La necesidad de tener una Justicia más cercana al ciudadano y que los jueces se involucren en la resolución de los problemas fueron dos de los tópicos que más sobresalieron en las dos jornadas del Congreso de Derecho Procesal que, organizado por la Facultad de Derecho de la UNT y la San Pablo T, se llevó a cabo en Tucumán. En diálogo con LA GACETA, tres de los principales expositores, el profesor Alan Uzelac, catedrático de la Universidad de Zagreb, Croacia, Eduardo Oteiza, presidente de la Asociación Internacional de Derecho Procesal y Claudia Sbdar, vocal de la Corte Suprema de Justicia de Tucumán y directora del Instituto de Derecho Procesal de la Facultad de Derecho profundizaron sobre estas ideas.
-Hay cambios vertiginosos que se están viendo en todo el mundo y muchos están relacionados con los derechos del ciudadano. ¿Cómo están analizando ustedes esta situación?
Uzelac: El mundo está cambiando y lo que la ley solía ser en el siglo XIX y XX simplemente no es suficiente para el siglo XXI. La gente ahora espera una justicia rápida, posible. Todos desean tener una ley, como cualquier otro servicio público, disponible alrededor del tiempo, y la vida se vuelve cada vez más difícil, más compleja. Los temas legales son más complejos y esto da muchos desafíos a la Justicia. Necesitamos encontrar nuevos paradigmas, nuevos modelos. Primero, reinventar el papel de la justicia y, segundo, comunicarse con la gente. Y la mayoría de las reformas actuales están dirigidas en esa dirección, en cómo hacer la justicia más rápida, pero también más abierta, más explicada a la gente. Pero la Justicia tiene un problema de confianza pública. La gente no piensa que está haciendo su trabajo bien. Entonces, ¿qué hacer? Sobre eso debemos trabajar mucho.
Oteiza: Yendo a lo local, creo que es absolutamente indispensable para las sociedades que haya una justicia. No puede entenderse un derecho si no hay ante quién reclamarlo. En la base, el derecho procesal es eso, es un mecanismo de protección. Que es tan importante que, en general, todas las constituciones hacen referencia, incluso nuestra constitución histórica, al derecho a tener una protección judicial o garantía judicial. Es reconocer que no tengo derechos y no tengo garantías. Ahora, esta obviedad no siempre integra la discusión social en la Argentina. El derecho procesal y la Justicia han sido una cuestión de segundo rango. Los poderes judiciales son poderes de segundo rango en la cultura general. Y esta creencia social tan fuerte ha generado mucha debilidad en los poderes judiciales. Y también en la ley. Porque hay razones para entender que si no tengo protección, la ley vale poco. Parte de la anomia que se vive en la Argentina es la falta de preocupación por contar con poderes judiciales creíbles, transparentes, eficientes, que realmente den respuesta a la gente. Si uno tiene poderes judiciales fuertes también tiene control. Y a nosotros nos gusta en algún punto que prime la fuerza. Hay falta de respeto institucional. Y el derecho es eso. Es una institución que se respeta.
Sbdar: Todas las convenciones internacionales de derechos humanos prevén el derecho a ser oído y a transitar por el debido proceso. Entonces, esa regla que es un derecho humano fundamental, que también está recogido en las constituciones locales, en nuestra constitución, en el artículo 18. Ahí cobra muchísima vigencia y fuerza el derecho procesal, o sea, el proceso, porque no hay una garantía de defensa en juicio más fuerte o que se pueda efectivizar sino a través del debido proceso, es decir que cuando una persona toca las puertas del Poder Judicial estas se abran, que transite en los tiempos razonables el proceso, que sea bilateral, que se escuche a ambas partes, que haya igualdad en correlación a las partes, que todas las pruebas que sean admisibles se puedan tramitar, que exista el derecho a una sentencia oportuna y una sentencia fundada, que la ciudadanía entienda por qué se decide de un modo o de otro. Es una herramienta que está en la mano de todo ciudadano y toda ciudadana para poder garantizar sus derechos. La misión esencial que en definitiva tienen los poderes judiciales es pacificar, hay que pacificar la sociedad con decisiones fundadas, razonables, en tiempo oportuno porque cuando eso no es así, genera reacción e irritación en la sociedad.
-El cambio del escriturismo a la oralidad tiene mucho que ver con eso...
Oteiza: No podíamos seguir mandándonos cartas, pero reacciono frente a cierta simplicidad que significa discutir si tiene que haber un proceso oral o escrito. Esas son discusiones reduccionistas. Uno de los mayores problemas que hay, y que Tucumán está en vía de solucionarlo, es cierto feudalismo en los juzgados. Uno de los mayores problemas que trajo consigo la escritura es que el juez se transformó en un administrador de mucha gente. ¿Qué significa esto? En que en lugar de recibir a la gente, resolverle los problemas, esté rodeado de un marco de protección y a la vez genere conductas de poder. Yo soy el jefe. No, usted no es el jefe, usted es juez. Y como juez tiene que resolver los problemas de la gente. Esto ha hecho un daño enorme en la Argentina. En Alemania me impresionó la actitud de los jueces, que recibían a la gente con total naturalidad y que interactuaban y hablaban con la gente. A nosotros nos cuesta asumir esto. Y nos cuesta asumir porque ha habido una cultura que ha educado esto. En ese sentido, me parece que la reforma tucumana es absolutamente muy importante. Pero no hay que traicionarla, porque esto también se ve mucho. Se ve que aparece el cartel de ahora tenemos oralidad, hemos avanzado, y después no se aprueban las partidas presupuestarias.
Sbdar: A mí me parece un acierto el cambio del predominio de la escrituralidad al predominio de la oralidad, porque no hay escritura pura, ni hay oralidad pura. Ese cambio efectivamente transita y necesita de un cambio cultural. Un cambio cultural en jueces y juezas, empleados y empleadas, funcionarios y funcionarias, y abogados y abogadas que litigan. En Tucumán tuvimos la suerte de arrancar con un proceso de instalación o de implementación de oralidad sin Código. Entonces trabajamos allá por el 2018 fuertemente en un proyecto, en un programa con el Ministerio de Justicia de la Nación, e hicimos numerosos debates, hicimos mesas, paneles, talleres, capacitaciones. Y tuvimos la muy buena experiencia que es contraria a la regla natural, que se sancionan las leyes y se ponen en práctica y empiezan los ajustes. Nosotros hicimos la práctica, hacíamos puestas en escena de oralidad donde un juez hacía de el secretario, el secretario hacía de parte y la verdad es que se instaló la cultura de la oralidad sin el código. Y después se trabajó fuertemente en el proyecto del Código.
-¿Cuánto puede influir la Inteligencia Artificial en los procesos del derecho?
Uzelac: La inteligencia artificial está actualmente penetrando en todas las esferas de la vida y en muchos sistemas privados de decisiones. ¿Puede quedarse tradicionalmente? Se debe incorporar algunos beneficios de la inteligencia artificial en las prácticas tradicionales Y, como siempre, la judicatura es lenta y conservadora, y en Europa en particular hay muchas personas que hablan de la justicia como una actividad humana que no puede tener la inteligencia artificial incorporada, pero creo que estas voces principalmente vienen de personas que no quieren ver ningún cambio. La judicatura ahora procesa miles y miles de casos de naturaleza muy diferente Algunos de ellos son tan simples que veo que la inteligencia artificial pronto hará la mayoría del trabajo. Muchos grandes estudios ahora no contratan más jóvenes abogados para hacer análisis de casos, usan la inteligencia artificial, con buenos y malos lados. La inteligencia artificial puede ser usada como herramienta. En cualquier caso, estará ahí pero necesitará siempre supervisión. No podremos escapar de la IA y tampoco podremos reemplazar a los juzgados por ella.