05 Septiembre 2010
La proeza de sostenerse como monotributista
Expertos consultados por LA GACETA coincidieron en afirmar que el régimen para pequeños contribuyentes dejó de ser simplificado y se ha convertido, con el paso del tiempo, en una verdadera maraña jurídico-contable, que requiere de asesoramiento profesional para encuadrarse dentro de las categorías. Las reformas que entrarán en vigencia desde este mes.

El Monotributo lejos está hoy de aquel esquema creado en 1998 y que la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) publicitó en aquel momento como un sistema simplificado que le permitía cualquier pequeño contribuyente prescindir de los servicios de un asesor contable. Doce años después, los especialistas consideran que los servicios del contador son tan esenciales como los de abogados para interpretar un cuerpo normativo tan complejo, y menos simplificado, del Monotributo. Entre la ley dictada hace 12 años, el decreto reglamentario y las resoluciones posteriores superan los 520 artículos, dice a LA GACETA Agustín Zeppa, a cargo de la subcomisión de impuestos del Colegio de Graduados en Ciencias Económicas de Tucumán.
Por si le faltara poco, el monotributista debe tener conocimientos básicos de computación para efectuar trámites ante la AFIP. Y, con tanta maraña jurídico-contable, quien sabe si también requerirá de los servicios de un psicólogo, ironizan los profesionales.
Según Alberto Ziperovich, originariamente el Monotributo estaba organizado y era en definitiva un régimen simplificado con el fin de que lo pudieran usar los pequeños contribuyentes sin asesoramiento ni ayuda de profesionales. "Ahora cada cuatro meses hay recategorización y se tiene que ajustar la categoría en función de los ingresos", explica. Y, en este punto, indica el tributarista, los contadores deben ayudar a los monotributistas a confeccionar las declaraciones juradas, listados con CUIL a quienes les vendió mercaderías, los kilovatios que consumió de energía eléctrica y un contrato de alquiler, si realiza su actividad en una propiedad ajena.
Los pequeños contribuyentes tendrán plazo hasta el 20 del corriente para actualizar su situación impositiva ante la AFIP. "De exceder uno de los límites dispuestos en las categorías vigentes, automáticamente el responsable tendrá que avanzar hacia una categoría superior con la consiguiente suba en el monto del impuesto mensual a pagar", indicó el tributarista.
Inequidades
Ziperovich llegó a la conclusión de que hoy es más fácil ser responsable general que estar en el régimen simplificado. Y en ese aspecto coincide Carlos Yatzkaier. "Desde el punto de vista de la normativa vigente, lejos de simplificarse, es cada vez más complicada y yo diría mucho mayor que el régimen general de IVA, por la cantidad de imprecisiones que contienen en su redacción y la ambigüedad de las definiciones que para el común de la gente resulta poco entendible, en algunos casos también lo es para los profesionales", dice el experto. El profesional acota que debe entenderse que se trata de un régimen basado en suposiciones cuya suma arroja la presunción final para el encuadramiento de la categoría de revista o los posibles motivos de la exclusión del régimen.
Según Yatzkaier este régimen es totalmente inequitativo, "resultando inexplicablemente caro para los de menores ingresos, con un costo razonable para las categorías medias y nuevamente oneroso para las nuevas categorías, debiendo en estos casos los profesionales que asesoran realizar un minucioso análisis de los costos alternativos del régimen general para aconsejar adecuadamente a sus clientes".
Yatzkaier hizo un estudio comparativo de los costos de locación y prestación de servicios, un esquema que encuadra a autónomos que desarrollan sus actividades en forma personal, como por ejemplo, plomeros, albañiles, carpinteros, pequeños industriales ó talleristas y todos los profesionales universitarios (ver infograma). Entre otras conclusiones, observó que los monotributistas encuadrados entre las categorías J y L ya no pueden formar parte del régimen.
"Es obvio que un trabajador que percibe un ingreso bruto de $ 1.000 le resultará imposible pagar una cuota mensual de $ 219, aún suponiendo que el ingreso es sin cómputo de costo para su prestación (no consideramos ni siquiera movilidad), ya que con el remanente, no le alcanza para su sustento personal", afirma Yatzkaier.
"El remanente es aproximadamente un 50 % del Salario Vital Mínimo y Móvil, y por ende no debería estar gravado de ninguna manera", agrega. "Igualmente para un trabajador que percibe $ 11.700 mensuales deberá afrontar una cuota total de $ 1.780 que seguramente también le resultará muy difícil de pagar", indica.
En el caso de venta de cosas muebles, el panorama es mucho más complejo, ya que a los Ingresos Brutos, debería previamente detraerle el costo de la mercadería vendida y los gastos de la explotación, observan los expertos.
Los tributaristas coinciden en que el Monotributo es un impuesto que, en definitiva, castiga al pequeño contribuyente, a quien está dirigido el régimen y, en algunos casos, premia al que no lo es. Por eso, el titular de la AFIP, Ricardo Echegaray, habla de la necesidad de combatir el "enanismo fiscal", es decir a aquellos que se amparan en el régimen para tributar menos de lo que facturan. En suma, sólo beneficia al fisco (obtiene más datos de una forma directa) y a los monotributistas sociales, acotan los especialistas. Yatzkaier insiste con otro concepto: "la falta de claridad en la redacción de las normas y los supuestos de exclusión del régimen, cada vez más complejos, y que para nada le simplifican la vida al monotributista".
Por si le faltara poco, el monotributista debe tener conocimientos básicos de computación para efectuar trámites ante la AFIP. Y, con tanta maraña jurídico-contable, quien sabe si también requerirá de los servicios de un psicólogo, ironizan los profesionales.
Según Alberto Ziperovich, originariamente el Monotributo estaba organizado y era en definitiva un régimen simplificado con el fin de que lo pudieran usar los pequeños contribuyentes sin asesoramiento ni ayuda de profesionales. "Ahora cada cuatro meses hay recategorización y se tiene que ajustar la categoría en función de los ingresos", explica. Y, en este punto, indica el tributarista, los contadores deben ayudar a los monotributistas a confeccionar las declaraciones juradas, listados con CUIL a quienes les vendió mercaderías, los kilovatios que consumió de energía eléctrica y un contrato de alquiler, si realiza su actividad en una propiedad ajena.
Los pequeños contribuyentes tendrán plazo hasta el 20 del corriente para actualizar su situación impositiva ante la AFIP. "De exceder uno de los límites dispuestos en las categorías vigentes, automáticamente el responsable tendrá que avanzar hacia una categoría superior con la consiguiente suba en el monto del impuesto mensual a pagar", indicó el tributarista.
Inequidades
Ziperovich llegó a la conclusión de que hoy es más fácil ser responsable general que estar en el régimen simplificado. Y en ese aspecto coincide Carlos Yatzkaier. "Desde el punto de vista de la normativa vigente, lejos de simplificarse, es cada vez más complicada y yo diría mucho mayor que el régimen general de IVA, por la cantidad de imprecisiones que contienen en su redacción y la ambigüedad de las definiciones que para el común de la gente resulta poco entendible, en algunos casos también lo es para los profesionales", dice el experto. El profesional acota que debe entenderse que se trata de un régimen basado en suposiciones cuya suma arroja la presunción final para el encuadramiento de la categoría de revista o los posibles motivos de la exclusión del régimen.
Según Yatzkaier este régimen es totalmente inequitativo, "resultando inexplicablemente caro para los de menores ingresos, con un costo razonable para las categorías medias y nuevamente oneroso para las nuevas categorías, debiendo en estos casos los profesionales que asesoran realizar un minucioso análisis de los costos alternativos del régimen general para aconsejar adecuadamente a sus clientes".
Yatzkaier hizo un estudio comparativo de los costos de locación y prestación de servicios, un esquema que encuadra a autónomos que desarrollan sus actividades en forma personal, como por ejemplo, plomeros, albañiles, carpinteros, pequeños industriales ó talleristas y todos los profesionales universitarios (ver infograma). Entre otras conclusiones, observó que los monotributistas encuadrados entre las categorías J y L ya no pueden formar parte del régimen.
"Es obvio que un trabajador que percibe un ingreso bruto de $ 1.000 le resultará imposible pagar una cuota mensual de $ 219, aún suponiendo que el ingreso es sin cómputo de costo para su prestación (no consideramos ni siquiera movilidad), ya que con el remanente, no le alcanza para su sustento personal", afirma Yatzkaier.
"El remanente es aproximadamente un 50 % del Salario Vital Mínimo y Móvil, y por ende no debería estar gravado de ninguna manera", agrega. "Igualmente para un trabajador que percibe $ 11.700 mensuales deberá afrontar una cuota total de $ 1.780 que seguramente también le resultará muy difícil de pagar", indica.
En el caso de venta de cosas muebles, el panorama es mucho más complejo, ya que a los Ingresos Brutos, debería previamente detraerle el costo de la mercadería vendida y los gastos de la explotación, observan los expertos.
Los tributaristas coinciden en que el Monotributo es un impuesto que, en definitiva, castiga al pequeño contribuyente, a quien está dirigido el régimen y, en algunos casos, premia al que no lo es. Por eso, el titular de la AFIP, Ricardo Echegaray, habla de la necesidad de combatir el "enanismo fiscal", es decir a aquellos que se amparan en el régimen para tributar menos de lo que facturan. En suma, sólo beneficia al fisco (obtiene más datos de una forma directa) y a los monotributistas sociales, acotan los especialistas. Yatzkaier insiste con otro concepto: "la falta de claridad en la redacción de las normas y los supuestos de exclusión del régimen, cada vez más complejos, y que para nada le simplifican la vida al monotributista".
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