El predio es de la Rural, según la Justicia

El predio es de la Rural, según la Justicia

El Gobierno pediría que se cambie de fuero, tras la decisión judicial adversa a sus intereses

DESDE ARRIBA. El predio de Palermo posee un tamaño considerable. DYN DESDE ARRIBA. El predio de Palermo posee un tamaño considerable. DYN
08 Enero 2013
BUENOS AIRES.- La Cámara en lo Civil y Comercial Federal reconoció que la Sociedad Rural Argentina (SRA) es la propietaria del predio ferial de Palermo, y por esa razón suspendió los efectos del decreto presidencial que había declarado nula la venta realizada por el Estado Nacional en 1991, durante el gobierno de Carlos Menem.

Fuentes oficiales informaron que el Gobierno tiene previsto pedir la incompetencia del fuero Civil y Comercial y que la causa pase a la Justicia en lo Contencioso Administrativo Federal al considerar que por tratarse de un decreto y por lo tanto de un acto administrativo lo que la Rural impugna.

Sobre la competencia los jueces de feria recordaron que la Sala II del fuero había aceptado la causa al considerar que "se trataba de una compraventa de un bien del dominio privado del Estado y que las normas que rigen su resolución son las normas civiles que regulan la materia".

También el Estado presentará un recurso extraordinario contra la medida cautelar para que la Corte Suprema intervenga y revoque la decisión. Sin embargo, el máximo tribunal, explicaron voceros, no actuará en lo inmediato sino que lo hará en febrero cuando regrese la actividad judicial y la Corte esté con sus siete miembros.

Según el fallo oficializado ayer, pero firmado a última hora del viernes, los jueces Graciela Medina, Francisco de las Carreras y Ricardo Guarinoni consideraron que "resulta verosímil sostener que la propietaria del predio ferial de Palermo es la SRA, según surge de la escritura del 27 de mayo de 1992, otorgada ante el Escribano General de Gobierno de la Nación".

"Es que no se puede soslayar que existe un riesgo cierto de que, en el supuesto de que no se habilite la Feria Judicial, se frustre el derecho de propiedad que invoca la actora tanto en la pretensión de fondo cuanto en el pedido cautelar denegado", sostuvieron los jueces sobre el reclamo de la SRA.

Y agregaron que "el Estado Nacional carecería, en principio, de legitimación para intentar recuperar un bien que vendió hace más de 20 años por un acto unilateral. Aún cuando el precio hubiera sido 'vil', como el Poder Ejecutivo lo sostiene, el Estado debería recurrir a la vía judicial para dejar sin efecto el acto que considera lesivo", añadieron los jueces.

En ese sentido, interpretaron que "no podría rescindir el contrato por sí y ante sí". De esta manera la Cámara de feria dejó sin efecto el decreto 2552/12 por el cual el Gobierno anuló la venta del predio y se suspendió el traspaso del predio que la Rural tenía plazo para hacer hasta el próximo 20 de enero, cuando vencían los 30 días que el Poder Ejecutivo le había dado para cumplir con la medida. En su fallo del viernes, los camaristas de feria señalaron que "la nulidad de un asiento efectuado en el Registro de la Propiedad sólo puede ser declarada judicialmente. Mientras ello no se realice, el titular registral goza de todos los derechos que le confiere el dominio".

La resolución recuerda que el 15 de agosto de 2012 la SRA inició una acción declarativa de certeza para determinar el dinero que le debía "pagar al Estado Nacional en concepto de saldo de precio por la compraventa y cuáles son los parámetros que deberán utilizarse para su cálculo".

Ese planteo, de fondo, aún no fue resuelto, pero la Sala de Feria le reconoció "una clara relación con la medida precautoria peticionada" de suspender los efectos del decreto que anuló la venta de 1991. Aquella venta fue pactada a un precio de 30 millones de dólares, "que se convino pagar del siguiente modo: tres millones con el boleto, siete millones con la escritura y el saldo en diez cuotas anuales iguales y consecutivas de dos millones a partir de marzo de 1994".

Así, el precio debió haber sido cancelado en marzo de 2004, pero según surge del expediente existió un "negociación sobre el saldo" entre el Estado y la SRA el 8 de junio de 2005 y un pronunciamiento de la Procuración del Tesoro de la Nación en un dictamen del 2 de setiembre de 2010. (DyN)

Tamaño texto
Comentarios
Comentarios