El camarista Gandur se aparta de los juicios contra el plan piloto que impulsa Estofán

El camarista Gandur se aparta de los juicios contra el plan piloto que impulsa Estofán

La Sala III de la Cámara en lo Contencioso Administrativo debe pronunciarse sobre un proyecto diseñado por la Corte Suprema de Justicia . La modificación del actual sistema penal generó un cruce entre legisladores del oficialismo y el titular del máximo tribunal.

CON LA PRENSA TRAS LA JURA. Sergio Gandur asumió en diciembre de 2011 como vocal de cámara. LA GACETA / FOTO DE FRANCO VERA (ARCHIVO) CON LA PRENSA TRAS LA JURA. Sergio Gandur asumió en diciembre de 2011 como vocal de cámara. LA GACETA / FOTO DE FRANCO VERA (ARCHIVO)
06 Mayo 2013
Al menos tres amparos cuestionan al plan piloto concebido por la Corte Suprema de Justicia de Tucumán (CSJT) para remodelar la investigación penal preparatoria. Y todos ellos aguardan la integración de la Sala III de la Cámara en lo Contencioso Administrativo en virtud de la inhibición del juez Sergio Gandur, hijo de Antonio Gandur, vocal de la Corte, y compañero de estrado de Ebe López Piossek.

El camarista se apartó de estos pleitos como consecuencia de la recusación que planteó uno de los amparistas, Eduardo Alberto Monteros (expediente 149/13). "Tratándose de un hecho notorio mi parentesco con el vocal de la CSJT, me inhibo de entender en esta causa, al haberse esgrimido sospechas razonables o fundadas para temer por la imparcialidad del tribunal", expresó Gandur (h) el 30 de abril pasado en cada uno de los amparos con el argumento de que estos impugnan actos idénticos. La inhibición obliga a integrar el tribunal con otro miembro de la Cámara en lo Contencioso Administrativo, que debe ser escogido por sorteo.

Potencial acumulación
Antonio Gandur y Antonio Estofán (presidente del alto tribunal) son los principales promotores de la idea de cambiar aspectos de la investigación penal preparatoria mediante el uso de la potestad reglamentaria prevista en el Código Procesal Penal y la Ley Orgánica del Poder Judicial. Ambos magistrados tuvieron el apoyo del vocal Daniel Posse: los tres firmaron todas las acordadas relativas al plan piloto (llamado "de profundización del sistema acusatorio"), desde la que en primer término puso en marcha un convenio con el Instituto de Estudios Comparados en Ciencias Penales y Sociales (Inecip) para la formulación del proyecto hasta la que suspendió indefinidamente o sine díe su implementación en los Tribunales de Concepción y Monteros (en el primer centro judicial, el plan debía debutar el 15 de abril pasado). El vocal René Goane no rubricó las últimas acordadas por una licencia por enfermedad, mientras que Claudia Sbdar, la quinta integrante de la CSJT, sólo firmó el texto del acuerdo con el Inecip.

El primer amparo contra esta iniciativa ingresó a la Sala III el 9 de abril pasado, y fue presentado por el abogado Nicolás Pedro Brito y otros (expediente 126/13). Una semana después, los defensores oficiales María Carolina Ballesteros y Ricardo Alderete hicieron lo propio (expediente 147/13). Por esa época, Monteros inició su juicio. Con matices y distintos argumentos, todos ellos aducen que sólo la Legislatura está habilitada para introducir cambios en el proceso penal. Lo mismo sostienen los parlamentarios del oficialismo enfrentados -en este tema- con Estofán, y que durante la semana pasada acordaron con él y con Gandur esperar el pronunciamiento de la Sala III.

El PE defiende a la Corte
Los juicios relativos al plan piloto recibieron el mismo tratamiento por parte del tribunal, que posiblemente disponga la acumulación de todos ellos. Como primer paso, la Sala III pidió a la Fiscalía de Cámara que dictamine sobre la competencia (esta se inclinó por considerar competente al estrado que le requirió la opinión).

El trámite prosiguió con el pedido de informe previsto en el artículo 21 del Código Procesal Constitucional. En virtud de esta solicitud, Estofán y la Fiscalía de Estado, respectivamente en representación de la CSJT y de la Provincia, deben exponer de manera circunstanciada los antecedentes y la motivación del plan piloto, y citar los preceptos legales en que este se funda y la prueba. A continuación, la Provincia ha de contestar la demanda, oportunidad en la que se verá obligada a defender la potestad de la Corte para ensayar cambios en la investigación penal preparatoria sin la habilitación de una ley.

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