La exprimera dama Fabiola Yañez denunció este martes por la tarde al expresidente Alberto Fernández por violencia física y hostigamiento. La presentación fue por Zoom ante Julián Ercolini, el juez federal del caso de los seguros. Ante la presentación judicial, el magistrado ordenó de inmediato medidas de “restricción” y “protección” para que los presuntos hechos a los que aludió no se reiteren. Las acciones que se tomaron incluyen una prohibición de acercamiento y salida del país para el exjefe de Estado.
El fallo detalla que Yañez se contactó con el Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Federal N° 11 en el día de la fecha para realizar una audiencia ampliatoria. La acción de la exprimera dama tiene lugar luego de que el expediente fuese archivado el pasado 1 de julio a raíz de su negativa de avanzar con la acción penal. “La citada expresó que se le había solicitado que no inste la acción penal en contra de su presunto agresor”, revela el escrito.
Junto a ello, Yañez acusa estar padeciendo “terrorismo psicológico” por parte de Alberto Fernández así como acoso telefónico de manera diaria. “Asimismo, expresó que la custodia policial que se le había asignado era una ‘persona de confianza’ del denunciado y solicitó al juzgado que se dispongan medidas de protección en su favor que incluyan la prohibición de acercamiento de su presunto agresor tanto personal como por medios electrónicos”, precisa el documento.
Ante este “escenario de riesgo”, Ercolini considera que existe “mérito suficiente para proceder al dictado de medidas cautelares urgentes que resguarden a la persona víctima de sucesos delictivos en contexto de violencia de género”. “Los graves hechos denunciados por la damnificada, sumado al contacto amenazante que ha expresado que ocurrió actualmente, brindan un escenario de riesgo que debe ser mitigado”, concluye
Qué resolvió el juez Julián Ercolini tras la denuncia de Fabiola Yañez
- Desarchivar la causa.
- Imponer a Alberto Fernández la prohibición de acercamiento a una distancia inferior a los quinientos (500) metros de la denunciante, Fabiola Yañez y de su domicilio sito en la ciudad de Madrid, del Reino de España, o en cualquier otro lugar en el que se encuentre la nombrada, desempeñe actividades laborales, educativas, recreativas o de asidua concurrencia, y de contacto absoluto con aquella a través de cualquier vía (...) hasta tanto dure la tramitación de la causa.
- Tal prohibición de acercamiento importa suspender todo tipo de contacto físico, telefónico, por correo electrónico, sistema de mensajería de texto y/o voz a través de cualquier plataforma, por vía de terceras personas y/o por cualquier otro medio que signifique intromisión injustificada con relación a la nombrada.
- Ordenar la prohibición de salida del país a Alberto Fernández.
- Imponer a Alberto Fernández que cese en los actos de perturbación o intimidación que, directa o indirectamente, realice hacia Fabiola Yañez.
- Requerir la promesa del nombrado [Alberto Fernández] de someterse al procedimiento y de no obstaculizar la investigación.