26 Agosto 2008
La defensora de Bussi afirmó que Vargas Aignasse fue secuestrado por desconocidos
En la lectura de los alegatos, Assaf señaló que el Ejército ordenó la liberación del ex senador, que se encontraba detenido en el penal de Villa Urquiza. Solicitaron al Tribunal la absolución del ex gobernador y, en caso de que sea condenado, que le permitan cumplir la pena en su domicilio.
PEDIDO. Los defensores oficiales de Bussi solicitaron que, si el Tribunal lo condena, le permitan cumplir la pena en forma domiciliaria. LA GACETA / JUAN PABLO SANCHEZ NOLI
TUCUMAN.- La defensora oficial Amalina Assaf, que representa a Antonio Bussi, aseguró hoy en Tucumán que la vinculación del Ejército con la detención de Guillermo Vargas Aignasse concluyó la noche del 5 de abril de 1976, cuando el entonces senador recibió la orden de ser liberado de la cárcel de Villa Urquiza.
Assaf defendió la tesis de que ese día, mientras era trasladado a su domicilio para ser puesto en libertad, Vargas Aignasse fue secuestrado por desconocidos, razón por la que permanece desaparecido desde entonces, algo que el fiscal Alfredo Terraf había calificado de "pantomima" para intentar evadir la responsabilidad del terrorismo de Estado.
La defensa de Antonio Bussi solicitó que el ex represor sea absuelto por la desaparición de Vargas Aignasse y, en forma subidiaria, requirió que, en caso de ser condenado, la pena la cumpla por medio del régimen de detención domiciliaria.
Assaf fue la primera de las defensoras en efectuar su alegato, ocasión en la que mantuvo la tesis de que la vinculación del Ejército con Vargas Aignasse terminó el 5 de abril, cuando este era trasladado a su domicilio, desde la cárcel de Villa Urquiza, supuestamente para ser liberado.
"Todos los pasos del senador, desde el 24 de marzo hasta el 5 de abril de 1976, tanto en la Policía como en el penal, están debidamente asentados y registrados; incluidas las firmas de él y de Pedro Rubio, cuando toman conocimiento de que el 5 de abril, a las 20, iba a ser puestos en libertad", recalcó la defensora.
"La Fiscalía no pudo probar quién secuestró a Vargas Aignasse aquel día, en que terminó la relación entre mi defendido y el senador. Era conocido el enfrentamiento que Vargas Aignasse mantenía con compañeros de su propio bloque legislativo, como lo reconoció la propia esposa de la víctima (Marta Cárdenas)", dijo Assaf.
Luego, la defensora leyó el diario de sesiones de la Cámara de Senadores de Tucumán de esa época, para corroborar los supuestos enfrentamientos de Vargas Aignasse con "las Fuerzas Armadas Revolucionarias Peronistas (Farp) y con nacionalistas".
Secuestrado por desconocidos
La defensora, que abonó la tesis de que Vargas Aignasse fue secuestrado el 5 de abril de 1976 por desconocidos mientras era trasladado en una camioneta por dos guardiacárceles (iban desarmados), subrayó que "no debe sorprender que la liberación se haya cumplido en horas de la noche, porque era habitual".
Assaf recalcó que "la información que (Vargas Aignasse) había dado al Ejército era suficiente para que lo liberaran" y agregó que "las carpetas que él tenía eran de importancia, quizás, para la Policía, pero no para el Ejército".
El día en que brindó su testimonio en el juicio oral la esposa del ex senador refirió que, tras haber sido llevado la madrugada del golpe de Estado del 76, Vargas Aignasse regresó con la Policía al otro día a su casa, ocasión en la que le dijo a ella que buscara unas carpetas.
La defensora cuestionó las contradicciones del testigo Juan Palavecino, sindicalista que aseguró haber visto con vida a Vargas Aignasse el 6 de abril de 1976 en la Brigada de Investigaciones de la Policía "con signos de haber sido torturado", razón por la que solicitó que sea investigado "por falso testimonio y por encubrimiento".
La tesis de que Vargas Aignasse sufrió un segundo secuestro, el 5 de abril del 76, cuando supuestamente iba a ser liberado, antes había sido calificada de pantomima por el fiscal Alfredo Terraf, para quien fue "una mentira para disimular que luego lo habían seguido torturando en el Departamento de Educación Física de la Universidad Nacional de Tucumán".
Legislación nacional
Luego, a la hora de la calificación jurídica, Assaf argumentó que, si bien los delitos de lesa humanidad son imprescriptibles, no eran aplicables al caso, como había dicho el fiscal, porque "la Argentina no cumplió con los compromisos internacionales que adquirió para adaptarlos a la legislación nacional".
"Las normas por las cuales se adhirió a dichos pactos (la Convención sobre la Imprescriptibilidad de los Crímenes de Guerra y de Lesa humanidad, sobre genocidio y sobre desaparición forzada de personas) sólo reproducen el contenido de las normas, pero faltan la tipificación y la previsión de la pena", dijo Assaf.
La defensora insistió en que, si se aplicaran dichas convenciones, se violaría "el principio de legalidad previsto por el artículo 18 de la Constitución (nadie puede ser penado sino en virtud de una ley), así como el derecho humano fundamental a la seguridad jurídica".
En forma subsidiaria y para el caso de que el Tribunal Oral en lo Criminal Federal finalmente condenara a Bussi, el codefensor Adolfo Bertini solicitó que no se modificara el régimen de la detención domiciliaria del que actualmente goza el ex gobernador y teniendo en cuenta que el fiscal requirió que la eventual pena sea cumplida -por el ex represor- en la cárcel de Villa Urquiza.
Bertini se basó en las conclusiones de la XIV Cumbre Judicial Iberoamericana, que aprobó "las 100 Reglas de Brasilia sobre el acceso a la Justicia de personas consideradas en situación de vulnerabilidad, entre las que se encuentran los adultos mayores cuando se ven limitados en el ejercicio de sus derechos".
El codefensor también invocó la Ley 24.660, que permite la detención domiciliaria para el caso de quienes tienen más de 70 años o padecen problemas de salud (Bussi tiene 82 años y sufre padecimientos cardíacos). (Télam)
Assaf defendió la tesis de que ese día, mientras era trasladado a su domicilio para ser puesto en libertad, Vargas Aignasse fue secuestrado por desconocidos, razón por la que permanece desaparecido desde entonces, algo que el fiscal Alfredo Terraf había calificado de "pantomima" para intentar evadir la responsabilidad del terrorismo de Estado.
La defensa de Antonio Bussi solicitó que el ex represor sea absuelto por la desaparición de Vargas Aignasse y, en forma subidiaria, requirió que, en caso de ser condenado, la pena la cumpla por medio del régimen de detención domiciliaria.
Assaf fue la primera de las defensoras en efectuar su alegato, ocasión en la que mantuvo la tesis de que la vinculación del Ejército con Vargas Aignasse terminó el 5 de abril, cuando este era trasladado a su domicilio, desde la cárcel de Villa Urquiza, supuestamente para ser liberado.
"Todos los pasos del senador, desde el 24 de marzo hasta el 5 de abril de 1976, tanto en la Policía como en el penal, están debidamente asentados y registrados; incluidas las firmas de él y de Pedro Rubio, cuando toman conocimiento de que el 5 de abril, a las 20, iba a ser puestos en libertad", recalcó la defensora.
"La Fiscalía no pudo probar quién secuestró a Vargas Aignasse aquel día, en que terminó la relación entre mi defendido y el senador. Era conocido el enfrentamiento que Vargas Aignasse mantenía con compañeros de su propio bloque legislativo, como lo reconoció la propia esposa de la víctima (Marta Cárdenas)", dijo Assaf.
Luego, la defensora leyó el diario de sesiones de la Cámara de Senadores de Tucumán de esa época, para corroborar los supuestos enfrentamientos de Vargas Aignasse con "las Fuerzas Armadas Revolucionarias Peronistas (Farp) y con nacionalistas".
Secuestrado por desconocidos
La defensora, que abonó la tesis de que Vargas Aignasse fue secuestrado el 5 de abril de 1976 por desconocidos mientras era trasladado en una camioneta por dos guardiacárceles (iban desarmados), subrayó que "no debe sorprender que la liberación se haya cumplido en horas de la noche, porque era habitual".
Assaf recalcó que "la información que (Vargas Aignasse) había dado al Ejército era suficiente para que lo liberaran" y agregó que "las carpetas que él tenía eran de importancia, quizás, para la Policía, pero no para el Ejército".
El día en que brindó su testimonio en el juicio oral la esposa del ex senador refirió que, tras haber sido llevado la madrugada del golpe de Estado del 76, Vargas Aignasse regresó con la Policía al otro día a su casa, ocasión en la que le dijo a ella que buscara unas carpetas.
La defensora cuestionó las contradicciones del testigo Juan Palavecino, sindicalista que aseguró haber visto con vida a Vargas Aignasse el 6 de abril de 1976 en la Brigada de Investigaciones de la Policía "con signos de haber sido torturado", razón por la que solicitó que sea investigado "por falso testimonio y por encubrimiento".
La tesis de que Vargas Aignasse sufrió un segundo secuestro, el 5 de abril del 76, cuando supuestamente iba a ser liberado, antes había sido calificada de pantomima por el fiscal Alfredo Terraf, para quien fue "una mentira para disimular que luego lo habían seguido torturando en el Departamento de Educación Física de la Universidad Nacional de Tucumán".
Legislación nacional
Luego, a la hora de la calificación jurídica, Assaf argumentó que, si bien los delitos de lesa humanidad son imprescriptibles, no eran aplicables al caso, como había dicho el fiscal, porque "la Argentina no cumplió con los compromisos internacionales que adquirió para adaptarlos a la legislación nacional".
"Las normas por las cuales se adhirió a dichos pactos (la Convención sobre la Imprescriptibilidad de los Crímenes de Guerra y de Lesa humanidad, sobre genocidio y sobre desaparición forzada de personas) sólo reproducen el contenido de las normas, pero faltan la tipificación y la previsión de la pena", dijo Assaf.
La defensora insistió en que, si se aplicaran dichas convenciones, se violaría "el principio de legalidad previsto por el artículo 18 de la Constitución (nadie puede ser penado sino en virtud de una ley), así como el derecho humano fundamental a la seguridad jurídica".
En forma subsidiaria y para el caso de que el Tribunal Oral en lo Criminal Federal finalmente condenara a Bussi, el codefensor Adolfo Bertini solicitó que no se modificara el régimen de la detención domiciliaria del que actualmente goza el ex gobernador y teniendo en cuenta que el fiscal requirió que la eventual pena sea cumplida -por el ex represor- en la cárcel de Villa Urquiza.
Bertini se basó en las conclusiones de la XIV Cumbre Judicial Iberoamericana, que aprobó "las 100 Reglas de Brasilia sobre el acceso a la Justicia de personas consideradas en situación de vulnerabilidad, entre las que se encuentran los adultos mayores cuando se ven limitados en el ejercicio de sus derechos".
El codefensor también invocó la Ley 24.660, que permite la detención domiciliaria para el caso de quienes tienen más de 70 años o padecen problemas de salud (Bussi tiene 82 años y sufre padecimientos cardíacos). (Télam)
NOTICIAS RELACIONADAS
Lo más popular