Ley jubilatoria: plan de deuda previsional

Ley jubilatoria: plan de deuda previsional

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A través de la Ley 27705 de moratoria previsional y dentro del capítulo para trabajadores activos, existe la posibilidad de regularizar la deuda previsional de modo que la persona llegada a la edad jubilatoria, ya cuente con los años de aportes necesarios para acceder al beneficio previsional.

Trabajadores activos

Los trabajadores activos que hoy estén a 10 o menos de 10 años de cumplir la edad jubilatoria, 60 las mujeres y 65 los hombres y, ya saben que al cumplir la edad les faltará años de aportes, pueden, adhiriéndose a la Ley 27705 completar los años de aportes que ya saben que les faltará para completar los 30 mínimos requeridos para la jubilación ordinaria.

Requisitos:

- Mujeres tener entre 50 y 59 años de edad

- Hombres tener entre 55 y 64 años de edad

- Estar activos aportando al sistema previsional

- Saber que a la edad jubilatoria no tendrán los 30 años de aportes

Podrían en este momento y hasta antes de marzo del año 2025 (fecha de caducidad de la ley), completar los años de aportes que ya saben que les faltará al momento de jubilarse. Quien no lo haga pudiendo hacerlo ahora, o quien cumpla la edad mínima exigida después de la derogación (en caso de que la Ley 27.705 sea efectivamente derogada), solo le quedará como alternativa trabajar más tiempo o acogerse a la PUAM y percibir el 80% del haber mínimo previsional.

Análisis de cada caso

Cada caso amerita un tratamiento particular, dado que es preciso analizar la historia laboral de la persona, saber con certeza cuantos años de aportes posee hasta la actualidad, reunir la documentación laboral que acredite estos años trabajados y aportados hasta este momento y computar desde ahora y hasta la edad jubilatoria cuantos años más de aportes sumará el trabajador. Considerando que llegada la edad de jubilación no tendrá los 30 años de aportes mínimos para acogerse a la jubilación, y mediante la adhesión a la mencionada ley, hoy podrá completar los años de aportes faltantes y abonarlos. El abogado/a a cargo de la gestión debe ocuparse no sólo de armar el expediente, sino de sacar el turno, realizar la presentación y definir el tiempo a completar y pagar por el titular del expediente.

Impacto social

Se trata de una moratoria novedosa, que da la posibilidad a los trabajadores activos de, a través del plan de deuda previsional, completar los años de aportes que ya sabe que le faltarán; si bien es cierto es mucho más onerosa que otras moratorias y el trabajador debe realizar una doble imposición de aportes, es decir los aportes mensuales que realiza por su actividad, más los aportes para ponerse al día con los años que le faltarán, la realidad es que por primera vez en nuestro sistema previsional se otorgó esta posibilidad a los trabajadores y saber que la ley caducará en marzo de 2025, dejará a muchos de ellos sin la posibilidad de completar años de aportes y al mismo sistema sin la posibilidad de generar mayor recaudación previsional.

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