29 Diciembre 2012
El juez de Instrucción de la 1ª Nominación, Alejandro Javier Tomas, resolvió hacer lugar a una medida cautelar solicitada por tres empleados de la Caja Popular, quienes denunciaron amenazas por parte de dirigentes de la Asociación Bancaria.
De esta manera, el magistrado resolvió que el dirigente bancario, Carlos Cisneros, no podrá acercarse a menos de 30 metros de los empleados Mónica Patricia Lobo, Luis Alberto Germain y Osvaldo Alfredo Rivero.
La medida dispuesta por Tomas se dio en el marco de una denuncia penal por supuestas amenazas de muerte que Cisneros les habría proferido a los tres empleados de la institución, por no sumarse a una protesta de La Bancaria.
"Examinadas las constancias de la causa, en especial a fojas 1 de acta policial, sobre denuncia de Patricia Mónica Lobo, quien manifiesta que en fecha 29/11/2012, ocasión en que se encontraba en su lugar de trabajo, Caja Popular de Ahorros, recibió amenazas de muerte por parte de Cisneros, Carlos Aníbal, y otros 15 o 20 sujetos más aproximadamente, entre los cuales pudo identificar a Nuñez Mario, Nashta, Villagrán, Bevacua Claudia, Shony Daniel, Bourlé Eduardo, Bulacio Raúl, Quinteros, todos pertenecientes a la Asociación Bancaria", reconstruyó el juez Tomas en su escrito, en base a las actuaciones policiales que obran en su poder. De acuerdo a esta documentación, Tomas decidió dictar la medida cautelar de "restricción de acercamiento y/o prohibición de proximidad física". El magistrado prosigue en su escrito: "Germain Luis Alberto, Rivero Alfredo Osvaldo, Albornoz Liliana Fátima, Maidana de Torres Claudia y Pacheco Liliana Beatriz, todos ellos empleados de la institución mencionada, quienes refieren haber sufrido amenazas y hechos de violencia física y verbal por los encartados y mencionados ut supra, y que ellas obedecerían a que los dicentes manifestaron no adherirse al paro del personal concertado por miembros de La Bancaria", expuso Tomas al fundamentar el dictado de la cautelar.
"Por lo expuesto, sobreviene la necesidad de ordenar las medidas cautelares tuitivas (de amparo) de la integridad física del damnificado, a los fines de su resguardo, como así también, evitar que el delito cometido produzca consecuencias ulteriores. Deviene acertado y procedente, ordenar la prohibición de proximidad física", sostiene el magistrado en su escrito. Tomás ordenó, además, que la causa original retorne a la fiscalía instructora a los fines de continuar con la investigación preliminar.
De esta manera, el magistrado resolvió que el dirigente bancario, Carlos Cisneros, no podrá acercarse a menos de 30 metros de los empleados Mónica Patricia Lobo, Luis Alberto Germain y Osvaldo Alfredo Rivero.
La medida dispuesta por Tomas se dio en el marco de una denuncia penal por supuestas amenazas de muerte que Cisneros les habría proferido a los tres empleados de la institución, por no sumarse a una protesta de La Bancaria.
"Examinadas las constancias de la causa, en especial a fojas 1 de acta policial, sobre denuncia de Patricia Mónica Lobo, quien manifiesta que en fecha 29/11/2012, ocasión en que se encontraba en su lugar de trabajo, Caja Popular de Ahorros, recibió amenazas de muerte por parte de Cisneros, Carlos Aníbal, y otros 15 o 20 sujetos más aproximadamente, entre los cuales pudo identificar a Nuñez Mario, Nashta, Villagrán, Bevacua Claudia, Shony Daniel, Bourlé Eduardo, Bulacio Raúl, Quinteros, todos pertenecientes a la Asociación Bancaria", reconstruyó el juez Tomas en su escrito, en base a las actuaciones policiales que obran en su poder. De acuerdo a esta documentación, Tomas decidió dictar la medida cautelar de "restricción de acercamiento y/o prohibición de proximidad física". El magistrado prosigue en su escrito: "Germain Luis Alberto, Rivero Alfredo Osvaldo, Albornoz Liliana Fátima, Maidana de Torres Claudia y Pacheco Liliana Beatriz, todos ellos empleados de la institución mencionada, quienes refieren haber sufrido amenazas y hechos de violencia física y verbal por los encartados y mencionados ut supra, y que ellas obedecerían a que los dicentes manifestaron no adherirse al paro del personal concertado por miembros de La Bancaria", expuso Tomas al fundamentar el dictado de la cautelar.
"Por lo expuesto, sobreviene la necesidad de ordenar las medidas cautelares tuitivas (de amparo) de la integridad física del damnificado, a los fines de su resguardo, como así también, evitar que el delito cometido produzca consecuencias ulteriores. Deviene acertado y procedente, ordenar la prohibición de proximidad física", sostiene el magistrado en su escrito. Tomás ordenó, además, que la causa original retorne a la fiscalía instructora a los fines de continuar con la investigación preliminar.