Como parte de las nuevas regulaciones, la Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses) informó que un grupo de beneficiarios podría perder su prestación en caso de no cumplir con un requisito. La medida fue informada el mes pasado e impactará a partir de enero del año próximo.
El requisito para conservar la prestación es mantenerse en territorio argentino o, por lo menos, no ausentarse por períodos demasiado extensos. Para conservar el pago mensual, los titulares no podrán estar fuera de Argentina por períodos superiores a 90 días corridos.
Cómo funcionará la quita del beneficio de Anses
Para asegurarse de que los prestatarios permanecen en Argentina, Anses utilizará la información remitida por la Dirección Nacional de Migraciones, en el marco de los convenios vigentes entre ambos organismos. En caso de comprobar la ausencia, se procederá a la suspensión.
La interrupción de la prestación no será definitiva. Quienes sean alcanzados por ella por permanecer en el exterior podrán solicitar que se reactive el pago. Para ello, deberá demostrar "fehacientemente que se encuentra nuevamente residiendo en el país".
Además, quienes no se encuentren en Argentina y residan en otros lugares, pero cobren prestaciones de Anses, deberán justificar su situaciones. Para quienes no lo hagan, se procederá con el esquema.
Beneficiarios de Anses que no deberán realizar el trámite de reingreso
Según el sitio web de ANSES, las personas que viajen a estos países quedan eximidas de realizar el trámite debido a que existen convenios de reciprocidad:
- Brasil
- Chile
- Uruguay
- Paraguay
- España
- Italia
- Portugal
- Grecia
- Estados Unidos
- Países Bajos
- República de Colombia
- Eslovenia