28 Marzo 2013
Rentas habilita el reenganche para los que se atrasaron en el pago de cuotas
El director del organismo anunció que el régimen beneficiará a los que se sumaron a las últimas dos moratorias. Hasta el 15 de abril, los deudores tendrán otra oportunidad para no dejar caer sus planes. Ya hay casi 800 juicios en marcha
HASTA MEDIADOS DE ABRIL. En Rentas ya están preparando el sistema para atender a los deudores. LA GACETA / FOTO DE ANALíA JARAMILLO
Casi en paralelo con el lanzamiento de la moratoria de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), la Dirección General de Rentas decidió ayer darles otra oportunidad a los deudores que se adhirieron a los últimos dos planes de facilidades de pago y que se atrasaron en el pago de las cuotas. Según la resolución 16/13, el titular del organismo Pablo Clavarino habilitó el reenganche impositivo que estará vigente hasta el 15 de abril próximo. Hasta entonces, los morosos tendrán que ponerse al día para mantener los beneficios de las moratorias provinciales.
Sin posibilidades de sumarse a otros sistemas de financiación, aquellos contribuyentes que mantenían una inconducta fiscal no tenían otro camino que abonar la totalidad de la deuda y exponerse, según los casos, a una instancia judicial. "Estamos rehabilitando un sistema para aquellos deudores que, habiéndose sumado a los beneficios de las leyes 8.380 y 8.520, han dejado de cumplir regularmente con el pago de las cuotas", indicó Clavarino a LA GACETA. De esa manera, se evita la caducidad del beneficio. Estas son algunas de las características del reenganche impositivo provincial:
• ¿A partir de cuándo estará habilitado el reenganche? En principios, Rentas estima que los deudores podrán regularizar los pagos a partir del jueves.
• ¿Cuál es la condición? Haber ingresado, hasta el 15 de abril inclusive, la totalidad de los pagos parciales vencidos a marzo de este año que hubieran producido las caducidades, más los intereses previstos el Código Tributario Provincial. "O bien sólo estos últimos, en un único pago de contado, si aquellos estuviesen abonados con anterioridad a la entrada en vigencia de la normativa", dice la resolución general.
• ¿Qué sucede si dejo de pagar otra vez alguna cuota? La Dirección General de Rentas advirtió que, en ese caso, de pleno derecho, operará la caducidad total del plan de facilidades, "retrotrayéndose los efectos a la fecha en que se verificó el primer incumplimiento que hubiera originado la caducidad".
• ¿Qué pasa si Rentas ya inició trámites administrativos por los saldos adeudados por el contribuyente? Se suspenderán las intimaciones, si el deudor abona las cuotas atrasadas y el plan mantenga su vigencia. "Caso contrario, no será necesaria una nueva intimación, quedando habilitada la autoridad de Aplicación para la prosecución de las acciones pertinentes tendientes al cobro del capital, accesorios y sanciones adeudados", dice la resolución general 16/13.
• ¿Cuántos juicios ya inició el organismo tributario? De acuerdo con algunas proyecciones oficiales, alrededor de 800 demandas judiciales ya fueron reactivadas contra aquellos contribuyentes que mantienen su inconducta, pese a que el fisco le dio posibilidades de financiar la deuda.
Por otra parte, Rentas intensificará este fin de semana largo sus operativos de fiscalización de la facturación comercial. Clavarino dijo que a esa tarea están afectados unos 320 inspectores del organismo.
Sin posibilidades de sumarse a otros sistemas de financiación, aquellos contribuyentes que mantenían una inconducta fiscal no tenían otro camino que abonar la totalidad de la deuda y exponerse, según los casos, a una instancia judicial. "Estamos rehabilitando un sistema para aquellos deudores que, habiéndose sumado a los beneficios de las leyes 8.380 y 8.520, han dejado de cumplir regularmente con el pago de las cuotas", indicó Clavarino a LA GACETA. De esa manera, se evita la caducidad del beneficio. Estas son algunas de las características del reenganche impositivo provincial:
• ¿A partir de cuándo estará habilitado el reenganche? En principios, Rentas estima que los deudores podrán regularizar los pagos a partir del jueves.
• ¿Cuál es la condición? Haber ingresado, hasta el 15 de abril inclusive, la totalidad de los pagos parciales vencidos a marzo de este año que hubieran producido las caducidades, más los intereses previstos el Código Tributario Provincial. "O bien sólo estos últimos, en un único pago de contado, si aquellos estuviesen abonados con anterioridad a la entrada en vigencia de la normativa", dice la resolución general.
• ¿Qué sucede si dejo de pagar otra vez alguna cuota? La Dirección General de Rentas advirtió que, en ese caso, de pleno derecho, operará la caducidad total del plan de facilidades, "retrotrayéndose los efectos a la fecha en que se verificó el primer incumplimiento que hubiera originado la caducidad".
• ¿Qué pasa si Rentas ya inició trámites administrativos por los saldos adeudados por el contribuyente? Se suspenderán las intimaciones, si el deudor abona las cuotas atrasadas y el plan mantenga su vigencia. "Caso contrario, no será necesaria una nueva intimación, quedando habilitada la autoridad de Aplicación para la prosecución de las acciones pertinentes tendientes al cobro del capital, accesorios y sanciones adeudados", dice la resolución general 16/13.
• ¿Cuántos juicios ya inició el organismo tributario? De acuerdo con algunas proyecciones oficiales, alrededor de 800 demandas judiciales ya fueron reactivadas contra aquellos contribuyentes que mantienen su inconducta, pese a que el fisco le dio posibilidades de financiar la deuda.
Por otra parte, Rentas intensificará este fin de semana largo sus operativos de fiscalización de la facturación comercial. Clavarino dijo que a esa tarea están afectados unos 320 inspectores del organismo.
NOTICIAS RELACIONADAS