Cómo quedar exento del Monotributo de ARCA de marzo 2025

Cómo quedar exento del Monotributo de ARCA de marzo 2025

Esta medida busca aliviar la carga fiscal de los pequeños contribuyentes y fomentar la formalización de los contratos de alquiler.

Cómo quedar exento del Monotributo de ARCA de marzo 2025 Cómo quedar exento del Monotributo de ARCA de marzo 2025
27 Marzo 2025

En marzo de 2025, la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) estableció ciertos requisitos para que algunos monotributistas puedan quedar exentos del pago del Monotributo. Esta medida busca aliviar la carga fiscal de los pequeños contribuyentes y fomentar la formalización de los contratos de alquiler.

Para acceder a esta exención, los contribuyentes del Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (RS) deben cumplir con ciertos requisitos establecidos en la Resolución 5546/2024. Entre los criterios considerados se encuentran:

Requisitos 

Estar inscriptos en el Régimen Simplificado y poseer hasta dos inmuebles en alquiler.

No estar registrados en otras actividades dentro del Monotributo.

Tener los contratos de alquiler debidamente registrados en el Registro de Locaciones de Inmuebles (RELI).

Estos requisitos buscan garantizar la transparencia en el mercado inmobiliario y asegurar que los monotributistas que acceden a esta exención cumplan con las normativas fiscales vigentes. Es importante que los interesados consulten periódicamente las actualizaciones oficiales de ARCA para mantenerse informados sobre posibles modificaciones en los criterios de exención.

Cuáles son las categorías del monotributo en marzo 2025

Las categorías del Monotributo para marzo de 2025 se encuentran definidas en función de la facturación anual del contribuyente:

Categoría A: hasta $7.813.063,45

Categoría B: hasta $11.447.046,44

Categoría C: hasta $16.050.091,57

Categoría D: hasta $19.926.340,10

Categoría E: hasta $23.439.190,34

Categoría F: hasta $29.374.695,90

Categoría G: hasta $35.128.502,31

Categoría H: hasta $53.298.417,30

Categoría I: hasta $59.657.887,55

Categoría J: hasta $68.318.880,36

Categoría K: hasta $82.370.281,28

Es fundamental que los monotributistas revisen su facturación anual para asegurarse de estar correctamente categorizados y evitar inconvenientes con la Administración Tributaria. 

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