoyo mínimo equivalente al 1,5% de los votos válidos en el distrito y para la categoría de cargo en la que pretenda competir en los comicios nacionales.
Consultá las claves para llegar al cuarto oscuro sin sobresaltos.
El 31 de octubre del año pasado se aprobó la reforma del Código Electoral Nacional, mediante la cual se habilitó, en forma optativa, el voto para menores de 16 a 18 años. Para que puedan sufragar, los jóvenes debían actualizar el Documento Nacional de Identidad hasta el 30 de abril. Según los padrones definitivos, casi 600.000 adolescentes de esta franja etaria hicieron el trámite en todo el país. En nuestra provincia, según había anunciado el secretario electoral nacional, Rogelio Rodríguez del Busto, alrededor de 24.000 jóvenes de 16 o de 17 años se integraron al padrón electoral, conformado por 1.079.057 ciudadanos. Esta cifra de adolescentes representa poco más del 2% del electorado en nuestra provincia.
DNI para votar: Desde "El enrole" hasta la tarjeta que dice "no válida"
En esta elección podrá votarse con una variedad de documentos, aun cuando algunos lleven la leyenda "no válido para votar". Los documentos cívicos habilitantes son: las libretas de Enrolamiento o Cívica, el Documento Nacional de Identidad (DNI) en cualquiera de sus formatos -de tapas verde o celeste- y las dos versiones del DNI tarjeta -aunque diga "no válido para votar", igualmente sirve para acreditar la identidad del elector en la mesa de votación-. En cualquier caso, es preciso presentar el documento que figura en el padrón, o uno posterior. Cabe destacara que no se considera probatorio de identidad ningún comprobante de documento en trámite. Por tanto, debe asegurarse de gestionar el DNI antes de las 18 de mañana.
La Constancia: A guardar el troquel que le dará la autoridad de mesa
En los comicios nacionales 2013 debutó el troquel que constata el voto del elector. Una vez que este haya votado, deberá firmar el padrón. No se sellará el documento; el presidente de mesa firmará y dará al votante, como constancia de emisión de voto, un troquel individual e intransferible, que lleva un código de barra y los datos del elector, de la elección y de la mesa. El que pierda esa constancia y figure en el Registro de Infractores al Deber de Votar que publicó la Justicia Nacional Electoral, deberá requerir que esta verifique su firma en el padrón de la mesa donde votó. El reclamo podrá hacerse por internet o personalmente, en la Secretaría Electoral correspondiente al domicilio del votante (en Tucumán, Piedras y Congreso).
Sanciones: Multas para el que, sin causa justificada, no vaya a votar
En el sitio www.electoral.gob.ar, la Justicia Nacional Electoral (JEN) habilitó las consultas al Registro de Infractores al Deber de Votar. El elector que, sin justificativo, no haya sufragado en las Primarias Abiertas, Simultáneas y Obligatorias (PASO) y/o no lo haga el domingo figura o figurará allí. Quedan exentos los adolescentes de 16 y de 17, porque su voto no es obligatorio. El infractor, podrá imprimir desde el sitio una boleta para pagar la multa: $ 50 si no votó en las PASO; $ 100, si no lo hace el domingo; $ 150, si no vota en ninguna. Puede pagarse en sucursales del banco Nación o por otros medios de pago. Si no se abona la multa, el elector no podrá realizar trámites ante organismos estatales de nación, provincia o municipios durante un año.
PASO, otra vez: Segunda ocasión en la que se pone en práctica el sistema
El sistema de Primarias Abiertas Simultáneas y Obligatorias (PASO) debutó en las elecciones de 2011 (parlamentarias y presidenciales). Se trata de un método de selección de candidaturas para cargos públicos electivos nacionales y de habilitación de partidos y frentes para que compitan por tales cargos. Una o más listas de precandidatos de un mismo partido o alianza compiten entre sí, para conformar la candidatura con la que la agrupación política podrá presentarse en las elecciones nacionales, siempre que haya obtenido entre todas sus listas de precandidatos un umbral de apoyo mínimo equivalente al 1,5% de los votos válidos en el distrito y para la categoría de cargo en la que pretenda competir en los comicios nacionales.
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