Marcelo Corazza fue absuelto en la causa por corrupción de menores

El ganador de la primera edición de Gran Hermano había llegado al debate acusado de asociación ilícita, corrupción de menores y exhibiciones obscenas.

MARCELO CORAZZA. El productor fue absuelto en la causa por corrupción de menores.
MARCELO CORAZZA. El productor fue absuelto en la causa por corrupción de menores.
Hace 4 Hs

Resumen para apurados

  • El Tribunal Oral Federal 3 absolvió a Marcelo Corazza de los cargos de corrupción de menores y asociación ilícita por prescripción de la causa y falta de pruebas suficientes.
  • La fiscalía desistió de acusar al productor tras evaluar los hechos. En el mismo juicio, la Justicia condenó al principal implicado a 22 años de prisión por trata de personas.
  • El fallo dispuso el cese inmediato de las restricciones y embargos sobre Corazza, concluyendo un proceso judicial de alto impacto mediático en la televisión argentina.
Resumen generado con IA

Marcelo Corazza, primer ganador del reality Gran Hermano en Argentina, fue absuelto en el juicio al que había llegado acusado de asociación ilícita, corrupción de menores de 18 años y exhibiciones obscenas. La Justicia dispuso, además, que le fueran levantadas la vigilancia mediante dispositivo electrónico, la prohibición para salir del país y el embargo que pesaba sobre sus bienes.

La decisión fue adoptada esta tarde por el Tribunal Oral Federal N° 3, que también condenó a Francisco Rolando Angelotti Notarbartolo a 22 años de prisión y a Raúl Ignacio Mermet a 10 años de cárcel.

En el mismo veredicto, los jueces absolvieron a Leandro Agustín Aguiar y Andrés Fernando Charpenet por los delitos de trata de personas y asociación ilícita, por lo que ordenaron que fueran puestos en libertad de inmediato.

Por qué absolvieron a Marcelo Corazza

Corazza fue absuelto por prescripción al declararse extinguida la acción penal en su contra en cuanto al delito de exhibiciones obscenas agravadas y promoción de la corrupción de menores en un caso. También fue absuelto en la acusación de asociación ilícita.

El mes último, durante su alegato, la fiscalía ya había decidido no acusar a Corazza. Ese pedido de absolución fue confirmado por el fallo del Tribunal Oral en lo Federal (TOF) N°3, integrado por los jueces Javier Ríos, Andrés Basso y Fernando Machado Peloni.

En el juicio, el Ministerio Público Fiscal estuvo representado por el fiscal general Patricio García Elorrio y el fiscal federal Nicolás Czizik.

“El fiscal García Elorrio consideró que ciertos hechos por los que estaba acusado Corazza estaban prescritos y, sobre otro más reciente, entendió que no estaba suficientemente probado. Entonces pidió su absolución”, explicaron los voceros consultados.

La condena a Francisco Angelotti Notarbartolo

Francisco Rolando Angelotti Notarbartolo fue condenado a 22 años de prisión como autor de los delitos de trata de personas, abuso sexual con acceso carnal y promoción de la corrupción de menores.

Fue hallado culpable del delito de trata en perjuicio de cuatro víctimas, tres de ellas menores. La imputación por este delito resultó agravada por haber mediado abuso de la situación de vulnerabilidad y la pluralidad de víctimas.

También fue condenado por abuso sexual con acceso carnal de tres víctimas, corrupción de menores de 18 años en dos casos y de menores de 13 respecto de una víctima, consignó el diario La Nación. 

A esto se sumó la condena por la tenencia de material de abuso sexual de menores: tenencia de representaciones de menores de 18 años dedicados a actividades sexuales explícitas o de sus partes genitales con fines predominantemente sexuales, entre las que se encuentran representaciones de menores de 13 años.

En tanto, se declaró prescripta la acusación en su contra por los delitos contra la integridad sexual de otras ocho víctimas y, en consecuencia, fue absuelto de esos cargos. Además, deberá pagar a cada una de las cuatro víctimas de trata el equivalente a veinte salarios mínimos vitales y móviles.

La situación de Raúl Mermet

Raúl Ignacio Mermet recibió una pena de 10 años de cárcel como partícipe necesario de trata de personas.  

Fue condenado por el delito de trata en el caso de una víctima y absuelto por extinción de la acción penal por prescripción en cuanto a la acusación de delitos contra la integridad sexual en cuatro casos.

Mermet deberá pagar un resarcimiento de veinte salarios mínimos vitales y móviles a su víctima.

Para Angelotti Notarbartolo, el representante del Ministerio Público Fiscal había solicitado la pena de 22 años de cárcel; para Aguiar, 11, y para los otros dos acusados, diez años de prisión.

El tribunal coincidió con la fiscalía al determinar la condena de Angelotti Notarbartolo y de Mermet, pero, como se consignó, absolvió a Aguiar y Charpenet.

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