La Justicia avaló la decisión de un niño que rechaza volver a vincularse con su abuela

La Justicia avaló la decisión de un niño que rechaza volver a vincularse con su abuela

El fallo de la Cámara de Apelaciones en lo Civil en Familia y Sucesiones respeta las normas de los Derechos de las criaturas.

La decisión de un niño de rechazar un proceso de revinculación con su abuela, quien había solicitado retomar el contacto con él, fue preponderante para que los vocales de la Sala I de la Cámara de Apelaciones en lo Civil en Familia y Sucesiones resolvieran darle la razón, preservando sus derechos y respetando sus tiempos tal como establecen los tratados internacionales.

El niño, de 11 años, había sufrido la muerte de su madre cuando era muy pequeño y vivía con su papá. Pero luego de unos años su abuela materna solicitó tener una revinculación con él. Sin embargo, el pequeño, luego de una serie de entrevistas realizadas por especialistas, rechazó el pedido aduciendo una serie de problemas que había vivido en ese lugar y aunque no habían sido protagonizados justamente por su abuela, prefería por el momento no retomar el diálogo.

Los vocales de la Sala, Eleonora Claudia Méndez y Hugo Felipe Rojas, decidieron priorizar la salud emocional del niño, y concluyeron que aún no se encontraba en condiciones para establecer la revinculación. El fallo, se informó, destaca el interés superior del niño como principio clave en los procesos familiares y resalta el valor del trabajo interdisciplinario para abordar las complejidades de estos casos.

El recurso fue presentado por la abuela del niño, quien no estaba conforme con la resolución de primera instancia, donde también se había rechazado la solicitud de fijar un régimen comunicacional. Según la presentación de la mujer, se vulneraba su derecho fundamental a mantener contacto con su nieto, protegido por la Convención sobre los Derechos del Niño. En ese sentido, ella argumentó que la falta de contacto estaba deteriorando el vínculo familiar.

Méndez, vocal preopinante, puso de manifiesto la necesidad de priorizar el bienestar del menor. “Hoy el niño se erige en mi principal preocupación. Desde ya, no desconozco el derecho que le asiste a la abuela, figura trascendental en la órbita familiar, empero, éste debe necesariamente conjugarse a la luz del interés superior de su nieto”, manifestó la jueza.

El fallo explicita también que, para tomar la decisión, se consideraron como determinantes los informes psicológicos y la voluntad del niño, quien había expresado claramente no estar listo para un reencuentro con su abuela. En palabras de la vocal Méndez: “el niño es quien deja la puerta abierta. Y ésta logrará abrirse cada vez más con ayuda de la terapia”. A partir de esta perspectiva, la jueza coincidió con la decisión tomada en primera instancia.

La sentencia dejó abierta la posibilidad de restablecer el vínculo en el futuro, bajo la condición de que los profesionales involucrados determinen que el niño está emocionalmente preparado para ello. “El tiempo del niño para sanar y avanzar es suyo y debe respetarse”, subrayó Méndez en su voto. “Esta resolución resalta la importancia de un enfoque interdisciplinario, demostrando que el abordaje de conflictos familiares va más allá de lo técnico y busca sanar vínculos en el tiempo que cada uno necesita”, dice el informe oficial.

Los jueces destacaron que las decisiones sobre régimen comunicacional deben enfocarse en el interés superior del niño y requieren la intervención de profesionales que analicen aspectos emocionales y conductuales. “El principio no debe ser utilizado como un simple capricho del niño, pero en este caso, su voluntad está profundamente fundamentada y respaldada por los especialistas”, explicó la magistrada. Los informes psicológicos indicaron que el niño necesita continuar su tratamiento para procesar situaciones traumáticas del pasado, evitando cualquier situación que pueda desestabilizarlo emocionalmente. Además, el fallo enfatizó que estas resoluciones vinculadas a la comunicación son mutables y temporales y deben ser revisadas para asegurar el bienestar de los menores que puedan estar involucrados.

La Cámara también llamó a los adultos involucrados a actuar con responsabilidad, priorizando el bienestar del niño. La sentencia incluyó un mensaje dirigido al menor, en el que se destacó que la decisión respeta su deseo actual y que su abuela mantiene la puerta abierta para un eventual reencuentro cuando él se sienta preparado.

Comentarios