20 Diciembre 2007
SIN PRECISIONES. En los tribunales aún esperan conocer el texto del decreto firmado por el gobernador. LA GACETA / ANTONIO FERRONI
Ayer, para pronunciarse sobre este, en la Asociación de Magistrados, esperaban conocer oficialmente el decreto de necesidad y urgencia (DNU) por el cual el gobernador, José Alperovich, ordenó que la Caja Popular de Ahorros destine $ 3 millones para afrontar el pago de las diferencias de aportes adeudadas a la Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses), para que los magistrados puedan retirarse. Para conceder el préstamo, el Poder Ejecutivo exige como contrapartida que los jueces en condiciones de retirarse comiencen los trámites correspondientes antes del 31 de marzo 2008. Esto podría generar polémica, porque podría interpretarse como un elemento de presión para forzar el retiro masivo de 66 magistrados, de manera que se produzca igual número de vacantes en el Poder Judicial.
Un solo juez, Antonio Barrozo, vocal de la sala VI de la Cámara del Trabajo, anticipó a LA GACETA que gestionará un crédito personal ante la Caja Popular de Ahorros, pero lo hará bajo protesta. "La intangibilidad de los haberes de los magistrados, garantía prevista por la Constitución nacional, rige tanto cuando nos desempeñamos en forma activa como cuando pasamos a la faz pasiva. Aunque accederé al préstamo concedido, en forma paralela concretaré los planteos administrativos o deduciré las acciones judiciales correspondientes con el fin de que me devuelvan lo que, por medio de este crédito, desembolsaré a la Anses. Algún día me darán la razón", explicó.
Para que los magistrados tucumanos puedan iniciar los trámites jubilatorios para percibir el 82% móvil, la Anses exige que, previamente, cancelen las diferencias de aportes individuales que se generaron entre 1996 y 2006, cuando no regía la movilidad de haberes. Entonces, cuando se retiraban, los jueces cobraban hasta un determinado tope. Como contrapartida, aportaban sólo el 7% o el 11% (sobre ese tope), según si estaban enrolados en el sistema de capitalización o en el de reparto, respectivamente. Ahora, la Anses pretende que desembolsen el 12% sobre los haberes mensuales que cada uno percibió entre 1996 y 2006.
Barrozo considera que la posición de la Anses es errónea. Se basa en el precedente sentado por la sala I de la Cámara Federal de la Seguridad Social, cuando declaró que el juez tucumano Marcelo Mendilaharzu estaba incluido en las disposiciones de la Ley 24.018. En la oportunidad, el tribunal dispuso: "imponer cargos al demandante (Mendilaharzu), en caso de existir diferencias por los montos que debió haber realizado, a partir de la vigencia del convenio de transferencia".
El vocal de la Cámara del Trabajo sostiene que el reajuste de los haberes previsionales debe hacerse a partir del año pasado, cuando la Nación y la Provincia firmaron el acta que posibilitó que los jueces sean incluidos en la Ley 24.018, y no desde 1996. Por ello, solicitará a la Caja Popular el crédito para abonar la diferencia que exige la Anses, pero lo hará bajo protesta con el fin de cuestionar en sede administrativa o judicial esa pretensión.
Un solo juez, Antonio Barrozo, vocal de la sala VI de la Cámara del Trabajo, anticipó a LA GACETA que gestionará un crédito personal ante la Caja Popular de Ahorros, pero lo hará bajo protesta. "La intangibilidad de los haberes de los magistrados, garantía prevista por la Constitución nacional, rige tanto cuando nos desempeñamos en forma activa como cuando pasamos a la faz pasiva. Aunque accederé al préstamo concedido, en forma paralela concretaré los planteos administrativos o deduciré las acciones judiciales correspondientes con el fin de que me devuelvan lo que, por medio de este crédito, desembolsaré a la Anses. Algún día me darán la razón", explicó.
Para que los magistrados tucumanos puedan iniciar los trámites jubilatorios para percibir el 82% móvil, la Anses exige que, previamente, cancelen las diferencias de aportes individuales que se generaron entre 1996 y 2006, cuando no regía la movilidad de haberes. Entonces, cuando se retiraban, los jueces cobraban hasta un determinado tope. Como contrapartida, aportaban sólo el 7% o el 11% (sobre ese tope), según si estaban enrolados en el sistema de capitalización o en el de reparto, respectivamente. Ahora, la Anses pretende que desembolsen el 12% sobre los haberes mensuales que cada uno percibió entre 1996 y 2006.
Barrozo considera que la posición de la Anses es errónea. Se basa en el precedente sentado por la sala I de la Cámara Federal de la Seguridad Social, cuando declaró que el juez tucumano Marcelo Mendilaharzu estaba incluido en las disposiciones de la Ley 24.018. En la oportunidad, el tribunal dispuso: "imponer cargos al demandante (Mendilaharzu), en caso de existir diferencias por los montos que debió haber realizado, a partir de la vigencia del convenio de transferencia".
El vocal de la Cámara del Trabajo sostiene que el reajuste de los haberes previsionales debe hacerse a partir del año pasado, cuando la Nación y la Provincia firmaron el acta que posibilitó que los jueces sean incluidos en la Ley 24.018, y no desde 1996. Por ello, solicitará a la Caja Popular el crédito para abonar la diferencia que exige la Anses, pero lo hará bajo protesta con el fin de cuestionar en sede administrativa o judicial esa pretensión.
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