La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) oficializó la prórroga del vencimiento de la primera cuota del Impuesto a las Ganancias. En respuesta al pedido de los tributaristas se extendió el pago del anticipo de Ganancias y Bienes personales, que impacta en los autónomos.
La decisión se adoptó a través de la Resolución General 5584/2024, publicado hoy en el Boletín oficial. En los considerandos, la AFIP aseguró que esta extensión se dio en carácter de "excepción" para cumplir la obligación de ingreso el primer y segundo anticipo de Ganancias y sobre los Bienes personales, que corresponde al período fiscal 2024.
"Debido a razones de administración tributaria a efectos de facilitar el cumplimiento de las obligaciones fiscales de los contribuyentes y responsables, resulta aconsejable extender hasta el 25 de octubre el plazo para el ingreso del primer anticipo del impuesto a las ganancias", se explicó en la resolución.
Así quedó el calendario de pagos
Primer Anticipo
Terminación CUIT: 0 a 9
Fecha de vencimiento 25/10/2024
Segundo anticipo
Terminación CUIT - Fecha de vencimiento
0,1,2 y 3
Fecha de vencimiento: 13/11/2024
4,5 y 6
Fecha de vencimiento: 14/11/2024
7, 8 y 9
Fecha de vencimiento: 15/11/2024
Además, la AFIP aclaró sobre el primer anticipo de Ganancias, que no se encontrarán habilitados el débito automático y el pago telefónico mediante tarjetas de crédito, ni la opción de débito a través de cajeros automáticos.
Cabe recordar que el anticipo de Ganancias para autónomos se estima en función de la liquidación anterior del impuesto y sobre ello se establecen 5 cuotas mensuales del 20%. Al finalizar el período se completa el saldo en función del impuesto determinado para el período actual.