
Un consumidor realizó una consulta al Instinto Nacional de Alimentos sobre un producto que encontró en góndolas. Ante la averiguación, la Administración Nacional de Alimentos, Medicamentos y Tecnología Médica (Anmat) decidió prohibir no solo la comercialización del producto, sino también su elaboración.
El aviso inició una serie de investigaciones protocolares que corresponden a los mecanismos que supervisan la calidad alimentaria. En un local se detectó un yogur griego que no cumplía con la normativa reglamentaria vigente, por lo que fue declarado ilegal.
Por qué el yogur griego fue declarado ilegal
La medida alcanza a productos de cualquier sabor, en cualquier presentación, lote y fecha de vencimiento, por carecer de Registro Nacional de Establecimiento (RNE) y Registro Nacional de Producto Alimenticio (RNPA), resultando ser en consecuencia productos ilegales.

La ausencia de este registro impide el correcto seguimiento del producto, así como también dar con su origen. Por esto, es imposible para Anmat determinar si fue elaborado en instalaciones que cumplan las reglamentaciones exigidas. Así, se prohibió la “elaboración, fraccionamiento y comercialización del producto”.
Qué yogur griego prohibió Anmat
La disposición abarca a los productos “Yogur griego”, marca CAPULI de cualquier sabor, en cualquier presentación, lote y fecha de vencimiento. El consumidor que dio aviso lo hizo por una consulta sobre el “Yogur griego, natural con stevia, marca Capuli, peso neto 160 gramos”. En consecuencia, se prohibió también el “Yogur griego sabor vainilla” de la misma marca.
Por tratarse de productos cuya procedencia no puede comprobarse de forma fehaciente, no podrán ser elaborados en ninguna parte del país, ni comercializados ni expendidos en el territorio de la República de acuerdo a lo normado por el Artículo 9°, inciso II de la Ley N° 18284. En consecuencia, ANMAT recomienda a la población no consumir los mencionados productos a fin de proteger la salud de los ciudadanos.