Nominación a la Corte Suprema: una por una, las principales respuestas de Ariel Lijo en el Senado

Nominación a la Corte Suprema: una por una, las principales respuestas de Ariel Lijo en el Senado

El magistrado se presentó ante la Comisión de Acuerdos y respondió a las inquietudes de los parlamentarios.

EN EL SENADO. Lijo defendió su postulación al máximo tribunal. EN EL SENADO. Lijo defendió su postulación al máximo tribunal. Foto tomada de X/@SenadoArgentina.
21 Agosto 2024

El juez Ariel Lijo defendió este miércoles ante la Comisión de Acuerdos del Senado su postulación a la Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN). El magistrado respondió a una serie de preguntas formuladas por los parlamentarios.

La utilización del Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU), la ampliación del máximo tribunal y los cambios en la Justicia, fueron algunos de los temas que abordó el titular del Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Federal N°4.

- ¿Cuál es su posición respecto de una ampliación de la Corte de Justicia?

- Yo no tengo una posición tomada de cuántos miembros tiene que tener la Corte. Solo lo que le digo es que en la Argentina ha funcionado con distintas cantidades de miembros y en todos los sistemas la Corte funciona. Y los problemas no son derivados de la cantidad de miembros, que son cuestiones que debe evaluar el Parlamento respecto de la conveniencia o no de la cantidad de miembros y de la composición.

- ¿Cuáles serían las tres modificaciones más importantes para mejorar el servicio que el Poder Judicial debe tener para con la sociedad argentina y para con las instituciones?

- La Corte puede mejorar el servicio imprimiendo acciones, sobre todo reasignando recursos y superintendencia. Me parece que las grandes transformaciones son en conjunto del Poder Judicial y del Poder Legislativo, incluso del Poder Ejecutivo. Una de esas cuestiones es la de simplificar el acceso a la Corte a través de recursos ordinarios o bajando el nivel de litigiosidad. La segunda acción que debería encararse para mejorar el servicio de justicia es la de segmentar las posibilidades de respuesta ante las distintas categorías de conflictos. No puede ser que sigamos respondiendo a todos los conflictos con las mismas personas, los mismos métodos, los mismos tiempos y la misma estructura. Respondemos con los mismos elementos a una catástrofe ambiental o a un arrebato de un celular, o a un proceso que tiene que ver con la fijación de una cuota alimentaria, porque los conflictos no son solo penales.

- ¿Qué cambio propondría para el conflicto de la lentitud de la Justicia?

- Sobre los cambios respecto de la celeridad, no todos los casos son de una gravedad fenomenal, ni de crimen organizado ni de soborno transnacional. La gran mayoría de los casos que llegan a los tribunales, incluso la gran mayoría de conflictos que ni siquiera llegan a los tribunales, son casos menores, y que tienen que ver con la vida cotidiana de las personas. La Corte no solamente tiene que resolver, hacerse cargo de esa situación, la Corte como cabeza del Poder Judicial, y establecer políticas e iniciativas que resuelvan los casos a menor cuantía, sino también, cuando yo decía que no tienen que solamente quedarse con los casos, es respecto de las consecuencias que tienen lo que rodea a una persona que llega a los tribunales con un conflicto.

Habitualmente esos conflictos son el síntoma de otras cosas que están pasando en la sociedad, entonces uno de los ejemplos que ponía era el de las adicciones, pero no es el único, también el que tiene que ver con las posibilidades de violencia de género económica cuando en la fijación de cuotas alimentarias o en los regímenes de visitas hay una cantidad de cuestiones anexas que yo creo que el Poder Judicial debe trabajar para mejorar su capacidad de respuesta, y no solamente de percepción, que es siempre subjetiva, sino en términos reales de los problemas que tiene la gente, reprodujo Infobae.

- ¿Qué opinión tiene sobre el uso de los DNU?

- Respecto de la utilización de los DNU, como ustedes saben, es una atribución que la Constitución del 94 que se había utilizado, se utiliza con distintas intensidades en distintas épocas de nuestra historia, en distintos gobiernos. La Constitución del 94 incorporó la posibilidad de decretos de intensidad y urgencia, y la Corte los ha convalidado su utilización, bajo las condiciones que la Constitución establece, que es que sean verificadas objetivamente las condiciones de necesidad, urgencia y de que no exista otra vía idónea para satisfacer la crisis, que no sea mejor que la decisión del DNU, que no sea porque el Congreso está en receso, o porque sea una situación extraordinaria. Hay una cantidad de fallos de la Corte que sostienen exactamente lo mismo, y es unánime y no se modifica en el tiempo, la posición de la Corte respecto de en qué condiciones deben ser utilizados los DNU y cuáles son las condiciones para la validez de esos decretos.

- ¿Cuál es su postura sobre el régimen de coparticipación federal?

- Respecto de la coparticipación, a mí lo que me parece es algo que yo dije al principio, yo creo que son cuestiones que la interacción entre el Poder Ejecutivo y el Poder Legislativo y las provincias, son un problema de que la política, en términos entendidos de la política, como todos los actores políticos del sistema, deben trabajar para llegar a un consenso, ya sea por unanimidad o por una mayoría, si es en el caso de que el consenso que logran es que va a ser por una mayoría calificada, le pido que me dispense de la opinión, porque seguramente alguna provincia va a terminar cuestionando esa decisión si no está de acuerdo con la coparticipación o el acuerdo de coparticipación final en la Corte, así que le pido que me dispense de dar una opinión al respecto.

Si le digo que no es habitualmente el Poder Judicial, no es el Poder Judicial el que tiene que resolver esta categoría de conflictos, la tienen que resolver los organismos que la Constitución prevé para eso. Quizá una práctica extendida respecto de ir a los tribunales a cuestionar determinadas situaciones que no pueden resolverse de los modos o en los plazos que establecen las reglas constitucionales, generen esa situación de que inmediatamente se va a los tribunales. A mí me parece que el Congreso, las provincias, un auténtico ejercicio del federalismo es lo que tiene que resolver el esquema de coparticipación que también va cambiando a medida que se van desarrollando las economías regionales y que se va desarrollando el país, que se van desarrollando las distintas regiones y que va cambiando y sin perder de vista que el principio que rige la cuestión fiscal, distributiva e incluso la coparticipación es la solidaridad.

- ¿Cuál es su opinión sobre la ley que reglamenta el funcionamiento de los DNU?

- Las condiciones de validez de los DNU tienen, en primer lugar, que sea imposible editar la ley mediante el trámite ordinario previsto por la Constitución. Vale decir, por circunstancia de fuerza mayor que lo impidan, como ocurrirá en el caso de acciones bélicas o desastres naturales que impiden su reunión o el traslado de los legisladores a la capital. Y, segundo, que la situación que requiere solución legislativa sea de una urgencia tal que deba ser solucionada inmediatamente en un plazo incompatible con la demanda en el trámite normal de las leyes.

- Un DNU para estar vigente necesita únicamente que sea aprobado por una sola de las cámaras, a diferencia de otras leyes que necesitan la aprobación de las dos, ¿qué opina respecto a eso?

- A mí me parece que esa es una discusión que tiene que tener el Congreso respecto de esa situación. Y si se judicializa, hasta este momento esa judicialización no se ha dado.

- ¿Cree que llevar a cabo el proceso de la dolarización es constitucional?

- En este punto sí tengo una idea formada. No es algo que haya estudiado en profundidad todavía, pero sí es probable que tenga que tomar alguna decisión. Sí, estoy completamente de acuerdo en que el congreso tiene una función específica en el setenta y cinco, inciso diecinueve que puede ejercer y el resultado de de esa situación tiene que estar revisado judicialmente y entonces le pido que me dispense de dar una opinión.

- En caso de ser elegido, ¿va a quedarse 30 años en el cargo?

- Respecto de si voy a estar 30 años o 20 años, tengo 55. Me presenté como abogado, no como doctor en Derecho. Tengo 55 años, así que puedo estar, si la salud me acompaña, el Senado me aprueba, y el Pleno y la Comisión, a lo sumo, puedo estar 20. Y yo estoy acá, exponiendo mis ideas y mis explicaciones, con absoluta sinceridad, abierto a cualquier tipo de pregunta, para que efectivamente esta Comisión me evalúe. No tengo problema, que me pregunten lo que sea, no tengo ningún obstáculo. Así que no acceda o no acceda al cargo. El trabajo en la Corte es un honor fenomenal para un abogado, es una responsabilidad enorme, pero sigue siendo un trabajo. Por eso, lo que me define, y seguramente a lo mayor a usted, es quien soy, y me presenté y dije que soy, como me llamaba, y que soy padre de tres hijos. Esa es mi vida real. Después, es un trabajo, es muy importante, es trascendente para la vida institucional, comparto todas sus apreciaciones respecto del rol de la Corte, de cuál es el impacto que tiene en cuestiones de seguridad jurídica, como decía la Senadora Lozada, pero precisamente para eso estoy acá, para dar todas las explicaciones y para exponer mis ideas.

- ¿Considera que cumple con los requisitos?

- Las condiciones y los requisitos están en la Constitución. Yo cumplo con todos esos requisitos y, como dije en la presentación inicial, creo que estoy en condiciones de hacer un aporte en muchos aspectos de la vida institucional de la Corte, no solamente en la función jurisdiccional, sino también en una función adicional que tiene que ver con otros roles que la Corte ya viene trabajando y en los que me parece que hay que profundizar y que tienen que ver con estos 20 años que tengo de experiencia en el Poder Judicial y de tener contacto con las personas, en primera persona, directo, y no con expedientes de papel. No solo con expedientes de papel, también con las experiencias que tuvieron esas personas y con las experiencias de su familia. Así que me parece que no solo cumplo con los requisitos de la Constitución, sino que estoy en condiciones de hacer un aporte valioso.

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