El veto del presidente, Javier Milei, a la ley demovilidad jubilatoria aprobada la semana pasada por el Senado ya ingresó en Diputados, por lo que se activarán desde ahora los pasos para ver si el Congreso logra insistir con el proyecto.
La primera oposición formal del jefe de Estado a una ley sancionada fue publicada ayer en el Boletín Oficial. A pesar de que se especulaba con un veto parcial, se trató finalmente de un rechazo total.
El poder de veto es una prerrogativa que la Constitución nacional le concede al presidente de la Nación, que puede ejercerla para todo tipo de leyes, salvo una ley de convocatoria a una consulta popular vinculante, o una ley aprobada por el pueblo en el marco de una consulta popular vinculante.
Esa posibilidad figura en la Constitución Nacional, precisamente en el artículo 83, que dice: “Desechado en el todo o parte un proyecto por el Poder Ejecutivo, vuelve con sus objeciones a la cámara de su origen; ésta lo discute de nuevo, y si lo confirma por mayoría de dos tercios de votos, pasa otra vez a la cámara de revisión. Si ambas cámaras lo sancionan por igual mayoría, el proyecto es ley y pasa al Poder Ejecutivo para su promulgación. Las votaciones de ambas cámaras serán en este caso nominales, por sí o por no; y tanto los nombres y fundamentos de los sufragantes como las objeciones del Poder Ejecutivo, se publicarán inmediatamente por la prensa. Si las cámaras difieren sobre las objeciones, el proyecto no podrá repetirse en las sesiones de aquel año”.
Ahora, ante el veto total, las cámaras no tienen plazo para rechazar el veto. El veto se comunica a la Cámara de origen del proyecto, por lo que recayó en Diputados. En este caso será analizado por las comisiones que lo trataron oportunamente, porque requiere que resuelvan para ir al recinto. Que vaya a comisiones, no obstante, no implica que se pueda modificar nada; solo se trata de aceptar el veto, o de insistir.
La Cámara de origen
El proyecto llegará entonces al recinto de la Cámara de origen, Diputados en este caso, donde debe conseguir los dos tercios de los votos de los presentes para rechazar el veto y que siga su recorrido. Para frenar cualquier intentona en la Cámara Baja, Milei necesita reunir 77 voluntades.
En caso de que se pase el filtro de Diputados, el proyecto insistido volverá al Senado. Allí. Si consigue dos tercios de los presentes, el Poder Ejecutivo está obligado a promulgarlo. En cambio, si en una de las dos Cámaras no cuenta con los dos tercios, el proyecto no puede volver a tratarse en las sesiones de ese año, y se mantiene el veto.
Rechazos
“El Presidente vetó el aumento a los jubilados sancionado por ley en el Congreso. El gobierno les está negando un aumento de la mínima equivalente a tres kilos de carne picada al mes. O a tres cajas de ibuprofeno al mes. O a cuatro kilos de yerba al mes. Ante un Gobierno insensible, los argentinos no podemos darle la espalda a nuestros jubilados. Tenemos que insistir con la ley en defensa de nuestros adultos mayores”, expresó el presidente de la UCR, el senador Martín Lousteau.
En tanto, el jefe de bancada del Movimiento de Integración y Desarrollo (MID) - bloque aliado al oficialismo-, Oscar Zago, ratificó que trabajarán para que el Congreso no insista con la reforma jubilatoria.
“Había formas y formas ¿O ustedes creen que el Gobierno tiene ganas de vetar por vetar? El Presidente quiere llevar buenas noticias. Hay que tener más diálogo entre el Congreso y el Ejecutivo y falta aceitar ese vínculo porque a Milei le cuesta la rosca política y no le gusta”, agregó Zago.