El Senado abrirá mañana el debate para la reforma y unificación de los Códigos Civil y Comercial, de acuerdo a un proyecto impulsado por el Gobierno que propone cambios sustanciales en la concepción actual del matrimonio, el divorcio, la adopción, la fertilización in vitro y las sociedades comerciales.
La iniciativa, que la presidenta Cristina Fernández de Kirchner presentó públicamente durante un acto en marzo último, comenzará a ser discutida a las 14 durante una reunión de la comisión de Asuntos Constitucionales de la Cámara alta, que preside el kirchnerista Marcelo Fuentes.
Los ítems que se destacan en el informe oficial son:
1- Matrimonio: No
se realizarán distinciones de sexo a los efectos de definir quienes
pueden unirse en matrimonio, manteniendo el avance logrado con la Ley Nº
26.618, de matrimonio igualitario. En este sentido, el nuevo Código
agrega la posibilidad de optar entre el régimen de comunidad de
ganancias y el de separación de bienes (con acuerdo prenupcial).
2- Divorcio: Se
simplifican los trámites para su solicitud, considerando la libre
petición de uno o ambos cónyuges, quienes a su vez podrán hacer
propuestas y acordar sobre los efectos que tendrá la disolución.
3- Reproducción humana asistida:
Actualiza la legislación mediante la incorporación de las técnicas de
reproducción asistida, por ejemplo, mediante las técnicas de
inseminación artificial o fecundación in vitro, haciendo prevalecer la
voluntad procreacional.
4- Adopción: En este caso se
simplifica el régimen jurídico y se prioriza el interés del niño por
sobre el de los adultos. Mantiene la adopción plena y simple e incorpora
la adopción por integración, en caso de familias conformadas por
parejas que tengan hijos de otras relaciones.
5- Propiedad comunitaria indígena:
Ésta será exclusiva, perpetua, indivisible, imprescriptible,
insusceptible de gravámenes, y no se podrá embargar ni ejecutar. Esta
disposición apunta a la preservación de la identidad cultural y el
hábitat de los pueblos originarios, reconociendo además el derecho a
participar en la gestión referida a sus recursos naturales.
6- Gestación por sustitución: reconoce
como central a la voluntad procreacional expresada por consentimiento
previo, informado y libre de las personas que intervienen. El juez
deberá constatar que la gestante no haya recibido retribución de ningún
tipo y que al menos uno de los comitentes aportó material genético.
7- Sociedades de un solo socio: Nace la figura de Sociedad Unipersonal. Esta facilita la asignación del patrimonio e incentiva las inversiones.
8- Derechos personalísimos: Se
incorpora este concepto, reconocido por el derecho internacional. Éstos
reconocen los derechos a la dignidad, intimidad, honor e imagen.
9- Formas modernas de contratación:
incorpora formas de contratación como las de arbitraje, agencia
comercial, conseción comercial, entre otras. Con ello se brinda mayor
seguridad jurídica y se garantiza de mejor manera la defensa de los
ciudadanos en tanto consumidores. LA GACETA ©