Un pedido de recusación y los chats que originaron la discusión entre una jueza y un fiscal
Tras el incidente entre la jueza Carolina Ballesteros y el fiscal Carlos Picón, este último solicitó la recusación de la magistrada, pero el Tribunal del Colegio de Jueces y Juezas de la Provincia de Tucumán, integrado por la jueza Isolina María Apas Pérez de Nucci y el juez Guillermo José di Lella, decidió rechazarla, por lo que Picón insistió en con el planteo alegando un grave daño profesional y personal por lo sucedido.
Según Picón, lo sucedido en la audiencia virtual tuvo como origen una serie de mensajes anteriores. En su escrito indicó que “el 28/06/2024 tuve a mi cargo, por encontrarme de turno, la realización de un megaoperativo (46 allanamientos, múltiples detenciones y secuestros de distintos bienes) (...) el cual se trataba de un proveniente de un juez de la provincia de Córdoba, y, en el que intervino la Dra. María Carolina Ballesteros como jueza exhortada, también por encontrarse de turno”. “Ahora bien -continúa Picón-, durante la realización de las medidas, es necesario resaltar, que siendo hs 07.13 de la mañana del día 28/06/2024, es que recibo una llamada a mi teléfono celular desde el teléfono celular de la magistrada Dra. María Carolina Ballesteros, mediante WhathsApp, la cual me fue imposible atender, por estar precisamente en ese momento, en presencia de la culminación de uno de los allanamientos que había iniciado en simultaneidad con los otros 45 restantes ordenados, por la nombrada jueza, más otros 25 allanamientos en la provincia de Córdoba (simultáneos). Para luego desencadenar en un intercambio de mensajes con la Sra. jueza recusada, que a continuación expongo”.
La transcripción de los mensajes es la siguiente:
A hs 07:14 recibo un mensaje de la Dra. Ballesteros a través de WhatsApp
conel siguiente texto:
“Tenes alguna declinatoria más?”; a lo que contesto lo siguiente a hs. 08:11:
“Hola Caro. Perdón. Por ahora no. Cualquier cosa te aviso”
“Gracias”.-
A hs. 08:13 recibo mensajes de la Dra. Ballesteros a través de WhatsApp con
el siguiente texto: “Por lo menos podrías tener la deferencia o de contestar el teléfono o devolver la llamada”
“Está bien Gracias”
A lo que contesto lo siguiente a hs. 08:13:
“Estoy en allanamiento Carolina. Por eso no puedo atender”.
Recibo nuevamente mensajes de la Dra. Ballesteros a través de WhatsApp con el
siguiente texto:
Esta bien Carlos A hs. 08:13: Depende a quien todo bien A hs. 08:14
A partir de ahora nos manéjanos x escrito A hs. 08:14:
Saludos
A lo que contesto lo siguiente a hs. 08:14:
“No entiendo por qué pero ok”
Siendo hs 08:19 recibo el siguiente mensaje de la Dra. Ballesteros, con
respuesta enlazada al mensaje que yo remití: “Estoy en allanamiento Carolina”, con
el texto que se expresa a continuación:
“Mira. Yo soy la jueza que ordenó el exhorto no cualquiera a quien le vengas
a decir “estoy en allanamiento carolina” como si yo fuera minita o amante.
Soy la jueza que te dio la orden xa cumplir con el allanamiento.”
A hs 08:20 recibo el siguiente mensaje de la Dra Ballesteros:
“x eso por escrito de ahora en adelante.”
“x ese exhorto es responsabilidad mía tmb”
Por mi parte, a hs 08:20, enlazo como respuesta a su mensaje: -“Mira. Yo soy la
jueza que ordenó el exhorto no cualquiera a quien le vengas a decir “estoy en
allanamiento carolina” como si yo fuera minita o amante. Soy la jueza que te
dio la orden xa cumplir con el allanamiento.” el texto que escribo a continuación:
“Un exceso total el suyo Dra”.
A hs 08:21 recibo el siguiente mensaje de la Dra. Ballesteros:
“El suyo Dr”. Por mi parte, a hs 08:21 respondo: “Ok Dra.”
Continúa la Dra. Ballesteros:
“Acá se termina la conversa”
(se eliminó este mensaje) conversación”
Siendo hs. 08:21 recibo el siguiente mensaje de la Dra. Ballesteros, con respuesta
enlazada al mensaje que yo remití: “ok Dra.”, con el texto que se expresa a
continuación: “S.S. Como corresponde. No dra.”.
"Empleado suyo"
Picón luego se pregunta por qué una magistrada debería mandar ese tipo de mensajes, y se contesta: “Porque evidentemente sus emociones, carácter o temperamento, invadieron injustificada e incontrolablemente su razón, equilibrio, templanza y prudencia, en tanto surge clara, de la redacción del mismo y su reacción, que me define en su ser interno como un ‘empleado suyo’ que obligatoriamente debía recibir esa llamada, y, al no ocurrir esto por las razones mencionadas, su che pibe’, por llamarlo de alguna manera y dispénsenme la coloquialidad, ‘no obedeció’”. Y afirmó: “La Dra. Ballesteros escribió lo que quiso escribir, esto es, que en su fuero interno se encuentra plenamente convencida y da por hecho que este fiscal tiene ‘minita o amant´’ y que a esa ‘minita o amante’ la trato como a la magistrada, al no responder su llamada inmediatamente. Esa y no otra es la visión de la Dra. Ballesteros respecto de mi persona. Eso es lo que ve y vería en mí la Sra. jueza en audiencias y juicios orales en los que intervenga este fiscal o la Unidad Fiscal que titularizo”. E involucró además a la cuestión de género. “Sí, porque pareciera que la violencia moral o psicológica y más aún en el ámbito laboral, es patrimonio exclusivo del hombre. Pareciera que si provienen de una mujer, no lo es. Pero en el caso particular además de la violencia moral en contra de este fiscal por parte de la Sra. jueza recusada, se hizo un desmedido abuso de autoridad, cargo y poder que posee la magistrada en relación a este Fiscal, o al menos esa y no otra fue su clara intención, y durante el ejercicio de sus funciones”, afirmó. “Expongo ante este Tribunal, la posibilidad de poner fin a la gratuidad injusta y desmedida de ser ofendido en el buen nombre y honor. La dignidad, integridad e intimidad de cada persona, merecen el más inquebrantable de los respetos. Y en el particular pareciera que por ser frecuente tolerar el insulto, la descalificación, la desacreditación, la difamación, la humillación, se debiera minimizar o naturalizar”, dijo, antes de reiterar el pedido de recusación contra la magistrada.