11 Octubre 2011
EN SU CASA. Héctor Tizón, de espalda al ventanal que da al Río Grande. LA GACETA / FOTO DE IRENE BENITO
Entre todas las funciones públicas que desempeñó, Héctor Tizón se queda con el oficio de escritor. Es, al final, la única ocupación de la que no ha podido jubilarse. Y el atalaya desde el cual, a los 81 años, observa todos los cargos que ocupó: juez del Superior Tribunal de Justicia de Jujuy, convencional constituyente, diplomático. "He llegado a la conclusión de que el buen magistrado debe conocer la literatura", sentencia sorpresivamente. Su segunda conclusión es que también hay poesía en los Tribunales, aunque los mostradores fríos, los procesos fatigantes y los prosaicos conflictos que allí se dirimen indiquen lo contrario.
En el living de su casa jujeña, el escritor habla con LA GACETA de espaldas al ventanal que muestra el Río Grande, majestuoso y típicamente norteño. Al hacer un análisis sobre la interpretación de la letra penal, Tizón afirma que, si bien es intocable, el magistrado debe saber adecuarla a los hombres y a sus circunstancias. Eso quiere decir que tiene que intentar comprender la cultura ajena.
"El discurso de un jurista es muy parecido al de un escritor", argumenta. En seguida apunta las dos grandes distinciones entre ambos quehaceres: "un escritor de ficción trabaja con personajes y un jurista, con personas. Pero, además, un juez, a diferencia de un narrador, no puede emplear sobrentendidos ni ambigüedades: su tarea le exige la precisión absoluta. Esa rigurosidad aparece con nitidez en el caso del Código Penal: si uno quita o cambia de lugar una coma de la ley, modifica completamente la tipificación del delito".
La letra penal es intocable, pero el magistrado debe saber interpretarla con justicia y equidad, según el autor de "El resplandor de la hoguera" (2008). Es decir, ajustar la ley al caso concreto; adecuar la rigidez del derecho a los hombres y sus circunstancias. Tizón prefiere explicar este concepto con una historia. Así, cuenta que una vez tuvo en sus manos un expediente, un preso y una acusación de estupro. En la indagatoria descubrió que el hombre se había unido a la chiquilla de 14 años por una promesa que este había hecho a la madre de la niña y que habían estado juntos en paz hasta que al comisario del pueblo se le ocurrió decir: "¡eso es delito!".
Prosigue: "ellos no sabían por qué él había sido detenido. Objetivamente era un acceso carnal con una menor de 16 años. La adolescente, sin embargo, quería ?yuntarse? con el muchacho como había previsto su madre y como, de algún modo, era la costumbre de la gente de la Puna. Sin embargo, los jueces mantuvieron la calificación de estupro. No hubo forma de convencerlos. La chica, mientras tanto, seguía esperando al hombre afuera de la cárcel. Finalmente, el gobernador decretó el indulto y de ese modo se arregló lo que habían decidido unos magistrados que sabían derecho pero que no eran capaces de comprender la cultura ajena".
En el living de su casa jujeña, el escritor habla con LA GACETA de espaldas al ventanal que muestra el Río Grande, majestuoso y típicamente norteño. Al hacer un análisis sobre la interpretación de la letra penal, Tizón afirma que, si bien es intocable, el magistrado debe saber adecuarla a los hombres y a sus circunstancias. Eso quiere decir que tiene que intentar comprender la cultura ajena.
"El discurso de un jurista es muy parecido al de un escritor", argumenta. En seguida apunta las dos grandes distinciones entre ambos quehaceres: "un escritor de ficción trabaja con personajes y un jurista, con personas. Pero, además, un juez, a diferencia de un narrador, no puede emplear sobrentendidos ni ambigüedades: su tarea le exige la precisión absoluta. Esa rigurosidad aparece con nitidez en el caso del Código Penal: si uno quita o cambia de lugar una coma de la ley, modifica completamente la tipificación del delito".
La letra penal es intocable, pero el magistrado debe saber interpretarla con justicia y equidad, según el autor de "El resplandor de la hoguera" (2008). Es decir, ajustar la ley al caso concreto; adecuar la rigidez del derecho a los hombres y sus circunstancias. Tizón prefiere explicar este concepto con una historia. Así, cuenta que una vez tuvo en sus manos un expediente, un preso y una acusación de estupro. En la indagatoria descubrió que el hombre se había unido a la chiquilla de 14 años por una promesa que este había hecho a la madre de la niña y que habían estado juntos en paz hasta que al comisario del pueblo se le ocurrió decir: "¡eso es delito!".
Prosigue: "ellos no sabían por qué él había sido detenido. Objetivamente era un acceso carnal con una menor de 16 años. La adolescente, sin embargo, quería ?yuntarse? con el muchacho como había previsto su madre y como, de algún modo, era la costumbre de la gente de la Puna. Sin embargo, los jueces mantuvieron la calificación de estupro. No hubo forma de convencerlos. La chica, mientras tanto, seguía esperando al hombre afuera de la cárcel. Finalmente, el gobernador decretó el indulto y de ese modo se arregló lo que habían decidido unos magistrados que sabían derecho pero que no eran capaces de comprender la cultura ajena".
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