18 Septiembre 2009
BUENOS AIRES.- La Justicia Federal suspendió ayer la decisión del Comité Federal de Radiodifusión (Comfer) de denegar la fusión entre Cablevisión y Multicanal. La medida fue adoptada por el juzgado nacional de primera instancia en lo Contencioso Administrativo Federal 2 de esta ciudad.
La medida suspendió los efectos de la resolución del Comfer 577/09 y de la Comisión Nacional de Defensa de la Competencia (CNDC) 106/09. En el caso del primero, se había resuelto denegar la aprobación de la fusión por absorción de Cablevisión, exigir a la empresa la presentación de un plan de desinversión y rechazar los desistimientos de licencias comunicados por la firma. Cablevisión denunció en su momento que esas medidas fueron dictadas con "oportunismo, intencionalidad política y con el único objetivo de perjudicar a la compañía, en el marco de una serie de acciones de hostigamiento que viene sufriendo el Grupo Clarín".
Por su parte, la CNDC había ordenado una auditoría y dispuso la imposibilidad para las empresas de remover o reemplazar activos físicos y jurídicos utilizados para la prestación de los servicios.
El juzgado entendió que el Comfer no está facultado para actuar como lo hizo y ratificó la posición de la empresa para no menoscabar un "título jurídico concreto". (DyN)
La medida suspendió los efectos de la resolución del Comfer 577/09 y de la Comisión Nacional de Defensa de la Competencia (CNDC) 106/09. En el caso del primero, se había resuelto denegar la aprobación de la fusión por absorción de Cablevisión, exigir a la empresa la presentación de un plan de desinversión y rechazar los desistimientos de licencias comunicados por la firma. Cablevisión denunció en su momento que esas medidas fueron dictadas con "oportunismo, intencionalidad política y con el único objetivo de perjudicar a la compañía, en el marco de una serie de acciones de hostigamiento que viene sufriendo el Grupo Clarín".
Por su parte, la CNDC había ordenado una auditoría y dispuso la imposibilidad para las empresas de remover o reemplazar activos físicos y jurídicos utilizados para la prestación de los servicios.
El juzgado entendió que el Comfer no está facultado para actuar como lo hizo y ratificó la posición de la empresa para no menoscabar un "título jurídico concreto". (DyN)
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