Sangenis declarará en el juicio contra Bussi

Sangenis declarará en el juicio contra Bussi

El ex legislador opositor podrá abstenerse de contestar ciertas preguntas

21 Febrero 2010
El Tribunal Oral en lo Criminal Federal confirmó que el conductor del Movimiento Popular 3 Banderas, Alejandro Sangenis, deberá atestiguar en el juicio oral por la existencia de un centro clandestino de detenidos en la ex Jefatura de Policía.

Sin embargo, el ex legislador podrá abstenerse de contestar aquellas preguntas que puedan involucrarlo en la presunta comisión de algún delito. Este límite es en respeto del derecho constitucional de no declarar en contra de sí mismo, para evitar una autoincriminación.

La situación del dirigente opositor derivó de los dichos de Antonio Bussi acerca de que Sangenis había revisado, en su condición de médico de la Policía, a militantes detenidos antes de ser liberados durante 1976 y 1977. Esas afirmaciones motivaron un contrapunto entre defensores y acusadores.

Sangenis fue ofrecido como testigo por el abogado de Roberto Albornoz, Ezequiel Avila Gallo (h), quien quiso desistir de su declaración. Sin embargo, el fiscal federal general, Alfredo Terraf, se opuso. "Hasta que un testigo es ofrecido, es de la parte. Cuando se lo acepta, pasa a ser de todas las partes del juicio. Sus declaraciones pueden ser muy importantes", afirmó.

Avila Gallo, en cambio, consideró que Bussi vinculó al titular del MP3 en presuntos delitos, por lo cual su testimonio pondría en riesgo su derecho de defensa en juicio en caso de que sea investigado a futuro. Terraf lo refutó y aseguró que el defensor tergiversa sus planteos.

En el cruce de opiniones, el defensor de Albino Mario Zimmermann, Eduardo Brandán, pidió que la Fiscalía Federal inicie acciones de oficio por las posibles conductas de Sangenis denunciadas por Bussi. Terraf no quiso responderle. "Es incontestable", dijo. Los querellantes avalaron la posición del fiscal federal, y reivindicaron lo actuado por el ex legislador como presidente de la Comisión Bicameral que emitió un informe sobre lo actuado en el proceso militar, en 1985.

Todos los testigos tienen la obligación de responder los interrogatorios de las partes y de decir la verdad. Caso contrario, pueden ser acusados por falso testimonio, delito que tiene una pena de entre un mes a cuatro años, que se eleva de uno a 10 años de reclusión o prisión cuando es en una causa criminal en perjuicio del inculpado.

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