27 Noviembre 2010
BUENOS AIRES.- La Justicia rechazó un planteo del Estado nacional y ratificó la suspensión para el Grupo Clarín de un artículo clave de la Ley de Radiodifusión, que fija el plazo para el proceso de desinversión.
La decisión fue adoptada por el juez civil y comercial Edmundo Carbone, quien rechazó un planteo de la Procuración del Tesoro de la Nación para que se deje sin efecto la medida cautelar y se ponga en aplicación el artículo 161, que fija un año de plazo para que los propietarios se desprendan de las licencias de televisión y radio que excedan los límites de la nueva norma.
En la misma resolución, el magistrado dispuso rechazar el planteo para que establezca un "plazo razonable" a la vigencia de la medida cautelar que mantiene suspendido el artículo, tal como había indicado la Corte Suprema de Justicia.
El fallo es un duro revés para el Gobierno, que enfrenta públicamente al Grupo Clarín: el multimedio ahora no tendrá la obligación de desprenderse de sus empresas al menos hasta que se resuelva la controversia de fondo, algo que seguramente no ocurrirá antes del recambio presidencial de 2011.
Disputa judicial
La disputa judicial por el artículo 161 de la ley es a raíz de un planteo del Grupo Clarín, que dijo verse afectado patrimonialmente estar obligado a vender sus señales por traspasar los límites fijados por la nueva norma y pidió la suspensión hasta tanto se defina la "fondo de la cuestión", esto es la constitucionalidad del artículo.
En su resolución, el juez subrogante Carbone rechazó que el Grupo Clarín tenga una posición monopólica: "del propio escrito de la demandada (el gobierno) surge que la actora tendría una participación de casi el 57% en el sector, lo que dista bastante de constituir un monopolio, ya que según sus propios dichos habría más del 43% en otras manos, lo que excluye cualquier idea de concentración monopólica", sostuvo el magistrado, que ya presentó la renuncia a su cargo.
Para Carbone, "no se advierte gravedad institucional alguna" y "las circunstancias que motivaron el dictado de la medida cautelar no han variado, toda vez que el breve plazo establecido para concretar la obligación de desinversión forzosa hace altamente improbable que se llegue a tiempo en el esclarecimiento de los derechos mediante sentencia a dictarse en el procedimiento judicial ordinario", sostuvo entre sus argumentos. (NA)
La decisión fue adoptada por el juez civil y comercial Edmundo Carbone, quien rechazó un planteo de la Procuración del Tesoro de la Nación para que se deje sin efecto la medida cautelar y se ponga en aplicación el artículo 161, que fija un año de plazo para que los propietarios se desprendan de las licencias de televisión y radio que excedan los límites de la nueva norma.
En la misma resolución, el magistrado dispuso rechazar el planteo para que establezca un "plazo razonable" a la vigencia de la medida cautelar que mantiene suspendido el artículo, tal como había indicado la Corte Suprema de Justicia.
El fallo es un duro revés para el Gobierno, que enfrenta públicamente al Grupo Clarín: el multimedio ahora no tendrá la obligación de desprenderse de sus empresas al menos hasta que se resuelva la controversia de fondo, algo que seguramente no ocurrirá antes del recambio presidencial de 2011.
Disputa judicial
La disputa judicial por el artículo 161 de la ley es a raíz de un planteo del Grupo Clarín, que dijo verse afectado patrimonialmente estar obligado a vender sus señales por traspasar los límites fijados por la nueva norma y pidió la suspensión hasta tanto se defina la "fondo de la cuestión", esto es la constitucionalidad del artículo.
En su resolución, el juez subrogante Carbone rechazó que el Grupo Clarín tenga una posición monopólica: "del propio escrito de la demandada (el gobierno) surge que la actora tendría una participación de casi el 57% en el sector, lo que dista bastante de constituir un monopolio, ya que según sus propios dichos habría más del 43% en otras manos, lo que excluye cualquier idea de concentración monopólica", sostuvo el magistrado, que ya presentó la renuncia a su cargo.
Para Carbone, "no se advierte gravedad institucional alguna" y "las circunstancias que motivaron el dictado de la medida cautelar no han variado, toda vez que el breve plazo establecido para concretar la obligación de desinversión forzosa hace altamente improbable que se llegue a tiempo en el esclarecimiento de los derechos mediante sentencia a dictarse en el procedimiento judicial ordinario", sostuvo entre sus argumentos. (NA)
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