Empleadas domésticas tendrán dos días libres esta semana: ¿me pagan si no trabajo?

Empleadas domésticas tendrán dos días libres esta semana: ¿me pagan si no trabajo?

Las trabajadoras de casas particulares tendrán un día extra de descanso. ¿Cuál es el regimen que aplica?

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El sector dará prestaciones según lo requieran los empleadores. El sector dará prestaciones según lo requieran los empleadores.
31 Marzo 2025

Esta semana tendrá un doble descanso para las empleadas domésticas, por lo que deberán prestar especial atención a la remuneración correspondiente a estos días. Además del feriado declarado nacional por el Gabinete de Ministros, hay una efemérides que les corresponde por exclusividad y que cambiará la modalidad de trabajo.

Trabajadores y trabajadoras de casas particulares tendrán una simulación de fin de semana durante los siguientes días. Lo mejor es que será una semana corta de trabajo para quienes no deban prestar servicios. El primero será el miércoles 2 de abril, feriado por el Día de los Veteranos y Caídos en la Guerra de Malvinas.

Pero la semana llega con sorpresa porque el 3 de abril fue declarado Día del Personal de Casas Particulares en conmemoración de la ley que se promulgó en 2013 en regulación de la actividad de este rubro. Los empleadores deberán tener en cuenta un pago extraordinario también para este día.

¿Me pagan si no trabajo los feriados?

El régimen de trabajo indica que el sueldo correspondiente a los feriados no debe quitarse, por más que los empleados no presten servicios. Además, en caso de trabajar, la remuneración debe contener un extra equivalente al 100% de las horas trabajadas; de ahí la idea del pago doble en feriados.

El Día del Personal de Casas Particulares fue declarado día no laborable sin pérdida de remuneración a nivel nacional para los empleados del sector. Por esto, las empleadas domésticas registradas que tengan el jueves libre recibirán el pago correspondiente a las horas de esa jornada.

El salario debe calcularse también con el pago doble por el feriado del 2 de abril, en caso de prestar servicios. Así lo establece la Ley de Contrato de Trabajo N° 20.744. Estas condiciones aplican independientemente de si cumplen tareas “por hora” o “sin retiro”.

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