02 Octubre 2013
POLEMICA. Según una sentencia judicial, las mujeres son más torpes al volante. FOTO TOMADA DE TELEGRAPH.CO.UK
ZARAGOZA, España.- Una inédita sentencia judicial da cuenta que las mujeres son más torpes al volante que los hombres, y argumenta de esa forma que las empresas están en su derecho de cobrarle sobreprecio a la hora de enseñar, e incluso de disponer de una mayor cantidad de clases.
El autor de la firma de este dictamen es el titular del juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 2 de Zaragoza, Javier Albar, que de esta manera libera de culpas a la empresa Gasque S.L, acusada por discriminación al establecer precios diferenciales según el género del alumno.
La peculiar oferta fue denunciada por la Unión de Consumidores de Aragón (UCA) y se obligó a la compañía a abonar una multa de 4.000 euros. Sin embargo, la empresa apeló y el caso llegó al juzgado, donde tuvo lugar la polémica sentencia.
Según reporta el diario español "ABC", el juez explica en su sentencia que no existe discriminación sexista, sino “una legítima planificación empresarial avalada por la propia ley de igualdad en vigor desde 2007, cuyo apartado tres del artículo 69 establece como admisibles aquellas diferencias de trato en el acceso a bienes y servicios cuando estén justificadas por un propósito legítimo y los medios para lograrlo sean adecuados y necesarios”.
Además, comentó que basó su decisión en las estadísticas oficiales de la Dirección General de Tráfico recopiladas entre 2007 y 2012 las que confirman que para conseguir la licencia de conducir, en “todos y cada uno de los años, tanto en la prueba de destreza como en la de conducción abierta hay un mayor número de aprobados de los hombres”.
El autor de la firma de este dictamen es el titular del juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 2 de Zaragoza, Javier Albar, que de esta manera libera de culpas a la empresa Gasque S.L, acusada por discriminación al establecer precios diferenciales según el género del alumno.
La peculiar oferta fue denunciada por la Unión de Consumidores de Aragón (UCA) y se obligó a la compañía a abonar una multa de 4.000 euros. Sin embargo, la empresa apeló y el caso llegó al juzgado, donde tuvo lugar la polémica sentencia.
Según reporta el diario español "ABC", el juez explica en su sentencia que no existe discriminación sexista, sino “una legítima planificación empresarial avalada por la propia ley de igualdad en vigor desde 2007, cuyo apartado tres del artículo 69 establece como admisibles aquellas diferencias de trato en el acceso a bienes y servicios cuando estén justificadas por un propósito legítimo y los medios para lograrlo sean adecuados y necesarios”.
Además, comentó que basó su decisión en las estadísticas oficiales de la Dirección General de Tráfico recopiladas entre 2007 y 2012 las que confirman que para conseguir la licencia de conducir, en “todos y cada uno de los años, tanto en la prueba de destreza como en la de conducción abierta hay un mayor número de aprobados de los hombres”.
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