11 Marzo 2013
El PJ ratificará 1.500 obras sin licitación
La Legislatura sesionará esta semana y aprobará dos proyectos con los que el oficialismo busca eludir una sentencia judicial adversa. Los trabajos se encuentran paralizados por el juez Ruiz; este objetó el sistema de contratación directa al que recurrió el Gobierno.
¿EXCEPCIÓN? La mayoría de las casas de Lomas de Tafí, como la de otros emprendimientos, se adjudicaron mediante el sistema de contratación directa. LA GACETA / FOTO DE HECTOR PERALTA (ARCHIVO)
Tucumán se encuentra en emergencia social y habitacional. Además, el tiempo apremia y la Provincia podría perder recursos nacionales. Con esos argumentos, el oficialismo ratificará la construcción de viviendas y la realización de mejoramientos en barrios carenciados mediante el sistema de contratación directa.
El miércoles, la Legislatura sesionará para aprobar tres leyes. Dos enmendarán las objeciones impuestas por la Justicia a una norma anterior sancionada por el alperovichismo. La tercera, en tanto, permitirá el arribo de los primeros fondos ($ 86 millones) para obras de agua potable en municipios y comunas, a través del plan nacional "Más Cerca".
El lunes 25 de febrero, el Poder Ejecutivo se desayunó con una medida cautelar dictada por el juez Salvador Ruiz (Sala I de la Cámara en lo Contencioso Administrativo). El magistrado hizo lugar a un recurso del PRO, en el marco de un planteo de inconstitucional contra la Ley 8.541. Esa norma, aprobada en noviembre, autorizó al Instituto Provincia de Vivienda y Desarrollo Urbano (Ipvdu) a saltear el mecanismo de licitación, previsto en la Carta Magna provincial (artículo 12).
El camarista consideró que la cuestionada ley no acreditaba las razones de urgencia que prevé la Constitución para apelar a las contrataciones directas, y ordenó al Ipvdu que se abstenga de aplicar esa norma. Efectivamente, la Ley 8.541 cuenta sólo con dos artículos. El primero dice: "autorizar al Ipvdu a utilizar la modalidad de contratación directa para la ejecución de mejoramientos y/o soluciones habitacionales en todo el territorio de la provincia". El segundo, en tanto, dispone la comunicación del documento.
Sugerencia denegada
La clave de la decisión del juez Ruiz está en la propia Constitución. "Toda enajenación de bienes fiscales y cualquier otro contrato susceptible de licitación, deberá hacerse precisamente de esa forma, salvo el caso en que la Legislatura o la Municipalidad resolviesen lo contrario, por razones especiales reclamadas por el bien público", reza el artículo 12. Precisamente, el magistrado consideró que "las razones especiales" no estaban especificadas en el texto normativo. "Se advierte que el texto legal en crisis no invocaría las razones de excepción o singularidad que supone la autorización que se concede al Ipvdu a utilizar aquel excepcional mecanismo de selección (...)", consignó el vocal de la Sala I.
Inmediatamente después, ordenó a la Provincia que, hasta que se resuelva la cuestión de fondo (la inconstitucionalidad), se abstenga de aplicar las disposiciones de la mencionada ley. En la resolución, el juez también ponderó a la licitación como el mecanismo para que el Estado obtenga los mejores productos a los precios más convenientes y por el que se "tiende a evitar la existencia de sobreprecios".
Lejos de atender esa sugerencia del magistrado, el alperovichismo decidió sortear el fallo judicial con dos nuevas normas. Con la firma de Carolina Vargas Aignasse, Guillermo Gassenbauer y José León, ingresó a la Legislatura un proyecto que declara de "bien público" la urgencia de contratar y adjudicar la construcción de 492 viviendas en el marco del programa federal "Techo Digno". Entre las cuatro carillas de fundamentación, los parlamentarios oficialistas mencionan que el aporte no reintegrable de la Nación supera los $ 95 millones. También, que el certificado de "No Objeción Técnica", remitido el 25 de febrero, tiene una validez de 90 días corridos. "Si no se realiza la contratación y adjudicación de las obras en ese plazo la Provincia perderá la posibilidad de construir 492 viviendas con fondos no reintegrables", añadieron.
En el segundo proyecto que llegará al recinto, Gassenbauer detalla una decena de proyectos de mejoramiento habitacional en Capital, Tafí Viejo, Yerba Buena, Cruz Alta y Río Chico. En total, son 1.000 las viviendas precarias alcanzadas por estos planes.
En la iniciativa, el legislador oficialista recordó que la Ley 7.347 declaró el Estado de Emergencia Social y Habitacional en la provincia. "El área social del Ipvdu efectuó el relevamiento de aproximadamente 1.200 familias de bajos recursos que, si bien cuentan con una vivienda única, tienen déficit habitacional", precisó. Además, añadió que los beneficiarios se encuentran domiciliados en un 70% en el Gran San Miguel de Tucumán y en un 30% en el interior provincial. Según Gassenbauer, el gremio de la construcción estimó que la ejecución de estas obras ocupará a unas 2.000 personas. "La naturaleza de las obras que se contratan, así como el segmento social al que están destinadas y que se encuentran en situación de riesgo social y sanitario, hacen necesario y justifican la excepción de contratación dispuesta", afirmó.
El miércoles, la Legislatura sesionará para aprobar tres leyes. Dos enmendarán las objeciones impuestas por la Justicia a una norma anterior sancionada por el alperovichismo. La tercera, en tanto, permitirá el arribo de los primeros fondos ($ 86 millones) para obras de agua potable en municipios y comunas, a través del plan nacional "Más Cerca".
El lunes 25 de febrero, el Poder Ejecutivo se desayunó con una medida cautelar dictada por el juez Salvador Ruiz (Sala I de la Cámara en lo Contencioso Administrativo). El magistrado hizo lugar a un recurso del PRO, en el marco de un planteo de inconstitucional contra la Ley 8.541. Esa norma, aprobada en noviembre, autorizó al Instituto Provincia de Vivienda y Desarrollo Urbano (Ipvdu) a saltear el mecanismo de licitación, previsto en la Carta Magna provincial (artículo 12).
El camarista consideró que la cuestionada ley no acreditaba las razones de urgencia que prevé la Constitución para apelar a las contrataciones directas, y ordenó al Ipvdu que se abstenga de aplicar esa norma. Efectivamente, la Ley 8.541 cuenta sólo con dos artículos. El primero dice: "autorizar al Ipvdu a utilizar la modalidad de contratación directa para la ejecución de mejoramientos y/o soluciones habitacionales en todo el territorio de la provincia". El segundo, en tanto, dispone la comunicación del documento.
Sugerencia denegada
La clave de la decisión del juez Ruiz está en la propia Constitución. "Toda enajenación de bienes fiscales y cualquier otro contrato susceptible de licitación, deberá hacerse precisamente de esa forma, salvo el caso en que la Legislatura o la Municipalidad resolviesen lo contrario, por razones especiales reclamadas por el bien público", reza el artículo 12. Precisamente, el magistrado consideró que "las razones especiales" no estaban especificadas en el texto normativo. "Se advierte que el texto legal en crisis no invocaría las razones de excepción o singularidad que supone la autorización que se concede al Ipvdu a utilizar aquel excepcional mecanismo de selección (...)", consignó el vocal de la Sala I.
Inmediatamente después, ordenó a la Provincia que, hasta que se resuelva la cuestión de fondo (la inconstitucionalidad), se abstenga de aplicar las disposiciones de la mencionada ley. En la resolución, el juez también ponderó a la licitación como el mecanismo para que el Estado obtenga los mejores productos a los precios más convenientes y por el que se "tiende a evitar la existencia de sobreprecios".
Lejos de atender esa sugerencia del magistrado, el alperovichismo decidió sortear el fallo judicial con dos nuevas normas. Con la firma de Carolina Vargas Aignasse, Guillermo Gassenbauer y José León, ingresó a la Legislatura un proyecto que declara de "bien público" la urgencia de contratar y adjudicar la construcción de 492 viviendas en el marco del programa federal "Techo Digno". Entre las cuatro carillas de fundamentación, los parlamentarios oficialistas mencionan que el aporte no reintegrable de la Nación supera los $ 95 millones. También, que el certificado de "No Objeción Técnica", remitido el 25 de febrero, tiene una validez de 90 días corridos. "Si no se realiza la contratación y adjudicación de las obras en ese plazo la Provincia perderá la posibilidad de construir 492 viviendas con fondos no reintegrables", añadieron.
En el segundo proyecto que llegará al recinto, Gassenbauer detalla una decena de proyectos de mejoramiento habitacional en Capital, Tafí Viejo, Yerba Buena, Cruz Alta y Río Chico. En total, son 1.000 las viviendas precarias alcanzadas por estos planes.
En la iniciativa, el legislador oficialista recordó que la Ley 7.347 declaró el Estado de Emergencia Social y Habitacional en la provincia. "El área social del Ipvdu efectuó el relevamiento de aproximadamente 1.200 familias de bajos recursos que, si bien cuentan con una vivienda única, tienen déficit habitacional", precisó. Además, añadió que los beneficiarios se encuentran domiciliados en un 70% en el Gran San Miguel de Tucumán y en un 30% en el interior provincial. Según Gassenbauer, el gremio de la construcción estimó que la ejecución de estas obras ocupará a unas 2.000 personas. "La naturaleza de las obras que se contratan, así como el segmento social al que están destinadas y que se encuentran en situación de riesgo social y sanitario, hacen necesario y justifican la excepción de contratación dispuesta", afirmó.