18 Septiembre 2013
FORMULARIO. La decisión del Gobierno generó polémica. FOTO TOMADA DE BOLETINOFICIAL.COM
El Gobierno puso hoy en funcionamiento el nuevo régimen de Declaraciones Juradas Patrimoniales Integrales para funcionarios y candidatos a cargos públicos, que pese a que amplía el número informantes, reduce la cantidad de datos requeridos.
A través de la Resolución 1695/2013, publicada hoy en el Boletín Oficial, con la firma del ministro de Justicia, Julio Alak, se aprobó el "Régimen de Presentación de la Declaración Jurada Patrimonial Integral" incluido en la ley de Etica en el Ejercicio de la Función Pública.
Pese a que la Resolución indica entre sus considerandos que se apunta a una mayor transparencia, lo cierto es que la norma permitiría a los comprendidos proporcionar menos datos que con el régimen anterior.
Los datos que deberán presentar los funcionarios y los candidatos son los que figuran en su declaración ante la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) de Ganancias y Bienes Personales, además de planillas con números generales del ejercicio anual, que no incluyen datos sobre antecedentes de empleos anteriores o tenencias accionarias.
La norma no establece que la Oficina Anticorrupción pueda verificar si existen conflictos de intereses del funcionario con la función que ocupa y además estipula que los datos relacionados con sus parientes figuren en un anexo que no será público.
En cuanto a la instrumentación, la AFIP deberá enviar la nómina de los funcionarios comprendidos, que a su vez le remitirán las dependencias públicas, a la Oficina Anticorrupción, incluyendo los de los cónyuges, convivientes e hijos menores no emancipados, mientras que los candidatos deberán presentarla directamente ante ese organismo.
Para el caso de los funcionarios, deberán presentar la información requerida dentro de los 30 días hábiles de haber asumido el cargo, mientras que los candidatos dentro de los 10 días hábiles posteriores a su oficialización.
A su vez, la Oficina Anticorrupción deberá publicarlas en su página web dentro de los 10 días hábiles de haberlas recibido.
El régimen de Presentación de la Declaración Jurada Patrimonial Integral será aplicable desde las declaraciones juradas presentadas ante la AFIP en el 2012, en tanto que las actualizaciones correspondientes se harán hasta el 30 de mayo del año siguiente.
A través de la Resolución 1695/2013, publicada hoy en el Boletín Oficial, con la firma del ministro de Justicia, Julio Alak, se aprobó el "Régimen de Presentación de la Declaración Jurada Patrimonial Integral" incluido en la ley de Etica en el Ejercicio de la Función Pública.
Pese a que la Resolución indica entre sus considerandos que se apunta a una mayor transparencia, lo cierto es que la norma permitiría a los comprendidos proporcionar menos datos que con el régimen anterior.
Los datos que deberán presentar los funcionarios y los candidatos son los que figuran en su declaración ante la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) de Ganancias y Bienes Personales, además de planillas con números generales del ejercicio anual, que no incluyen datos sobre antecedentes de empleos anteriores o tenencias accionarias.
La norma no establece que la Oficina Anticorrupción pueda verificar si existen conflictos de intereses del funcionario con la función que ocupa y además estipula que los datos relacionados con sus parientes figuren en un anexo que no será público.
En cuanto a la instrumentación, la AFIP deberá enviar la nómina de los funcionarios comprendidos, que a su vez le remitirán las dependencias públicas, a la Oficina Anticorrupción, incluyendo los de los cónyuges, convivientes e hijos menores no emancipados, mientras que los candidatos deberán presentarla directamente ante ese organismo.
Para el caso de los funcionarios, deberán presentar la información requerida dentro de los 30 días hábiles de haber asumido el cargo, mientras que los candidatos dentro de los 10 días hábiles posteriores a su oficialización.
A su vez, la Oficina Anticorrupción deberá publicarlas en su página web dentro de los 10 días hábiles de haberlas recibido.
El régimen de Presentación de la Declaración Jurada Patrimonial Integral será aplicable desde las declaraciones juradas presentadas ante la AFIP en el 2012, en tanto que las actualizaciones correspondientes se harán hasta el 30 de mayo del año siguiente.
Lo más popular