23 Diciembre 2007
De ahora en más bastará con que, en forma injustificada, un juez incumpla los deberes a su cargo o retarde los pronunciamientos que de él dependan para que pueda ser acusado ante el Jurado de Enjuiciamiento. Esto se desprende de la ley que la Legislatura sancionó el jueves y que regula el procedimiento de destitución al que, eventualmente, serán sometidos los magistrados inferiores, ya que para los vocales de la Corte Suprema y para el ministro fiscal la nueva Constitución reservó el tradicional mecanismo del juicio político. Para estos últimos, en cambio, la Ley 6.374 sigue exigiendo que aquel incumplimiento (o retardo) sea reiterado o grave. La comisión de Juicio Político de la Legislatura, encargada de impulsar la acusación tanto contra jueces inferiores como contra los otros, será clave. Hoy, 11 de sus 12 miembros son oficialistas.
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