Los créditos hipotecarios experimentaron un fuerte crecimiento en los últimos meses, con el Banco Nación liderando la demanda. En este marco, la entidad anunció mejoras significativas en sus líneas de crédito, ampliando la cobertura para que más personas puedan acceder a la vivienda propia.
Con el objetivo de hacer más interesantes los préstamos para sus clientes y no clientes, el Banco Nación redobló la apuesta y cambió una de las principales condiciones. Desde la entidad bancaria decidieron que la cobertura del préstamo para vivienda ya no sea solo para el 75% de la compra, refacción o construcción, y ascienda al 90% del valor total de la casa.
Banco Nación: cuál es el plazo para pagar el crédito hipotecario
Respecto a los plazos a pagar el crédito hipotecario, el Banco Nación establece que hay que considerar los siguientes puntos:
- Para adquisición o cambio de vivienda, el plazo podrá ser de cinco, 10, 15, 20, 25 o 30 años.
- Para construcción, cinco, 10, 15, 20, 25 o 30 años a contar a partir del primer desembolso.
- Para ampliación, refacción o terminación, podrán ser cinco,10 o 15 años a contar a partir del primer desembolso.
El crédito hipotecario que dispone el Banco Nación para destinarlo a la adquisición o construcción de una vivienda es en formato UVA (Unidades de Valor Adquisitivo), esto significa que se actualiza en base al índice de precios al consumidor, monto que puede consultarse a diario en la página del Banco Central.
Los principales puntos que hay que tener en cuenta son los siguientes:
- Se maneja en formato UVA (Unidades de Valor Adquisitivo): se actualiza en base al índice de precios al consumidor
- El precio de UVA se consulta de acuerdo a lo que informa a diario el BCRA
- Las cuotas se liquidan de forma mensual y del sistema francés
- El monto máximo a solicitar es cercano a $335 millones de o U$S 250.000
Los requisitos principales que debe cumplir quien solicita el crédito hipotecario en el Banco Nación son los siguientes:
Antigüedad laboral mínima:
- Empleados en relación de dependencia, en planta permanente: se deberá acreditar una antigüedad laboral no menor a un año.
- Contratados: como mínimo cuatro años de antigüedad con contrato vigente.
Autónomos:
- Inscriptos en Ganancias: dos años en el ejercicio de la profesión u oficio a partir de la presentación de la primera DDJJ de ganancias. En el caso de que en dicho período el usuario hubiere modificado su condición de Monotributista a Responsable Inscripto y no posea un año en la actual categoría, se considerará la menor.
- Monotributistas: dos años de antigüedad en la profesión u oficio a partir de la inscripción en el monotributo y un año en la categoría. En el caso de recategorización y no poseer un año en la actual categoría, se considerará la menor.