10 Enero 2013
EN DISPUTA. La Rural trata de mantener la titularidad del predio donde se realiza la tradicional exposición. TELAM
BUENOS AIRES.- El Gobierno recusó ayer a los jueces de la Cámara Civil y Comercial Federal por su actuación en la causa del predio de la Sociedad Rural Argentina (SRA). La Jefatura de Gabinete de Ministros realizó la presentación y pidió que el expediente pase al fuero en lo Contencioso Administrativo Federal.
Se trata de la segunda recusación masiva que el Estado -en la gestión de Cristina Fernández- plantea contra los camaristas del fuero, ya que lo mismo había hecho en la causa por la Ley de Medios, planteo que fue rechazado.
Fuentes judiciales informaron que la Jefatura de Gabinete de Ministros presentó el pedido de recusación contra los camaristas Graciela Medina, Ricardo Guarinoni y Francisco de las Carreras, jueces de feria que fallaron a favor de la Rural, y los otros tres integrantes de la Cámara.
El Estado alegó irregularidades en la designación de los magistrados que intervinieron en el expediente, el mismo argumento por el que recusó al pleno de la Cámara en la causa por la Ley de Medios.
En el expediente en el que el Grupo Clarín objeta la constitucionalidad de dos artículos, el Gobierno recusó a los camaristas por supuestas irregularidades en la designación semanal de jueces subrogantes de primera instancia y por haber realizado sorteos con "papelitos" para elegir al magistrado a cargo de esa causa. Todas las objeciones fueron rechazadas por la Cámara y la decisión fue avalada por la Corte Suprema de Justicia de la Nación.
El Gobierno solicitó ahora que el caso del predio de la Rural pase al fuero en lo Contencioso Administrativo Federal, ya que considera el competente para intervenir porque se impugnó un decreto gubernamental. Por lo tanto, determinó que la impugnación de la Rural se trató de un acto administrativo.
La incompetencia del fuero Civil y Comercial federal fue enunciada días atrás por el ministro de Justicia, Julio Alak, quien sostuvo que el expediente radicado en ese fuero se refería a las diferencias económicas surgidas entre el Estado nacional y la Sociedad Rural por la venta, mientras que lo que ahora está en juego es la validez de un decreto presidencial.
Alak sostuvo que la cautelar también viola el principio de igualdad ante la ley y el principio de equilibrio de poderes, dado que es el mismo tribunal que impide la aplicación de la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual.
La Sala II de la Cámara Civil y Comercial aceptó la competencia de la causa al considerar que se trataba de una compraventa de un bien del dominio privado del Estado y que las normas que rigen su resolución son las normas civiles que regulan la materia.
Las recusaciones y el planteo de competencia serán resueltos por los jueces de feria y en caso de rechazo, intervendrá la Corte Suprema de Justicia de la Nación, pero recién en febrero, cuando se reanude la actividad judicial.
Los camaristas Guarinoni, De las Carreras y Medina hicieron lugar a una medida cautelar presentada por la Sociedad Rural y suspendieron la aplicación del decreto 2552/12, por el cual el Gobierno había dispuesto la estatización del predio ferial de Palermo, al anular la venta que se había hecho en 1991.
Los jueces consideraron que la Sociedad Rural es la "propietaria" del terreno inmueble y que existe un riesgo cierto de que, en el supuesto de que no se habilite la Feria Judicial, se frustre el derecho de propiedad que invoca la actora tanto en la pretensión de fondo cuanto en el pedido cautelar denegado.
La jueza Silvina Bracamonte había rechazado el pedido de la medida cautelar, pero la semana pasada la SRA presentó una solicitud en la feria que fue aceptado. Así, la expropiación que debía concretarse el próximo 20 de enero quedó suspendida hasta que se resuelva el juicio de fondo. (DyN-Télam)
Se trata de la segunda recusación masiva que el Estado -en la gestión de Cristina Fernández- plantea contra los camaristas del fuero, ya que lo mismo había hecho en la causa por la Ley de Medios, planteo que fue rechazado.
Fuentes judiciales informaron que la Jefatura de Gabinete de Ministros presentó el pedido de recusación contra los camaristas Graciela Medina, Ricardo Guarinoni y Francisco de las Carreras, jueces de feria que fallaron a favor de la Rural, y los otros tres integrantes de la Cámara.
El Estado alegó irregularidades en la designación de los magistrados que intervinieron en el expediente, el mismo argumento por el que recusó al pleno de la Cámara en la causa por la Ley de Medios.
En el expediente en el que el Grupo Clarín objeta la constitucionalidad de dos artículos, el Gobierno recusó a los camaristas por supuestas irregularidades en la designación semanal de jueces subrogantes de primera instancia y por haber realizado sorteos con "papelitos" para elegir al magistrado a cargo de esa causa. Todas las objeciones fueron rechazadas por la Cámara y la decisión fue avalada por la Corte Suprema de Justicia de la Nación.
El Gobierno solicitó ahora que el caso del predio de la Rural pase al fuero en lo Contencioso Administrativo Federal, ya que considera el competente para intervenir porque se impugnó un decreto gubernamental. Por lo tanto, determinó que la impugnación de la Rural se trató de un acto administrativo.
La incompetencia del fuero Civil y Comercial federal fue enunciada días atrás por el ministro de Justicia, Julio Alak, quien sostuvo que el expediente radicado en ese fuero se refería a las diferencias económicas surgidas entre el Estado nacional y la Sociedad Rural por la venta, mientras que lo que ahora está en juego es la validez de un decreto presidencial.
Alak sostuvo que la cautelar también viola el principio de igualdad ante la ley y el principio de equilibrio de poderes, dado que es el mismo tribunal que impide la aplicación de la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual.
La Sala II de la Cámara Civil y Comercial aceptó la competencia de la causa al considerar que se trataba de una compraventa de un bien del dominio privado del Estado y que las normas que rigen su resolución son las normas civiles que regulan la materia.
Las recusaciones y el planteo de competencia serán resueltos por los jueces de feria y en caso de rechazo, intervendrá la Corte Suprema de Justicia de la Nación, pero recién en febrero, cuando se reanude la actividad judicial.
Los camaristas Guarinoni, De las Carreras y Medina hicieron lugar a una medida cautelar presentada por la Sociedad Rural y suspendieron la aplicación del decreto 2552/12, por el cual el Gobierno había dispuesto la estatización del predio ferial de Palermo, al anular la venta que se había hecho en 1991.
Los jueces consideraron que la Sociedad Rural es la "propietaria" del terreno inmueble y que existe un riesgo cierto de que, en el supuesto de que no se habilite la Feria Judicial, se frustre el derecho de propiedad que invoca la actora tanto en la pretensión de fondo cuanto en el pedido cautelar denegado.
La jueza Silvina Bracamonte había rechazado el pedido de la medida cautelar, pero la semana pasada la SRA presentó una solicitud en la feria que fue aceptado. Así, la expropiación que debía concretarse el próximo 20 de enero quedó suspendida hasta que se resuelva el juicio de fondo. (DyN-Télam)