Tributo "ciego" por personal doméstico

Tributo "ciego" por personal doméstico

La AFIP cobrará según el ingreso del empleador

02 Mayo 2013
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) vuelve a la carga impositiva con una nueva resolución. El organismo fiscal dispuso que los que empleen personal doméstico deberán inscribir la relación laboral y cualquier modificación futura en un Registro Especial. A esa norma se le sumó que el ente determinará de oficio una deuda por aportes y contribuciones a la seguridad social de contribuyentes que registren ingresos por más de $ 500.000 anuales, o un patrimonio de $ 305.000. La simple presunción de la AFIP ante ese monto impulsará esa acción, habilitada por la Resolución 3.492.

Según publicó el diario Clarín, el trámite de inscripción de la relación laboral se realizará por internet con clave fiscal. Mientras que la deuda se aplicará en numerosas actividades. Este último régimen se denomina Indicadores Mínimos de Trabajadores (IMT). Si el contribuyente no tiene servicio doméstico y recibe una notificación de la AFIP, deberá impugnar y demostrar que no le corresponde la deuda.

Se calcula que existen un millón de empleadas domésticas y unas 300.000 están registradas. En los primeros días de junio, el aporte será de $ 135, con $ 35 correspondiente a la jubilación y $ 100, a la obra social.

Ayer, el ministro de Trabajo nacional, Carlos Tomada, afirmó que la resolución de la AFIP forma parte de la "idea razonable de que si hay determinadas condiciones económicas se presupone que hay alguien prestando servicios".

La Resolución 3491, por su parte, estipuló que el Registro Especial de Seguridad Social comenzará a funcionar en el próximo mes. El diario consignó que para el personal de casas particulares, habrá plazo hasta el 30 de junio para informar las relaciones laborales existentes al 31 de este mes, y las que se inicien después de esa fecha.

Los empleadores de choferes de autos-remis tendrán que registrar al personal hasta el 31 de julio.

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