Diputados: la oposición pide una sesión para antes del cierre de ordinarias sobre ludopatía y ciberapuestas

Diputados: la oposición pide una sesión para antes del cierre de ordinarias sobre ludopatía y ciberapuestas

En el marco de un popurrí de sesiones que se piden, en el marco de un fin de año sumamente agitado, diputados de cinco bloques formularon el pedido con el objetivo de conseguir la media sanción en 2024.

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Luego del dictamen obtenido la semana pasada en un plenario de cinco comisiones, y en una carrera contrarreloj de cara al cierre del período ordinario, un sector de la oposición pidió una sesión especial para tratar la ley de prevención de ludopatía y regulación de juegos de azar y apuestas en línea.

El pedido fue formulado por un grupo de diputados de varios bloques, encabezados por la diputada de la Coalición Cívica Mónica Frade, quien presidió el plenario que debatió todo este año el tema y alcanzó a firmar dictamen el miércoles pasado. La convocatoria es para el miércoles 27 de noviembre a las 12.

Firman el pedido elevado al presidente del Cuerpo, Martín Menem, la citada Mónica Frade y sus compañeros de bloque Maximiliano Ferraro y Juan Manuel López; el santacruceño Sergio Acevedo; Mónica Fein, Margarita Stolbizer, Nicolás Massot, Esteban Paulón y Oscar Agost Carreño, por Encuentro Federal.

Por Democracia para Siempre están Pablo Juliano, Facundo Manes, Carla Carrizo, Marcela Antola, Danya Tavela, Fernando Carbajal, Marcela Coli y Jorge Rizzotti; y por la izquierda, Mónica Schlotthauer.

Hay dos dictámenes sobre este tema, el de mayoría firmado por los bloques Unión por la Patria, Encuentro Federal, la Coalición Cívica y la izquierda, que prohíbe el acceso de niñas, niños y adolescentes menores de 18 años a sitios y plataformas de juegos de azar y apuestas, de pronósticos y apuestas deportivas en línea.

El elemento diferenciador entre uno y otro dictamen está en el dictamen de mayoría en el artículo 8°, referido a la prohibición de la publicidad, promoción y patrocinio. Es muy extenso el detalle de las prohibiciones, comenzando por la publicidad, promoción y patrocinio de los juegos de azar, de pronósticos y apuestas deportivas y de apuestas en línea. Quedan comprendidas las plataformas y redes sociales a través de internet, las tecnologías de la información y la comunicación, la comunicación audiovisual, la publicidad exterior, la cartelería en la vía pública o en espacios privados de uso público, medios de difusión gráfica, radiales, televisivos, emplazamiento del producto, podcast o cualquier otro medio de comunicación actual o que surja en el futuro.

Quedan prohibidos los bonos de bienvenida de juegos de azar y apuestas en línea, como también el auspicio de equipos deportivos o deportistas en forma individual, utilizar su marca o denominación comercial para identificar a una instalación deportiva, estadios, academias deportivas, centros recreativos, espacios públicos, centros de entrenamiento, la promoción de pronósticos deportivos y la colocación de cartelería fija o digital en los campos de juego y estadios. También su difusión en festivales o recitales artísticos o musicales y eventos culturales en general.

El otro dictamen fue apoyado por el Pro, La Libertad Avanza y el bloque UCR. En su artículo 3° establece la prohibición del acceso y la permanencia de las niñas, niños y adolescentes menores de dieciocho años a plataformas digitales y sitios de juego de azar y/o  apuestas en línea.

El artículo 6° refiere las prohibiciones, que en este caso alcanza “toda publicidad, promoción y patrocinio de juegos de azar y/o apuestas en línea y de agencias y/o plataformas de juegos de suerte, envite, azar y/o apuestas en línea, tanto de forma directa como indirecta, a través de cualquier medio de difusión o comunicación”.

Se deja claro que en ningún caso los programas de fidelización de clientes, membrecías especiales, o similares, podrán incluir premios o beneficios en sumas de dinero o créditos de cualquier tipo, que permitan al beneficiario iniciar o continuar los juegos de azar abarcados por la presente ley.

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